Amnistía Internacional valora positivamente la suspensión de las operaciones de defensa españolas a Israel
- La organización pide al Gobierno español que mantenga esa decisión hasta la imposición de un embargo por parte de la ONU y que promueva que otros países también la adopten
Según datos oficiales, entre 2003 y 2012, España realizó operaciones con Israel por valor de 8,9 millones de euros. En 2013 realizó exportaciones por valor de 4,88 millones y autorizó operaciones por importe de 5,9 millones de euros. Entre los productos exportados por España entre 2010 y 2013 figuran vehículos todo terreno, componentes de pistolas deportivas para su reexportación a EE.UU., componentes de un misil para el Ejército de Tierra, espoletas de granadas de morteros, sistemas electroópticos de morteros para su reexportación al Ejército de Tierra español y un prototipo de un sistema de dirección de tiro para su reexportación a Indonesia, así como tarjetas electrónicas de procesado de imágenes para ser incorporadas en equipos con destino a aeronaves de las Fuerzas Aéreas de países de la UE. La legislación sobre comercio de armas
La Ley 53/2007 sobre el control del material de defensa y de doble uso permite denegar, suspender o revocar una solicitud de autorización cuando “el material de defensa, otro material o los productos y tecnologías de doble uso puedan ser empleados en acciones que puedan ser utilizados de manera contraria al respeto debido y la dignidad inherente al ser humano, con fines de represión interna o en situaciones de violación de derechos humanos o tengan como destino países con evidencia de desvíos de materiales transferidos o puedan vulnerar los compromisos internacionales contraídos por España”. España ratificó el Tratado Internacional sobre Comercio de Armas (TCA), aprobado por la Asamblea General de la ONU el 2 de abril de 2013, que prohíbe a los Estados transferir armas convencionales, municiones y componentes a países cuando tienen conocimiento de que esas transferencias podrían utilizarse para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Asimismo, el TCA obliga a España a evaluar el riesgo de transferir armas a otro país y a no autorizar la transferencia si existe un riesgo preponderante de que las armas contribuyan o menoscaben la paz y la seguridad, se puedan utilizar para cometer o facilitar violaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario, un delito de terrorismo o de delincuencia organizada transnacional. Los gobiernos deben denegar las autorizaciones si hay un riesgo “preponderante” de esas graves violaciones que no pueda mitigarse, teniendo en cuenta el riesgo de que se utilicen para cometer actos graves de violencia de género, violencia contra las mujeres y los niños. En junio de 2013, al firmar el TCA, España hizo una declaración aceptando aplicar las disposiciones de derechos humanos del TCA incluso antes de su entrada en vigor, que se producirá a los 90 días de que lo ratifique el país número 50. Hasta ahora hay 41 países y se prevé que hacia finales de 2014 se consigan los nueve países que faltan. Esta decisión de suspensión primando los derechos humanos a los intereses comerciales va en línea con esa declaración.
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