La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió el pasado 24 de agosto una tercera sentencia sobre la violación de los derechos de los pueblos indígenas en Paraguay. En su sentencia, la Corte identifica una serie de violaciones sufridas por la comunidad Xákmok Kásek y ordena al Estado paraguayo tomar medidas para reparar los daños sufridos. Según la Corte, Paraguay ha violado, entre otros, el derecho a la vida y a la integridad personal, el derecho a la propiedad comunitaria, el derecho a las garantías judiciales y la protección judicial, los derechos del niño y ha incumplido su deber de no discriminar.
Durante años, la comunidad Xákmok Kásek ha reclamado al Estado su derecho a vivir en su territorio tradicional. Tras 20 años de infructuosos trámites internos en el país, esta comunidad se vio obligada a elevar su reclamo para el reconocimiento de sus tierras ancestrales ante los organismos internacionales de derechos humanos.
Amnistía Internacional considera que la inexistencia de un mecanismo efectivo y eficaz para la resolución de reclamos de tierras ancestrales constituye un obstáculo enorme para el cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas en Paraguay.
Debido a la falta de acceso y posesión de sus tierras, la comunidad se ve privada de sus medios tradicionales de subsistencia como la caza, la pesca y la recolección, exponiendo a sus miembros a vivir en condiciones infrahumanas. En su sentencia, la Corte imputa responsabilidad al Estado por la muerte de 13 miembros de la comunidad por causas prevenibles, y señala que la falta de territorio propio y de los recursos naturales que ahí se encuentran está afectando de forma negativa a su identidad cultural.
Mediante su sentencia, la Corte Interamericana se pronuncia a favor de los reclamos de la comunidad, y deplora la actuación de los órganos del Estado encargados de dar una respuesta a la reivindicación territorial de la comunidad, señalando que ésta “se caracterizó durante todo el procedimiento administrativo por la pasividad, inactividad, poca diligencia y falta de respuesta de las autoridades estatales".
Paraguay es el único país bajo la jurisdicción de la Corte Interamericana que ha sido condenado tres veces por la violación de los derechos de los pueblos indígenas. Además, Paraguay ha asumido una serie de obligaciones en relación con los derechos de los pueblos indígenas al ratificar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Amnistía Internacional recuerda a Paraguay que los más de dos millones de miembros de la organización en todo el mundo están atentos a los pasos que va tomar para responder a esta nueva sentencia. Con una serie de obligaciones asumidas voluntariamente por el Estado, y tres llamados de atención de la Corte Interamericana, ya no hay excusas que valgan para que Paraguay cumpla con los derechos de los pueblos indígenas.
En el 2005 y 2006, la Corte emitió sentencias a favor de las comunidades indígenas Yakye Axa y Sawhoyamaxa. A pesar de que las órdenes de esta Corte tienen carácter vinculante, el cumplimiento en relación con estos dos casos ha sido ínfimo. Más de cien familias que integran esas dos comunidades se ven obligadas a vivir en una franja de tierra inhóspita al costado de la ruta Concepción-Pozo Colorado mientras el Estado paraguayo sigue sin encontrar una manera de poner fin a su sufrimiento.
Amnistía Internacional recuerda al Estado paraguayo que la supervivencia de las comunidades indígenas está estrechamente vinculada a la recuperación de sus tierras ancestrales y al uso y disfrute de los recursos naturales que se encuentran en ellas.
Información complementaria Según estadísticas oficiales de 2008, la comunidad indígena Xákmok Kásek está formada por unas 60 familias. La comunidad reclama una extensión de 10.700 hectáreas que se encuentran en el interior de una estancia privada, en el Chaco paraguayo.
La sentencia, emitida con fecha 24 de agosto 2010, identifica con votos mayoritarios las violaciones de los derechos a la vida y a la integridad personal, el derecho a la propiedad comunitaria, a las garantías judiciales y la protección judicial, al reconocimiento de la personalidad jurídica, y las violaciones de los derechos del niño cometidas, y señala que Paraguay incumplió con el deber de no discriminar. Vincula la situación de especial vulnerabilidad que vive la comunidad con su falta de tierras.
Por su parte, las comunidades Yakye Axa y Sawhoyamaxa llevan años viéndose obligadas a vivir en casas provisionales en los márgenes de una carretera porque sus tierras ancestrales son propiedad de otras personas. Su supervivencia peligra mientras no se cumplan íntegramente las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Los pueblos indígenas de América han sido, desde tiempos inmemorables, víctimas de la marginación y la discriminación. Privados de voz en las decisiones que afectan a sus tierras, sus vidas y sus medios de subsistencia, sufren un nivel de pobreza desproporcionado, incluso cuando habitan zonas ricas en minerales y otros recursos naturales. Amnistía Internacional considera que esta nueva sentencia de la Corte Interamericana no es más que otro reflejo de las dificultades que enfrentan los pueblos indígenas de la región, que siguen viviendo en la penuria ya que muchos Estados no reconocen ni defienden sus derechos humanos.