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Claves de la "ley trans y de derechos LGBTI" en España

Por Carlos Sanguino (@sanguinofer), responsable de diversidad sexual y de género de AI España,

“El reconocimiento legal de la identidad de género es importante, supone la validación de quién soy. Cuando naces te dan un certificado de nacimiento, y cuando te mueres, uno de defunción. Es algo que te acompaña toda la vida y que la gente da por supuesto sin ni siquiera planteárselo. Pero si yo voy a una oficina de la seguridad social y alguien me quiere complicar la vida [porque no tengo documentos que reflejen mi identidad de género], no tengo ningún derecho al que acogerme”, Luisa, persona trans entrevistada por AI.

Durante las últimas semanas, el debate sobre la ley LGBTI ha calentado (y polarizado) la opinión pública, con gran visibilidad en redes sociales y medios de comunicación. Aunque todavía estamos en pleno debate parlamentario, desde Amnistía Internacional creemos que el proyecto de ley es positivo y, de ser aprobado con el redactado actual, supondrá un avance importante para los derechos humanos de las personas LGBTI. Eso no quiere decir, en cualquier caso, que no sea mejorable en varios aspectos.

Derecho a la diversidad, ley trans

Manifestación a favor del derecho a la diversidad. © AI

La polémica: ¿autodeterminación de género, y en menores de edad?

Como primera idea, Amnistía Internacional considera que es una obligación de los Estados crear mecanismos de autodeterminación de género que no sean patologizantes, que estén basados en la libre elección, así como que sean rápidos, confidenciales, administrativos y accesibles a menores.

La falta de este tipo de mecanismos supone una vulneración de los derechos humanos de las personas trans, y las expone a más discriminación y violencia de la que ya sufren diariamente. Para estas personas, tener documentos de identidad que reconozcan y reflejen su identidad de género es de gran importancia para poder disfrutar de sus derechos humanos.

No poder conseguir documentos que reflejen su identidad de género puede suponer una violación del derecho a la vida privada de las personas trans, y, en ocasiones, también una violación del derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. Por otro lado, plantear requisitos como tratamientos o informes médicos para obtener el reconocimiento de género legal supone una violación del derecho a la salud de estas personas.

Por eso, es necesario eliminar cualquier requisito médico o psicológico que condicione el cambio legal de género en el registro

“La autodeterminación de género te valida con respecto al resto de la población. Si te perciben como una persona reconocida legalmente, tienes más legitimidad dentro de la comunidad en general, dentro de la comunidad no transgénero. Y esto es importante”, Luisa, persona trans entrevistada por Amnistía Internacional.

¿Y las personas menores? La negación absoluta de la autodeterminación de género a personas menores de cierta edad no es coherente con las normas internacionales existentes relativas a los derechos de la infancia. Las personas menores de edad deben poder reconocer legalmente su género legal teniendo en cuenta su interés superior y la evolución de sus capacidades.

La Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño exige a los Estados que respeten el derecho de niños/as a ser oídos y que tomen debidamente en cuenta su opinión. El Comité ha subrayado que la identidad del menor de edad incluye características tales como la orientación sexual y la identidad de género, y que el derecho del niño/a a preservar su identidad debe ser respetado y tenido en cuenta al evaluar el interés superior.

Los/as menores transgénero, en especial los adolescentes que no pueden conseguir el reconocimiento legal de la identidad de género, pueden sufrir más discriminación y acoso.

Puntos a favor de la ley trans

Manifestación a favor de la despatologización trans. © Private

El Consejo de Europa y Naciones Unidas: a favor de la autodeterminación de género

La postura de Amnistía Internacional y de las diferentes organizaciones LGBTI sobre la autodeterminación de género es defendida también por Naciones Unidas, que se ha pronunciado a través de diferentes organismos y mecanismos, así como el Consejo de Europa y la Comisión Europea.

La identidad de género está identificada como motivo prohibido de discriminación en acuerdos, organismos e instrumentos internacionales de derechos humanos como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, observación general núm. 20 (2009), el Comité de los Derechos del Niño, observaciones generales 14, 15 y 20 (2013 y 2016) o el Comité contra la tortura, observaciones generales 2 y 3 (2008 y 2012). Así mismo, los Principios de Yogyakarta (2007 y 2017) incluyen entre los principios generales del derecho internacional la no discriminación por identidad de género, así como la obligación de no someter el reconocimiento legal de la identidad de género a procedimientos médicos, quirúrgicos, esterilización o tratamientos hormonales.

El alto comisionado de NNUU para los derechos humanos fue más allá e hizo esta recomendación en 2016 a los Estados en relación con los procedimientos de reconocimiento legal de género, que deben basarse en la libre determinación del solicitante, ser un procedimiento administrativo sencillo, sin informes/tratamientos médicos, deben admitir y reconocer las identidades no binarias, tales como las identidades de género que no son ni “hombre” ni “mujer”, y deben permitir que menores de edad tengan acceso al reconocimiento de su identidad de género.

La ley trans debe cumplirse

Pancarta a favor de la diversidad. © Francisco Ruano

La ley, un paso adelante (que podría ser mejor aún)

El proyecto de ley plantea mejoras en aspectos críticos para el disfrute de los derechos de las personas LGBTI como la elaboración de una estrategia estatal para la igualación de trato y no discriminación de las personas LGBTI, prohibición de la mutilación genital intersexual y las terapias de conversión, la inclusión de contenidos sobre diversidad en el currículo educativo y formación del profesorado y del funcionariado.

El proyecto también incluye medidas para combatir el acoso escolar y la discriminación en el ámbito laboral, la garantía de acceso a servicios de salud integrales, así como el reconocimiento legal del género para las personas trans a través de la autodeterminación o protección internacional de personas refugiadas por motivos de identidad de género (la orientación sexual ya estaba reconocida como causa de protección en la legislación).

¿En qué podría mejorar? El texto de ley debería incorporar algunas cuestiones como un procedimiento que permita a las personas no binarias obtener documentos oficiales que reflejen su identidad de género, realizar estudios con enfoques interseccionales para documentar la violencia y la discriminación que sufren las personas LGTBI, evitando que continúe invisibilizada. Incluir formación específica y obligatoria en materia de diversidad sexual y de género para el poder judicial o garantizar que las personas solicitantes de asilo por motivos de orientación sexual e identidad de género puedan hacerlo de forma ágil y efectiva.

Tras la aprobación de la ley, viene lo más difícil: garantizar que se cumpla de forma efectiva y se dediquen suficientes recursos para conseguirlo. La violencia que sufren las personas LGBTI diariamente y la defensa de sus derechos humanos nos obligan.

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