- Además de los compromisos formulados en la cumbre de solidaridad de Uganda, los Estados están obligados, en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho de refugiados, a prestarse apoyo mutuamente a la hora de acoger a personas refugiadas. Es lo que se conoce como “reparto de la responsabilidad”. Estas obligaciones incluyen la de incrementar significativamente los fondos para permitir el acceso a servicios básicos tales como la comida, el agua, el saneamiento, la vivienda, la educación y la atención médica.
- La comunidad internacional debe asimismo considerar soluciones a más largo plazo, como el aumento del número de plazas de reasentamiento en otros países y el establecimiento de otras vías, como el patrocinio comunitario o los visados de trabajo o de estudiante, para que la gente pueda abandonar la región sin peligro.
- Más del 64% del las personas refugiadas son menores de 18 años. Junto con las mujeres, suman el 86% de toda la población refugiada en Uganda.
- La lista completa de recomendaciones de Amnistía Internacional se expone en el informe: Uganda: “Help has not reached me here” Donors must step up support for South Sudanese refugees in Uganda.
Uganda: La comunidad internacional debe evitar una crisis creciente al alcanzar 1 millón el número de personas sursudanesas refugiadas
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