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Pakistán: Una sentencia del Tribunal Supremo prohíbe las ejecuciones de personas con discapacidad mental

En respuesta a la sentencia histórica dictada hoy por el Tribunal Supremo de Pakistán, que conmuta las condenas a muerte de Imdad Ali y Kanizan Bibi y establece la prohibición de aplicar la pena de muerte a las personas con discapacidad mental, Rimmel Mohydin, responsable de campañas de Amnistía Internacional, ha declarado:

Esta sentencia pionera del Tribunal Supremo de Pakistán constituye un importante avance no sólo en lo que respecta a la pena de muerte, sino también en lo relativo a la salud mental. Imdad Ali y Kanizan Bibi deberían haber sido sacados del corredor de la muerte en cuanto salió a la luz su historial de grave discapacidad mental. Este histórico precedente detiene la ejecución de otros presos en situación similar, muchos de los cuales aún no han sido diagnosticados”.

“No obstante, en última instancia, la pena de muerte en sí sebe ser abolida, e instamos a Pakistán a restablecer una moratoria oficial de todas las ejecuciones como primer paso en esa dirección.”

Información complementaria

Según el grupo de derechos humanos Proyecto Justicia Pakistán, a Imdad Ali y Kanizan Bibi, que llevan condenados a muerte desde 1991 y 2002, respectivamente, se les ha diagnosticado repetidamente esquizofrenia. Se han dictado contra los dos múltiples órdenes de ejecución antes de que se suspendieran a causa de su discapacidad psicosocial (mental). Tanto Imdad como Kanizan fueron declarados culpables de asesinato.

El 10 de febrero, el Tribunal Supremo aprobó una orden histórica en la que conmutaba sus condenas de muerte, manifestando: “Tras considerar el material arriba debatido, consideramos que, si se concluye que una persona condenada, a causa de una enfermedad mental, no es capaz de comprender los motivos y razones de su castigo, la aplicación de la pena de muerte no servirá a los fines de la justicia”.

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos y bajo cualquier circunstancia, por considerarla una violación de la vida y el exponente máximo de pena cruel, inhumana y degradante.

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