Amnesty International Toronto Organization
¿Qué es la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Fue la primera vez que los países acordaron las libertades y derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad.
La Declaración contiene 30 derechos y libertades que pertenecen a todas las personas y que nadie nos puede arrebatar. Los derechos que se incluyeron siguen siendo la base del derecho internacional de los derechos humanos. Actualmente, la Declaración sigue siendo un documento vivo. Es el documento más traducido del mundo.
¿Por qué se crearon los derechos humanos y cuándo se firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
La DUDH fue adoptada por las Naciones Unidas (ONU), que acababa de establecerse, el 10 de diciembre de 1948 como respuesta a los “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. Su adopción reconocía que los derechos humanos son la base de la libertad, la justicia y la paz.
El trabajo sobre la DUDH comenzó en 1946, con un comité de redacción integrado por representantes de una gran diversidad de países, entre ellos Estados Unidos, Líbano y China. El comité de redacción se amplió posteriormente para incluir a representantes de Australia, Chile, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética, lo que permitió que el documento se beneficiara de aportaciones de Estados de todas las regiones y de su diversidad de contextos religiosos, políticos y culturales. Después, la Declaración fue debatida por todos los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y, finalmente, fue adoptada por la Asamblea General en 1948.>
¿Qué dice la Declaración Universal de los Derechos Humanos?
La Declaración Universal de los Derechos Humanos marca un hito. Por primera vez, el mundo tenía un documento acordado globalmente que señalaba que todos los seres humanos son libres e iguales con independencia de su sexo, color, creencias, religión u otras características.
Los 30 derechos y libertades contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos incluyen el derecho a no ser sometido a tortura, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación y el derecho a buscar asilo.>
La Declaración incluye derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada. También incluye derechos económicos, sociales y culturales, como los derechos a la seguridad social, la salud y a una vivienda adecuada.
Galería con los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
- Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales. - © Catalina Vasquez
- Artículo 2: Todas las personas son iguales con independencia de su raza, color, sexo, idioma, religión, política o el lugar donde haya nacido. - © Mojtaba Adibi
- Artículo 3: Toda persona tiene derecho a la vida y a vivir en libertad y seguridad. - © Kamila Bassioni
- Artículo 4: Toda persona tiene derecho a no ser sometida a esclavitud. - © Mario Pinheiro
- Artículo 5: Toda persona tiene derecho a no ser sometida a tortura. - © Kamila Bassioni
- Artículo 6: Toda persona tiene derecho a ser reconocida ante la ley. - © Subin Yang
- Artículo 7: Todas las personas son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todas las personas tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. - © Mario Pinheiro
- Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. © Catalina Vasquez
- Artículo 9: Ninguna persona podrá ser arbitrariamente detenida, presa ni desterrada. - © Kamila Bassioni
- Artículo 10: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. - © Mojtaba Adibi
- Artículo 11: 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa. 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. - © Catalina Vasquez
- Artículo 12: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. © Mario Pinheiro
- Artículo 13: 1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país. © Subin Yang
- Artículo 14: 1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. - © Mario Pinheiro
- Artículo 15: 1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad. © Mojtaba Adibi
- Artículo 16: 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio. 2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio. 3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. - © Catalina Vasquez
- Artículo 17: 1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. - © Kamila Bassioni
- Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. - © Subin Yang
- Articulo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. - © Catalina Vasquez
- Artículo 20: 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. - © Subin Yang
- Artículo 21: 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. - © Mario Pinheiro
- Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. - © Kamila Bassioni
- Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social. 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses. - © Mojtaba Adibi
- Artículo 24: Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas. - © Catalina Vasquez
- Artículo 25:1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. - © Mario Pinheiro
- Artículo 26: 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. - © Mojtaba Adibi
- Artículo 27: 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. - © Subin Yang
- Artículo 28: Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos. - © Mojtaba Adibi
- Artículo 29: 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. - © Kamila Bassioni
- Artículo 30: Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración. - © Subin Yang
La Declaración Universal de Derechos Humanos más de 70 años después
La DUDH es, como indica su título, universal, lo que significa que se aplica a todas las personas, en todos los países del mundo. Aunque no es legalmente vinculante, la protección de los derechos y libertades contenidos en la Declaración está incorporada en numerosas constituciones y marcos jurídicos nacionales.
La Declaración también ha sido la base a partir de la cual se han desarrollado abundantes tratados de derechos humanos legalmente vinculantes y se ha convertido en una referencia clara para las normas universales de derechos humanos que deben promoverse y protegerse en todos los países.
La DUDH sigue sirviendo de base para leyes y normas nacionales e internacionales. Para organizaciones como Amnistía Internacional, comprometidas con la protección de los derechos humanos y la lucha en favor de ellos, es una inspiración y una guía para nuestra misión y visión.>
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, universales, indivisibles e interdependientes
Todos los derechos humanos tienen la misma importancia y todos los gobiernos deben tratarlos de un modo justo y equitativo, en los mismos términos y con el mismo énfasis. Todos los Estados tienen, con independencia de su sistema político, económico y cultural, la obligación de promover y proteger todos los derechos humanos para todas las personas sin discriminación.
Así, no importa las distinciones que hagan las personas, hay un solo principio básico que subyace en todos los derechos contenidos en la DUDH: que todos los seres humanos tienen los mismos derechos inalienables. Esto significa que los derechos humanos son los mismos para todos los hombres, mujeres, niños y niñas de todo el mundo, con independencia de cuáles sean sus circunstancias.
No puede haber distinción de ninguna clase, como raza, color, sexo, orientación sexual o identidad de género, idioma, religión, opinión política o de cualquier otro tipo, origen nacional o social, fortuna, nacimiento y cualquier otra situación. Universal significa todas las personas en todos los lugares.
La DUDH también nos muestra que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles. Los 30 artículos de la Declaración tienen la misma importancia. Nadie puede decidir que unos son más importantes que otros. Arrebatar un derecho tiene un impacto negativo en todos los demás.>
¿Cómo lucha Amnistía Internacional por los derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos?
La DUDH es la piedra angular de los derechos por los que Amnistía y los siete millones de personas que integran su base de poder luchan día sí, día también. Más de 50 años después de nuestra fundación, desde Amnistía Internacional, seguimos actuando y haciendo campaña en favor de la justicia, la libertad, la verdad y la dignidad dondequiera que se nieguen.
Lo hacemos investigando y denunciando abusos contra los derechos humanos dondequiera que se cometan. Galvanizando nuestro movimiento global, arrojamos luz donde las personas están en peligro y damos información a las generaciones futuras para que el cumplimiento progresivo de los derechos humanos sea una realidad para todas las personas.>