La Asociación Española para el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Asociación Pro Derechos Humanos de España y Rights International Spain valoramos positivamente los anuncios del Gobierno para impulsar medidas que garanticen el derecho a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo y sus familiares. Unos anuncios que pasan, entre otros, por la creación de una Comisión de la Verdad, el fin de la ‘privatización’ de las exhumaciones o la declaración de nulidad de las sentencias de muerte dictadas en procesos manifiestamente injustos durante la Guerra Civil y el franquismo. Pero es el momento de pasar de las palabras a los hechos. Por eso las organizaciones, con motivo del Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada, han presentado al Ejecutivo, a la Fiscalía General del Estado y al Consejo General del Poder Judicial un programa con medidas, propuestas por diferentes mecanismos de Naciones Unidas*, que sirvan para eliminar los cinco principales obstáculos con los que las familias de víctimas de desaparición forzada continúan enfrentándose 80 años después de la Guerra Civil y pasados 40 desde la llegada de la democracia (se estima que más de 114.000 personas siguen aún en paradero desconocido). Cinco obstáculos... 1. Deficiente tipificación del delito de desaparición forzada en el Código Penal, al ser incompatible con la legislación internacional por, entre otros aspectos, no reconocer expresamente el carácter continuado de las desapariciones forzadas. 2. Ausencia de investigaciones y tendencia al archivo de casos, consolidada por la sentencia 101/2012 del Tribunal Supremo que utiliza argumentos como la prescripción de los delitos, el fallecimiento de los presuntos responsables, negar el carácter permanente de las desapariciones y la vigencia de la Ley de Amnistía de 1977. 3. Falta de cooperación judicial y obstaculización al procedimiento abierto por la justicia argentina sobre graves violaciones de derechos humanos cometidas en España en el pasado. 4. Falta de atención a las reclamaciones de nulidad de las sentencias dictadas en vulneración del derecho a un juicio justo por tribunales especiales, que no sólo serviría de reparación simbólica, sino para acabar con los efectos legales de dichas sentencias. 5. La ‘privatización’ de las exhumaciones. El modelo actual de exhumaciones delega la responsabilidad en las víctimas y las asociaciones, alimentando la indiferencia de las instituciones estatales, y conllevando dificultades metodológicas de homologación y oficialización de la verdad. ... Y cuatro orientaciones para avanzar Las organizaciones hemos planteado cuatro orientaciones, con hasta 19 medidas concretas, para poner en marcha las recomendaciones que los diferentes mecanismos de Naciones Unidas han hecho a España durante los últimos años en materia de desaparición forzada durante la Guerra Civil y el franquismo.
1. Cambiar la legislación (Código Penal, Ley de Amnistía de 1977, Ley Orgánica del Poder Judicial, y Ley de Memoria Histórica) para tipificar la desaparición forzada de manera acorde con la legislación internacional, eliminar obstáculos a la investigación de este tipo de delitos, y crear una Comisión de la Verdad que sirva para investigar en profundidad y documentar estos abusos graves de derechos humanos. 2. Investigar de oficio todas las desapariciones forzadas a la luz de las obligaciones internacionales, de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas. No aplicar la Ley de Amnistía de 1977 a responsables de desapariciones forzadas, como grave violación a los derechos humanos que son. Asegurar la colaboración de la justicia española con procedimientos judiciales abiertos en países como Argentina o México. 3. Pasar de lo privado a lo público, revisando la legislación relativa a la búsqueda, exhumación e identificación de las personas desaparecidas, asegurando la coordinación de estas actividades y actualizando los mapas de fosas desarrollados de acuerdo con la Ley de Memoria Histórica. Crear una entidad estatal encargada de todas las cuestiones relativas a las desapariciones forzadas, incluyendo el establecimiento y la gestión de una base de datos central sobre las desapariciones. 4. Formar a jueces, fiscales y funcionarios públicos en materia de derechos humanos, instrumentos internacionales sobre desaparición forzada, e incorporar en la formación materias relacionadas con la Guerra Civil y el franquismo. *Información adicional Los mecanismos de Naciones Unidas que han mostrado su preocupación por la inacción de las autoridades españolas en materia de derecho a la verdad, la justicia y la reparación por los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y franquismo en diferentes informes entre 2013 y 2017 son: el Relator Especial sobre la Promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no repetición; el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas e Involuntarias; el Comité de Derechos Humanos; el Comité Contra la Tortura y el Comité contra la Desaparición Forzada. ///FIN