Nigeria debe apoyar a las niñas supervivientes de Boko Haram
Marruecos: Urgen MÁS cambios legislativos para proteger a víctimas de violencia sexual
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Petición antes del cierre
En Marruecos los violadores ya no pueden eludir la justicia si se casan con sus víctimas, pero la legislación está lejos de proteger a las víctimas de violencia sexual. Ayúdanos a recorrer este camino ¡Actúa!
Esta acción ha finalizado (17 de marzo de 2014)
Gracias a las más de 63.000 personas que han apoyado esta petición. En enero de 2014, el Parlamento de Marruecos aprobó modificar el artículo 475 del Código Penal, que permitía a un violador eludir la justicia si se casaba con su víctima. Se trata de un paso en la buena dirección, pero continúa siendo necesario modficar otros artículos del Código Penal relativos a la violación, para garantizar la protección de las víctimas y terminar con la discriminación. Amnistía Internacional continuará trabajando sobre esta cuestión por otros canales.Petición antes del cierre
Actualizado el 23 de enero. Marruecos ha enmendado, por fin, el artículo del Código Penal que libra de la cárcel al violador de una niña si se casa con ella. El voto en el Parlamento tuvo lugar el miércoles 22 de enero por la tarde, tras dos años de recorrido legislativo. Es una noticia muy positiva porque significa que, por un lado, los violadores no podrán ya escapar a la justicia y, por otro, las víctimas no tendrán que pasar por el sufrimiento de ser obligadas a casarse con su agresor. Este hecho había llevado a varias jóvenes al suicidio, entre ellas a Amina Filali, de 16 años, cuyo suicidio inspiró este cambio.Se ha dado un paso positivo en la buena dirección, pero quedan muchos obstáculos por recorrer para que la legislación marroquí proteja de verdad a las víctimas de violencia sexual y ponga fin a la discriminación. Algunos de estos obstáculos son:
- el artículo 486 del Código Penal, que define la violación de manera muy restringida y no cumple los estándares internacionales;
- El artículo 487 no reconoce la violación conyugal como delito;
- el artículo 488 del Código Penal que distingue entre víctimas de violación sobre la base de si son vírgenes o no;
- el artículo 490 del Código Penal, que tipifica como delito las relaciones sexuales consentidas entre personas solteras adultas;
Ayúdanos a trabajar para que se reformen todas estas leyes. Tu firma contribuirá a salvar vidas y a que las mujeres y niñas estén más protegidas contra la violencia sexual.
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