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Ceuta: Las devoluciones de menores no acompañados deben pararse inmediatamente mientras no se cumplan las garantías de protección

AP Photo/Bernat Armangue

Ante las noticias del comienzo de las devoluciones colectivas de menores no acompañados a Marruecos, que se están produciendo hoy en Ceuta, Amnistía Internacional pide al Ministerio del Interior que paralice estas devoluciones hasta que cada expediente haya sido revisado por la Fiscalía de Menores y asegure que se ha actuado de conformidad al interés superior de los niños y niñas. Asimismo es obligación de la Ciudad Autónoma de Ceuta proteger los derechos de los menores que se encuentran en su territorio.

El mismo Reglamento de la Ley Extranjería dispone la necesaria intervención del Ministerio Fiscal y de la entidad pública que ejerza la protección de menores en cualquier expediente de repatriación.

Las autoridades españolas deben garantizar de manera efectiva y no meramente retórica los derechos de los cientos de menores no acompañados en Ceuta primando su interés superior. No tenemos constancia de que haya sido así en esta ocasión”, asegura Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.

“Debe valorarse cada caso de forma individualizada, garantizar que el retorno es seguro, si es posible la reagrupación familiar, si la familia puede proporcionar el cuidado apropiado, o en ausencia de familia, si el o la menor puede acogerse en condiciones adecuadas a los servicios sociales del país al que es enviada”.
“En todos los casos, debe respetarse el derecho de los y las menores a ser informados en un idioma que conozcan y de manera comprensible, a contar con asistencia letrada, y a ser escuchados en los procedimientos que les afectan”, concluye Beltrán.

Las garantías incluyen acceso a entrevistas individualizadas en su propio idioma por personal formado en el trabajo con menores, y la posibilidad de impugnar las decisiones que les afecten si no están de acuerdo. Este proceso es fundamental para detectar además situaciones de especial vulnerabilidad que precisen de protección específica (maltrato, explotación...)

Estas garantías de protección de menores están recogidas tanto en la legislación nacional como en las leyes internacionales. La ley recientemente aprobada en el Parlamento “..de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”, exige específicamente: Evaluación y determinación formal del interés del menor en todas las decisiones que afecten a una persona menor de edad. La Convención de Derechos del niño, así como las Observaciones Generales y dictámenes emitidos por el Comité de Derechos del Niño de la ONU establecen este marcode protección de niños y niñas de obligado cumplimiento para las autoridades españolas.

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