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Sentencia histórica: el Tribunal de Justicia ordena al gobierno de Nigeria a sancionar a las compañías petroleras

Agua contaminada por un vertido de petróleo en el Delta del Níger. © AI

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de Estados del África Occidental (CEDEAO) ha sido saludada como un hito en el proceso de “exigir responsabilidades a gobiernos y empresas por la contaminación”, han declarado Amnistía Internacional y el Proyecto de Derechos Socioeconómicos y Rendición de Cuentas (SERAP).

En el caso SERAP v. Nigeria, el Tribunal declara por unanimidad responsable al gobierno de Nigeria de los abusos cometidos por las compañías petroleras y deja claro que el gobierno debe exigir responsabilidades a dichas empresas y a otros autores de abusos.

El Tribunal establece también que Nigeria violó los artículos 21 (sobre el derecho a las riquezas y recursos naturales) y 24 (sobre el derecho a un medio ambiente general satisfactorio) de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos al no proteger al Delta del Níger y a sus habitantes de las actividades de las compañías petroleras que durante muchos años han devastado la región.

Según el Tribunal, el derecho a la alimentación y a la vida social de los habitantes del Delta del Níger fue violado al destruir su medio ambiente, y con ello sus posibilidades de ganarse la vida y disfrutar de una calidad de vida sana y un nivel de vida adecuado. El Tribunal afirma también que tanto el gobierno como las compañías petroleras violan los derechos humanos y culturales de los habitantes de la región.

En la sentencia, el Tribunal señala que el hecho de que el gobierno no haya promulgado leyes efectivas y creado instituciones eficaces para regular las actividades de las empresas y que no haya exigido responsabilidades a los autores de la contaminación constituye una violación de las obligaciones y los compromisos internacionales de Nigeria en materia de derechos humanos.

El Tribunal subraya que “la calidad de vida de las personas viene determinada por la calidad del medio ambiente. Pero el gobierno no ha cumplido con su obligación de mantener un medio ambiente general satisfactorio que conduzca al desarrollo de la región del Delta del Níger”.

“La sentencia confirma que el gobierno nigeriano ha incumplido persistentemente su obligación de sancionar de forma adecuada y eficaz a las compañías petroleras causantes de la contaminación y autoras de graves abusos contra los derechos humanos. Se trata de un importante paso para conseguir la rendición de cuentas del gobierno y de las compañías petroleras que continúan dando prioridad a los beneficios frente al bienestar de los habitantes de la región”, han declarado Femi Falana (SAN), y Adetokunbo Mumuni, de SERAP.

“Se trata de un precedente crucial que reivindica el derecho humano a un medio ambiente saludable y afirma el derecho humano del pueblo de Nigeria a vivir sin contaminación. También deja claro que el gobierno debe exigir responsabilidades a las compañías petroleras”, ha dicho Michael Bochenek, director de Derecho y Política de Amnistía Internacional.

La sentencia deja claro que el gobierno de Nigeria no ha impedido que las compañías petroleras contaminen. Es un gran avance para exigir responsabilidades, tanto al gobierno como a las compañías petroleras, por años de devastación y degradación medioambiental”, ha añadido Bochenek.

El Tribunal afirma que el gobierno debe actuar con rapidez para aplicar plenamente la sentencia y restaurar la dignidad y la humanidad de los habitantes de la región.

“La sentencia llega en un momento en el que se está encontrando petróleo en la mayoría de los Estados miembros de la CEDEAO. Es fundamental que otros Estados tengan en cuenta una sentencia como ésta, que establece unas normas mínimas para las actividades del gobierno y las compañías petroleras que participan en la explotación del petróleo y el gas de la región”, han añadido Falana y Mumuni.

“Ha llegado el momento de que el gobierno de Nigeria haga frente a poderosas compañías petroleras que han abusado impunemente durante décadas de los derechos humanos de los habitantes del Delta del Níger”, ha dicho Bochenek.

“Felicitamos al Tribunal de la CEDEAO por defender los derechos y la dignidad de los habitantes del Delta del Níger. Reconocemos también la importante contribución jurídica de Kolawole Olaniyan, de Amnistía Internacional, en este caso”, han añadido Falana y Mumuni.

El gobierno federal de Nigeria y seis compañías petroleras fueron demandadas por violación de los derechos humanos y contaminación por petróleo relacionada en el Delta del Níger. En concreto, la parte demandante alegaba “violaciones del derecho a un nivel de vida adecuado, incluido el derecho a la alimentación, el trabajo, la salud, el agua, la vida y la dignidad humana, a un medio ambiente limpio y saludable y al desarrollo económico y social, como consecuencia del efecto de la contaminación relacionada con el petróleo y el deterioro medioambiental de la agricultura y la pesca”.

SERAP denunció también “los vertidos de petróleo y el material de desecho, que contaminan el agua que se utiliza para beber y otros usos domésticos; el hecho de que no se hubieran conseguido los factores determinantes subyacentes a la salud, incluido un medio ambiente saludable, y que no se hubieran promulgado leyes y normas para proteger el medio ambiente y evitar la contaminación”.

El Tribunal desestimó las objeciones planteadas por el gobierno de Nigeria, que alegó que el SERAP carecía de locus standi (legitimidad) para presentar la demanda, que la CEDEAO no tenía jurisdicción para conocer del caso y que éste había prescrito. El Tribunal rechazó también los intentos del gobierno para que no se tuviera en cuenta un informe de 2009 de Amnistía Internacional sobre la contaminación por petróleo, basado en una investigación en profundidad de la contaminación causada por las compañías petroleras internacionales, en concreto la Shell, y de la inacción del gobierno nigeriano a la hora de impedir la contaminación o sancionar a dichas compañías.

En el proceso, número ECW/CCJ/APP/08/09, intervino el equipo jurídico del SERAP, Femi Falana (SAN), Adetokunbo Mumuni y Sola Egbeyinka.

El tribunal que dictó la sentencia estaba compuesto por seis jueces: Awa Nana Daboya, Benefeito Mosso Ramos, Hansine Donli, Alfred Benin, Clotilde Medegan y Eliam Potey.

El artículo 15.4 del Tratado de la CEDEAO hace que la sentencia sea vinculante para los Estados miembros de esta organización, incluido Nigeria. Además, el artículo 19.2 del Protocolo de 1991 del Tratado dispone que las decisiones del Tribunal son definitivas y de ejecución inmediata. Su incumplimiento puede ser sancionado con arreglo al artículo 24 del Protocolo adicional del Tribunal de Justicia de la CEDEAO y del artículo 77 del Tratado de la CEDEAO.

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