Después de más de cincuenta años de la entrada en vigor de la Ley de Secretos Oficiales (LSO) y más de cuarenta de democracia, es hora de dar carpetazo a la ley y abrir el candado de los secretos oficiales.
Siguiendo la vocación de opacidad de la ley, las noticias sobre su reforma mantienen un perfil bajo. Esto ha sido aprovechado para prorrogar una y otra vez el plazo de enmiendas en el Congreso y alargar la reforma de una norma preconstitucional, que ampara la ocultación de información sin adecuarse a los estándares internacionales.
La Ley de Secretos Oficiales de 1968 nace en el marco de la dictadura franquista y, a pesar de la entrada de la democracia en España, su reforma todavía no ha sido efectuada. Desde 2016, el Partido Nacionalista Vasco (PNV) ha intentado tramitar una proposición de ley que ha sido paralizada en varias ocasiones, debido a la prolongación de plazos. Actualmente, está en tramitación la última propuesta legislativa presentada por el PNV y también la emprendida por el gobierno, tal y como lo anunció el pasado mes de abril, aunque, de momento, nada se sabe al respecto.
La Ley de Secretos Oficiales en España es una cuenta pendiente y su reforma es sumamente importante para la ciudadanía. Esta ley regula una materia tan sensible como la clasificación de información pública por razones de seguridad, y lo hace sin estar en consonancia con los estándares internacionales. En la práctica, esto supone una restricción al derecho de acceso a la información, que obstaculiza la investigación de violaciones graves de derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
Por ello, es importante que no se demore la tramitación de la reforma de la Ley de Secretos Oficiales conforme a los estándares internacionales, ya que cada día que sigue vigente es un día más en el que se ignora la posible comisión de nuevas vulneraciones de derechos humanos. >
Seguridad nacional y LSO
Todo gobierno tiene derecho a declarar ciertas materias clasificadas por motivos de “seguridad nacional”. Ahora bien, la decisión debe estar motivada y basada en razones precisas y limitadas, nunca de forma genérica como permite la actual ley. En España, todos los gobiernos vienen ejerciendo de manera abusiva sus facultades, restringiendo el derecho de acceso a la información, un derecho que es parte del derecho a la libertad de expresión. La seguridad nacional no puede ser un pretexto, sin más requisito ni justificación que alegar su existencia. No puede ser una coartada para ocultar la comisión de delitos o violaciones de derechos humanos.
El acceso a la información no es un derecho absoluto, pero solo se puede restringir por razones muy precisas y limitadas. Además, toda restricción debe cumplir los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. El llamado “triple test” de obligado cumplimiento para los Estados. El pleno cumplimiento de este “test” es imprescindible para garantizar “la transparencia del secreto” tanto en la ley como en la práctica. En otras palabras, la reforma de esta ley debe garantizar que la clasificación de información se realiza sobre la base de un procedimiento claro y transparente que, a su vez, garantice una práctica política ajustada a Derecho, sin interpretaciones ni acciones abusivas.
Cómo afecta la Ley de Secretos Oficiales a los derechos humanos
Dos casos claros sobre cómo la Ley de Secretos Oficiales afecta a los derechos humanos son los crímenes cometidos durante el franquismo y el comercio de armas.
El derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas del franquismo se ha visto continuamente entorpecido por el blindaje que algunas de las normas de nuestro país han ofrecido a los perpetradores de estos crímenes. La LSO entorpece todo tipo de procedimientos de verdad, justicia y reparación, desde la exhumación de fosas hasta el esclarecimiento de los casos de bebés robados.
Tanto es así que, en su informe de 2014, el Relator Especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición señalaba “preocupación porque, invocando riesgos a la seguridad nacional y la Ley de Secretos Oficiales, documentos históricos y grandes fondos militares y policiales permanecen clasificados y sin criterios claros que permitan su desclasificación”.
Por otro lado, las decisiones sobre exportaciones de material de defensa y doble uso en España están clasificadas como información secreta o “reservada” por acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en marzo de 1987. Para la toma de estas decisiones, el Gobierno, a través de la Junta interministerial de Material de Defensa y Doble Uso (JIMDDU) debe realizar una ponderación sobre el impacto de cada licencia de exportación en los derechos humanos y en el derecho internacional humanitario, de acuerdo con la normativa española e internacional.
La legislación impone la denegación de autorizaciones de exportación cuando existan “indicios racionales” de que puedan ser utilizadas en contra de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. La absoluta opacidad en las decisiones de la JIMDDU por el carácter clasificado de todo el contenido de sus reuniones oculta el deber que tiene España de prevenir, reducir o mitigar abusos y violaciones de derechos humanos en el comercio de armas, así como de rendir cuentas por sus actuaciones en esta materia.
La ausencia de requisitos y de un procedimiento garantista con los derechos humanos por parte de la LSO da carta blanca al gobierno para clasificar todo tipo información, afectando de manera transversal a todas las materias. Por ello, su reforma es sumamente importante para que las prácticas que vulneran los derechos humanos no se vean amparadas por el secretismo y para que aquellos que han podido cometer vulneraciones de derechos humanos no continúen impunes.
Nos jugamos nuestro pasado, nuestro presente y nuestro futuro. Ha llegado la hora de abrir la carpeta de los secretos oficiales.