Madrid.-Ante la aprobación, prevista para este martes 26 de octubre, de la primera Ley de Vivienda a nivel estatal en España, Marta Mendiola, responsablede derechos Económicos, Sociales y Culturales de Amnistía Internacional declara:
“Nos encontramos ante un momento histórico. Por primera vez, después de casi 500.000 desalojos en total en la última década (desde 2013), mientras el precio del alquiler subía aproximadamente de media un 32% en el mismo periodo, el gobierno reconoce finalmente la necesidad de proteger este derecho”.
“Sin embargo, para que éste se haga efectivo según las normas internacionales, es necesario que la Ley no olvide ni dé por hechas una serie de garantías”.
“La Ley, por supuesto, no sólo debe definir la vivienda como un derecho subjetivo, es decir, que si se viola exista la posibilidad de interponer un recurso. También debe detallar las obligaciones correlativas que implican para las administraciones, así como establecer mecanismos de rendición de cuentas”.
“La futura ley de vivienda tiene que proteger a las personas, especialmente a las más vulnerables, de posibles desalojos, y, por lo tanto, debe contemplar una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que asegure una evaluación independiente de la razonabilidad y proporcionalidad de cada desahucio o desalojo, caso por caso, por parte de la judicatura”.
“Ninguna ley es efectiva si no se traduce en presupuestos crecientes, como, por ejemplo, incrementando progresivamente el parque de vivienda social de alquiler de las administraciones. Sólo así se garantizará que las personas sin recursos que han sido desalojadas tengan acceso a una vivienda alternativa adecuada. Deben prohibirse los desalojos de aquellasque se queden sin hogar como consecuencia de un desalojo.
Amnistía Internacional recuerda que hasta ahora, España tiene uno de los peores datos de la Unión Europea sobre vivienda social. Frente a los 3.4 millones de viviendas vacías existentes (un dato que puede ser mucho mayor ya que este censo no se ha actualizado en los últimos diez años), el parque de viviendas sociales representa tan solo el 2,5% del total de viviendas. La media europea de vivienda social se sitúa en torno al 9%, pero es que España sólo supera a Eslovaquia, Bulgaria, Portugal, Estonia, Croacia, Rumanía, Grecia o Chipre y está muy alejada de países como Holanda (30%), Austria (24%) Dinamarca (20%) Suecia (19%), Reino Unido (17,6%) y Francia (16%).
Además, la organización señala que es necesario un control de precios que asegure el acceso a la vivienda, especialmente para personas con menos recursos. Para ello, la Ley debe incluir medidas que regulen el mercado privado residencial de manera que las personas con bajos ingresos puedan acceder de forma más adecuada, gracias a sistemas avanzados y flexibles para controlar los alquileres en los lugares con mayor demanda residencial. Esa subida de los precios de alquiler contrasta con la capacidad adquisitiva de la población en España, que no se ha incrementado en el mismo nivel: el 18,8% de las personas trabajadoras cobran el salario mínimo, un porcentaje que es mayor en el caso de las mujeres. Por otro lado, para que este control de precios sea efectivo es necesario además que la Ley contenga mecanismos para garantizar que la Administración pueda actuar de oficio si no se cumple.
Por último, la Ley debe contener un enfoque de género que visibilice y dé respuesta a la desigual situación de la mujer en el acceso a la vivienda.
Algunas de estas medidas ya han sido abordadas en leyes de Comunidades Autónomas, por lo que se espera que esta ley las contemple con el objetivo de armonizar la protección del derecho a la vivienda en todo el territorio. Otras medidas que Amnistía Internacional considera imprescindibles dentro de la Ley son:
- Aquellas que desincentiven el mantenimiento del desmesurado número de viviendas vacías en España.
Documentar y divulgar información desagregada sobre las condiciones de vivienda y sobre el impacto de los desalojos de origen arrendaticio e hipotecario en base al sexo, edad, discapacidad, nacionalidad, condición socioeconómica y otros posibles motivos de discriminación.
Prohibir la venta de vivienda social a las administraciones ante la crisis habitacional que sufre España.
Reparación efectiva a las víctimas cuya situación ha sido objeto de un dictamen condenatorio por parte del Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas. Para ello, debe adoptarse un protocolo para el cumplimiento de las solicitudes de medidas provisionales emitidas por el Comité, informando a todas las autoridades pertinentes de la necesidad de respetarlas.
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Amnistía Internacional ha publicado varios informes que revelan cómo en los últimos añoslas autoridades españolas siguen violando el derecho a la vivienda. España ha sido el país que más condenas ha recibido por parte del Comité de derechos económicos, sociales y culturales de Naciones Unidas (el órgano que se encarga de vigilar el cumplimiento del Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales, ratificado por España en 1977) por vulneración de este derecho.
A pesar de que la pandemia paralizó algunos de los desalojos gracias al Real Decreto de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad, en lo que va de 2021 se han producido 22.536 desalojos, 15.894 por impago del alquiler, 5.397 por impago de hipoteca, y 1.245 por otras razones.
En España, el 37% de la población que vive en alquiler, dedica a los gastos de vivienda más del 40% de sus ingresos, porcentaje sólo superado en la OCDE por Grecia (83%), Macedonia (61%) y Montenegro, Bulgaria, Serbia y Rumanía con porcentajes que van del 39,8% al 56%.>