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Actuamos por los derechos humanos
en todo el mundo

2016-2019

Actualmente hay un número sin precedentes de personas en todo el mundo que se han visto obligadas a huir de sus hogares.

“I Welcome” es una campaña mundial de Amnistía Internacional para exigir que los Estados brinden a las personas refugiadas la protección que necesitan y garanticen que sus derechos humanos son respetados. En España la campaña se llama “Yo Acojo”.

La campaña pide un lugar seguro para que las personas que huyen de la guerra, el terror, la persecución y la violencia puedan rehacer sus vidas. No solo quienes han tenido que abandonar su hogar en países devastados por los conflictos en África y Oriente Medio. También en América, donde cada vez jóvenes, mujeres y personas gays, lesbianas y transgénero tienen que huir de las bandas, la delincuencia organizada, la violencia de género y los crímenes de odio.

Actualmente hay más de 25,4 millones de personas refugiadas. Se trata de una crisis de envergadura mundial pero no tanto por la enorme cifra, sino por el lugar donde se encuentran estas personas: unos pocos países se ven obligados a hacer mucho más de lo que les corresponde, sencillamente, por su proximidad a zonas de crisis; mientras que otros, los más ricos, hacen poco o nada.

La inmensa mayoría de las personas refugiadas, el 85%, están en países de ingresos bajos y medios.Más de la mitad se concentra en tan solo diez países. Turquía y Jordania albergan alrededor de tres millones de personas refugiadas cada uno. Pakistán, Uganda y Líbano sobrepasan el millón de personas refugiadas cada uno. Irán, Bangladesh y Sudán dan refugio a más de 900.000, Etiopía alberga a casi 900.000 personas y, en Europa, Alemania, con más de 900.000, ocupa el séptimo lugar en el mundo en número de personas refugiadas. 

Una familia afgana solicitante de asilo posa en una zona de aparcamiento. Llevan varios meses viviendo en el parque de la ciudad próximo al...

Líbano, con una población de 4,5 millones, acoge más de un millón del vecino Siria. En contraste, Nueva Zelanda e Irlanda con la misma población pero territorios mucho más extensos y economías cuatro y cinco veces superiores, sólo han acogido 250 y 758 refugiados de Siria respectivamente. España, que se ha comprometido a acoger más de 17.000 personas, no ha recibido ni 2.000.

El egoísmo de los Estados ricos, que dejan recaer esta crisis mundial en los países más pobres, lejos de ayudar a resolverla, la empeora. No sólo no asumen su parte justa y equitativa a la hora de recibir a estas personas sino que se esfuerzan en mantenerlas alejadas a toda costa. Abandonan a su suerte a las personas que lo han perdido todo, las obligan a arriesgar sus vidas en peligrosos viajes, las dejan a merced de traficantes y redes de trata que las someten a todo tipo de abusos, más atroces aún si se trata de mujeres o niñas.

Las mujeres y niñas representan el 49% de la población refugiada. Se ven afectadas por desigualdades de género y de poder. En ocasiones incluso se ven obligadas a contraer matrimonio para obtener ayuda y protección para ellas y sus familias.

Deben alterar sus rutinas y reducir actividades para evitar el acoso, lo que limita su acceso a todo tipo de recursos económicos, políticos y jurídicos y, por tanto, a protección. Enfrentan especiales dificultades como ser cabeza de familia, dependencia no deseada, explotación en el trabajo y falta de acceso a reparación a causa de su género.

Mary, 13 años, de Awassa (Etiopía), vive en el campo de refugiados de Kakuma al norte de Kenia, 19 agosto de 2016.

La crisis de refugio en cifras

+ 25,4 MILL

personas refugiadas en todo el mundo

85%

personas refugiadas viven en países de ingresos bajos y medios (fuente: ACNUR)

10%

personas refugiadas a quienes se debe acoger cada año a escala mundial

Refugio en España

A pesar de encontrarnos ante la crisis más grave de personas refugiadas tras la Segunda Guerra Mundial, las autoridades españolas de diferentes gobiernos no han mostrado voluntad política para compartir su responsabilidad con el resto de miembros de la Unión Europea.

Las cifras de la vergüenza

En septiembre de 2015, España se comprometió a reubicar a 15,888 personas procedentes de Grecia en Italia, de las que, a 28 de febrero de 2018, han llegado 1.358 personas.

Por otra parte, en el primer trimestre de 2016, nuestro país se comprometió a reasentar a 1,449 personas, de las cuales, a 28 de febrero de 2018, han llegado 1.424 personas.

A principios de 2019, más de tres años después de estos compromisos, España ha acogido a menos de 2.800 personas. Una cifra muy lejana de las 17.337 personas que el gobierno se comprometió a acoger.

Basel Tabarnin, refugiado sirio que fue reubicado en España a finales de 2016, procedente del campo de Nea Kabala, en el norte de Grecia.
Vista aérea de una acción de calle en la que se le da la bienvenida a las personas refugiadas

AMNISTÍA INTERNACIONAL PIDE AL GOBIERNO DE ESPAÑA QUE:

– Cumpla de forma inmediata con los compromisos adquiridos en materia de reubicación y reasentamiento, y que aumente el número de plazas, especialmente para mujeres, niñas y personas en situación de especial vulnerabilidad.

– Impulse medidas que garanticen el derecho de asilo y el establecimiento de rutas legales y seguras para que nadie tenga que arriesgar su vida en busca de refugio.

– Garantice unas condiciones de acogida dignas.

Una oportunidad para volver a empezar

Nuestra reciente encuesta sobre las actitudes de la gente en todo el mundo mostró que el 80% de la gente está dispuesta a dar la bienvenida a las personas refugiadas en sus países, sus comunidades e incluso en sus hogares. En conjunto, somos un movimiento de personas que creen que lo que nos une es mucho más fuerte que lo que nos separa.

No vemos a las personas refugiadas como una amenaza, sino como personas cuyas vidas están amenazadas. Personas que necesitan un lugar seguro para volver a empezar y una oportunidad para hacer una contribución positiva.

Si no podemos confiar en nuestros políticos para cambiar el mundo, lo haremos por nuestros propios medios.

Personas refugiadas que llegan a Lesvos (Grecia) desde Turquía. Una mujer se reclina sobre una pared que pone ninguna persona es ilegal.

Amnistía Internacional pide a los Gobiernos que:

– Aumenten de manera inmediata el número de personas refugiadas que acogen, aceptando un porcentaje equitativo, según su capacidad para ofrecer cada año un hogar al 10% de la población refugiada mundial.

– Abran rutas legales y seguras para que quienes huyan no tengan que arriesgarse a morir en el mar, en el desierto o a ser víctimas de abusos, violencia sexual y explotación a manos de traficantes, bandas armadas y redes de trata.

– Se pongan de acuerdo en un mecanismo sensato para determinar la capacidad de recepción de personas refugiadas, basado en criterios objetivos como riqueza, tamaño de la población y tasa de desempleo, entre otros.

– Acaben con los abusos contra las personas migrantes y refugiadas y garanticen sus derechos, mediante procesos de asilo justos y eficaces, protección ante las violaciones de derechos humanos y cubriendo sus necesidades básicas, así como las específicas de mujeres, menores y personas con discapacidad.

– Garanticen financiación plena, flexible y previsible para proteger a las personas refugiadas y apoyar a los países que acogen un gran número de ellas.

Términos para familiarizarse con el mundo de las personas refugiadas.

ACNUR

Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados. Es la agencia de Naciones Unidas para los Refugiados. Fue creada en 1950 por la Asamblea General de la ONU.

Asilo

Protección o refugio que dispensa un país a aquellas personas extranjeras a quien se reconoce la condición de refugiado. El reconocimiento de este derecho comporta además la adopción de, entre otras que pueden recogerse en los correspondientes tratados internacionales, las siguientes medidas: concesión de la autorización para residir en España, expedición de los documentos de viaje e identidad que sean necesarios y concesión de autorización para desarrollar actividades laborales, profesionales o mercantiles.

Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo Adicional de Nueva York de 1967

La Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo Adicional de Nueva York de 1967. Base e instrumentos legales fundamentales que, desde que fueron aprobados, han permitido proteger a millones de personas refugiadas en todo el planeta. Ambos documentos establecen quién es una persona refugiada, así como la protección legal, asistencia y derechos sociales que deben asegurar los Estados firmantes.

Desplazado/a

Aquella persona que ha sido forzada a dejar su hogar por las mismas razones análogas a las del refugiado (conflicto armado, violencia generalizada, violación de los derechos humanos, persecución, etc.), pero que no atraviesa ninguna frontera sino que permanece dentro de los límites de su país de nacionalidad. Legalmente, los desplazados continúan bajo la protección de su gobierno, aunque este sea el responsable de su huida.

Protección subsidiaria

Figura jurídica reconocida en la legislación española que puede amparar a las personas procedentes de países extracomunitarios que no reúnen los requisitos para ser reconocidas como refugiadas pero que tienen motivos fundados para creer que si regresasen a su país de origen, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir graves daños para su vida e integridad, y que no pueden o, a causa del citado riesgo, no quieren acogerse a la protección de ese país.

Reagrupación/reunificación familiar

Herramienta jurídica que permite volver a reunirse en el país de acogida a la familia que se vio obligada a separarse. La reagrupación o reunificación familiar protege a las personas refugiadas, mejora sensiblemente su calidad de vida y la situación social y económica de la familia reagrupada. Las medidas sobre reagrupación familiar deben adoptarse de conformidad con la obligación de proteger a la familia y respetar la vida familiar que se consagra en numerosos instrumentos del derecho internacional.

Reasentamiento

Instrumento de protección para las personas refugiadas. En ocasiones, los refugiados son reasentados en un país distinto al primer país de acogida. Esta opción se toma cuando el primer país de acogida no puede garantizar la seguridad e integridad del refugiado; no puede afrontar la llegada de una gran cantidad de refugiados en un periodo de tiempo o existan en el segundo país de acogida mayores y mejores posibilidades para la integración social efectiva de la persona refugiada.

Refugiado/a

La Convención de Ginebra de 1951 establece que una persona refugiada es aquella que "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país". Esta definición también incluye a las personas que huyen de conflictos armados o situaciones de violencia generalizada, personas que también son consideradas genéricamente como refugiadas.

Reubicación

A diferencia del reasentamiento, la reagrupación familiar o la protección subsidiaria, no se trata de una ruta legal y segura, sino que se trata de un mecanismo de emergencia, aprobado en el Marco de la Agenda Migratoria presentada por la Comisión Europea en mayo de 2013, con el objetivo de aliviar la presión sobre países con fronteras exteriores de la Unión Europea (UE), fundamentalmente Grecia e Italia. En concreto, consiste en el traslado a otros países de la UE de las personas solicitantes de asilo llegadas a estos países. Esta propuesta de reubicación debe aplicarse como una medida de carácter temporal. Para alcanzar una solución sostenible deben adoptarse otras medidas, como un mayor número de rutas seguras y legales, un sistema de asilo común con igualdad de derechos en toda la UE, y libertad de circulación para las personas refugiadas. Por último, los planes de reparto de las personas refugiadas deben tener en cuenta las necesidades y la voluntad de las personas afectadas y respetar el derecho a la unidad familiar.

Rutas legales y seguras

 Son una serie de herramientas y figuras jurídicas utilizadas para proteger los derechos de las personas que se ven obligadas a abandonar sus países debido a conflictos armados, persecuciones, pobreza, etc. Entre ellas, destaca la figura del reasentamiento, la protección subsidiaria o la reagrupación familiar, entre otras.

Solicitante de asilo

Persona que solicita su reconocimiento en otro país como persona refugiada y que se encuentra a la espera de resolución de su solicitud.

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