Tras el fin de la Segunda Guerra Mundial, los Estados se conjuraron para que el “desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos” no volviese a originar “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad”, según reza la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Para ello era clave el reconocimiento de los derechos civiles y políticos como forma de asegurar que las discrepancias ideológicas y políticas no acabarían generando conflictos que llevasen a nuevas guerras y pudieran resolverse desde el respeto a la integridad física y la libertad de las personas.
La activista política bielorrusa Maria Kolesnikova lanza un discurso frente a las fuerzas de seguridad que impiden a los y las manifestantes llegar al Palacio Presidencial. Miles de personas se concentraron en el centro de Minsk para exigir la dimisión del presidente bielorruso Alexander Lukashenko. © Marina Serebryakova/Anadolu Agency a través de Getty Images
¿Qué son los derechos civiles y políticos?
Los derechos civiles y políticos son aquellos que garantizan las libertades fundamentales de las personas y su participación activa en la vida política y social.
¿Qué es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos?
El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) es un tratado internacional que fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966. Consta de un preámbulo y 53 artículos, y entró en vigor el 23 de marzo de 1976, tres meses después de que fuese ratificado por 35 Estados. Actualmente ha sido ratificado por 173 países; otros seis Estados lo han firmado, pero no ratificado y 18 están totalmente al margen de este tratado. El PIDCP se desarrolló en dos protocolos facultativos. El primero fue aprobado conjuntamente con el Pacto y establece mecanismos internacionales de investigación y denuncia para contribuir al cumplimiento del mismo. El segundo, aprobado en diciembre de 1989 y vigente desde 1991, está destinado a abolir la pena de muerte.
Imagen tomada a bordo del barco de rescate humanitario SeaWatch3, que los gobiernos europeos dejaron varado durante 19 días en el Mediterráneo central en diciembre de 2018. © Chris Grodotzki / jib Collective para Sea-Watch
¿Cuál es su origen?
Al igual que su “hermano gemelo”, el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el PIDCP es la traducción jurídica de los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Este texto, aprobado en diciembre de 1948 por la Asamblea General de Naciones Unidas era una enumeración de principios. Unos principios poderosos, sin duda, pero que no tenían ningún respaldo legal.
En 1951, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU comenzó los trabajos para redactar un tratado internacional de derechos humanos.
En el contexto de la polarización ideológica mundial a la que llevó la Guerra Fría, estos trabajos enseguida se dividieron en dos partes, debido a la insistencia del bloque occidental en la importancia de los derechos civiles y políticos y la insistencia del bloque comunista en la importancia de los derechos económicos y sociales. El primer borrador de ambos pactos fue presentado a la Asamblea General en 1954, pero la aprobación de los tratados se retrasó 12 años.
Retrato de la familia de Nguyen Ngoc Nhu Quynh en su casa en la ciudad de Nha Trang, Vietnam, tomada el 4 de octubre de 2018. Nguyen Ngoc Nhu Quynh es más conocida por su apodo Me Nam o Mother Mushroom en inglés. Es bloguera y presa de conciencia. Las autoridades de Vietnam la arrestaron en 2016 y la sentenciaron a 10 años de cárcel en 2017. © Panos / Amnistía Internacional
¿Existe algún mecanismo de control sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos?
Sí. El propio pacto establecía la creación de un Comité de Derechos Humanos compuesto por 18 miembros que examinaría el grado de cumplimiento del PIDCP por parte de los Estados Parte. Dicho Comité recibiría informes periódicos de los Estados Parte y emitiría informes y comentarios a dichos Estados y al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.
A raíz de la creación en 2006 del Consejo de Derechos Humanos y del mecanismo conocido como Examen Periódico Universal (EPU), este proceso de revisión del cumplimiento del pacto se hizo notablemente más transparente.
Tanto los informes periódicos de los Estados Parte, como informes y recomendaciones emitidos por otros Estados, organizaciones internacionales y organizaciones de la sociedad civil, son públicos.
Los Estados Parte, al finalizar cada cuatro años la revisión de las medidas tomadas para garantizar el respeto de los derechos humanos en sus territorios y políticas, deben hacer público qué recomendaciones se comprometen a implementar, cuáles rechaza y cuáles son, simplemente, anotadas.
Los manifestantes protestan contra la brutalidad policial el 20 de octubre de 2020 en Lagos, Nigeria. El gobierno nigeriano había impuesto un toque de queda de 24 horas para reprimir las continuas protestas contra la Special Anti-Robbery Squad (SARS), una división policial acusada de abuso, extorsión y ejecuciones extrajudiciales. © Adetona Omokanye/Getty Images
¿Cuáles son los derechos civiles y políticos?
El PIDCP reconoce numerosos derechos. Entre ellos se pueden destacar:
- Derecho a la vida (artículo 6). El Pacto asegura que es un derecho “inherente a la persona humana” y que “nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. También dice que la pena de muerte solo podrá imponerse “por los más graves delitos” y “en cumplimiento de una sentencia definitiva de un tribunal competente”.
- Derecho a no ser torturado ni sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 7).
- Derecho a no ser sometido a esclavitud ni servidumbre (artículo 8).
- Derecho a la libertad y a la seguridad personales (artículo 9). Este derecho incluye es no ser sometido “a detención o prisión arbitrarias”, a ser informado de la razón de cualquier detención y a ser llevado ante la justicia “sin demora”.
- Derecho a libre circulación (artículo 12). Incluye el derecho a circular libremente por el territorio de un Estado en el que se resida o haya entrado de forma legal; a salir de un país y a entrar en su propio país.
- Derecho a la justicia (artículo 14). Es el derecho de toda persona “a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial” en el caso de ser acusada de un delito. Este derecho garantiza la presunción de inocencia y la revisión de la condena por al menos un tribunal de instancia superior.
- Derecho a la privacidad (artículo 16). Es decir, a no ser objeto de “injerencias arbitrarias o ilegales” en la vida privada, la familia, el domicilio y la correspondencia ni de “ataques ilegales” a la honra o reputación.
- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 18)
Un hombre espera en una plaza en Tijuana, México, para saber si su número es llamado y así poder solicitar asilo en los Estados Unidos. © Alli Jarrar/Amnistía Internacional
- Derecho a la libertad de opinión y de expresión (artículo 19). Incluye el derecho e toda persona a no “ser molestado a causa de sus opiniones” y a “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras”.
- Derecho de reunión pacífica (artículo 21).
- Derecho de asociación (artículo 22). Incluye el derecho a fundar y a afiliarse a sindicatos.
- Derecho a la familia y al matrimonio (artículo 23). Incluye la prohibición de celebrar matrimonios “sin el libre y pleno consentimiento de los contrayentes” y establece la “igualdad de derechos y responsabilidades de ambos cónyuges”.
- Derecho a la protección del menor (artículo 24). Incluye el derecho a la nacionalidad y al registro.
- Derecho a la participación política (artículo 25). Se puede ejercer “directamente o por medio de representantes” e incluye el derecho a “votar y ser elegidos”.
- Derecho a la igualdad ante la ley (artículo 26). El pacto indica que la ley “prohibirá toda discriminación y garantizará medidas de protección contra cualquier discriminación “por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole”.