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La iniciativa del Consejo de Europa para establecer unas normas sobre las garantías diplomáticas amenaza la prohibición global de la tortura

  • Rechazo a los intentos de legitimar las promesas de que no habrá tortura Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Comisión Internacional de Juristas

Estrasburgo.- Los Estados miembros del Consejo de Europa deben rechazar de plano cualquier propuesta de establecer unas normas respecto al uso de garantías diplomáticas en las entregas de personas a lugares donde corran peligro de ser torturadas, según han manifestado Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas en una presentación conjunta hecha pública hoy, 7 de diciembre (disponible en inglés en: http://web.amnesty.org/library/index/engior610252005). Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas han hecho su llamamiento cuando los representantes de los gobiernos comienzan una reunión (7-9 de diciembre, Consejo de Europa, Estrasburgo) con el fin de estudiar una iniciativa para establecer unos "requisitos mínimos" para la aceptación de garantías diplomáticas –acuerdos entre Estados, presentados también en ocasiones como "memorandos de entendimiento"– destinadas supuestamente a proteger a personas frente a la tortura y los malos tratos después de ser entregadas a otros países. "Los gobiernos no deben dar a las garantías diplomáticas una legitimidad que no merecen mediante la creación de normas para su uso", ha manifestado Jill Heine, asesora del Programa de Asesoramiento Legal y Relación con Organizaciones Internacionales de Amnistía Internacional. "Deben ver estos acuerdos como lo que son: intentos inaceptables de los Estados de justificar el envío forzoso de personas a un lugar donde corren peligro de sufrir torturas o malos tratos." Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas han advertido a los gobiernos de que la creación de un marco para el uso "aceptable" de unas garantías diplomáticas inherentemente poco fiables y legalmente imposibles de hacer cumplir es incompatible con la obligación absoluta contraída por los Estados en virtud del derecho internacional de prevenir la tortura y los malos tratos. Esta prohibición incluye la obligación de no entregar a personas a países en los que corren peligro de sufrir este trato abusivo (el principio de no devolución, conocido como non-refoulement). "Las garantías diplomáticas tienen un historial demostrado de fracaso", ha declarado Veronika Szente Goldston, directora de activismo sobre Europa y Asia Central de Human Rights Watch. "Nuestras investigaciones muestran que, en lugar de proteger a las personas objeto de las garantías frente a la tortura y los malos tratos, las exponen de hecho a esos abusos. A consecuencia de ello, las garantías diplomáticas no se usan para satisfacer las obligaciones legales de los Estados, sino para sortearlas." En el centro del problema de las garantías diplomáticas reside el hecho de que el considerar necesarias dichas garantías constituye un reconocimiento en sí mismo de que existe peligro de tortura y malos tratos en el país receptor. Las garantías diplomáticas crean un doble rasero y socavan el sistema internacional de protección frente a la tortura y los malos tratos. Desvían la atención de las reformas sistémicas requeridas para prevenir y erradicar la tortura en los Estados receptores. En un nivel práctico, existen abundantes pruebas que demuestran que las garantías diplomáticas no han funcionado, y no hay nada que sugiera que el elaborarlas más dé lugar a una protección adecuada frente a la tortura y los malos tratos. Esto se aplica incluso aunque las garantías contengan acuerdos respecto a un mecanismo de vigilancia después de la devolución. "Los argumentos de que la vigilancia después de la devolución puede hacer funcionar las garantías diplomáticas contienen un error fundamental", ha manifestado Gerald Staberock, director del Programa de Seguridad Global y Estado de Derecho de la Comisión Internacional de Juristas. "Ignoran las gravísimas limitaciones de esa vigilancia, especialmente el hecho de que estamos hablando de visitas ocasionales a un detenido aislado que tiene todos los motivos para temer represalias si denuncia malos tratos." El caso de Ahmed Agiza, ciudadano egipcio devuelto a Egipto en 2001 por el gobierno sueco, con la participación de Estados Unidos, es un ejemplo evidente de que las garantías diplomáticas no cumplen su propósito manifiesto, ni siquiera cuando se acompañan de un mecanismo de vigilancia después de la devolución. Agiza ha formulado denuncias creíbles de que, a su regreso a Egipto, fue torturado a pesar de las visitas periódicas que le hicieron en prisión representantes de la embajada sueca. En una decisión histórica, el Comité de la ONU contra la Tortura concluyó que Suecia había violado en este caso su obligación para con el principio de no devolución. En lugar de tratar de perfeccionar un mecanismo inherentemente defectuoso, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas consideran que los Estados miembros del Consejo de Europa deben dedicar su energía a ayudar a los gobiernos de todo el mundo a tomar las medidas legislativas, administrativas, judiciales y de otro tipo que sean necesarias para garantizar un cumplimiento total de la obligación internacional de prevenir y prohibir la tortura. "El intento de crear unas normas para las garantías diplomáticas sólo servirá para alentar su uso, socavar la prohibición internacional de la tortura y, en última instancia, exponer a más personas a abusos", han manifestado las organizaciones. Resulta irónico que el foro gubernamental convocado en Estrasburgo (un grupo de expertos establecido bajo los auspicios del Comité Director para los Derechos Humanos del Comité de Ministros) es el mismo que en 2002 elaboró el conjunto de normas de más amplio alcance hasta la fecha para salvaguardar los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo: las directrices del Consejo de Europa sobre derechos humanos y la lucha contra el terrorismo, que todos los Estados miembros del Consejo de Europa se han comprometido a respetar. La práctica de pedir garantías diplomáticas contra la tortura y los malos tratos es un fenómeno mundial, claramente encabezado por los gobiernos de Europa y América del Norte. En Europa, Suecia y Reino Unido han sido dos de los países que más enérgicamente han defendido su uso. La determinación de los gobiernos de utilizar garantías diplomáticas pese a las crecientes pruebas de su inefectividad se ha unido a un consenso creciente y cada vez más manifiesto entre los expertos internacionales y los órganos de vigilancia, así como entre algunos tribunales nacionales, sobre los riesgos asociados a su uso. Manfred Nowak, relator especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura, ha advertido, por ejemplo, reiteradamente de que "las garantías diplomáticas no son fiables ni efectivas en la protección frente a la tortura y los malos tratos", y ha pedido a los gobiernos que se abstengan de utilizarlas. La presentación conjunta sobre las garantías diplomáticas puede encontrarse en: http://web.amnesty.org/library/index/engior610252005 Encontrarán una declaración conjunta de ONG sobre las garantías diplomáticas, de mayo de 2005, en: http://web.amnesty.org/library/index/eslact400022005 Pueden leer el informe de Human Rights Watch Still at Risk: Diplomatic Assurances No Safeguard Against Torture en: http://hrw.org/reports/2005/eca0405/

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