En Andorra está prohibido abortar en todos los casos. Junto a Malta, es el único país europeo que aplica leyes tan estrictas sobre el aborto. Como consecuencia, las mujeres y niñas que quieren abortar de forma segura se ven obligadas a viajar, principalmente a Francia o España, para recibir la atención a la que tienen derecho. Aquellas que no pueden viajar corren un mayor riesgo para su salud y se exponen a violaciones de derechos humanos.
Afortunadamente, en Andorra hay activistas como Vanessa Mendoza Cortés. Ella es la presidenta la organización Stop Violències, que presta apoyo a mujeres y niñas embarazadas para que puedan acceder al aborto seguro y legal en el extranjero. Pero ahora podrían condenarla por ello.
En 2019 denunció la situación de los derechos de mujeres y niñas en el país, incluido el impacto que tiene en ellas la prohibición total del aborto en Andorra, ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas. Esto le costó que la fiscalía de Andorra presentara cargos de difamación contra ella. Actualmente, está acusada de un delito “contra el prestigio de las instituciones”. Si es condenada, deberá hacer frente a una cuantiosa multa.
Las autoridades de Andorra deben retirar los cargos contra Vanessa Mendoza Cortés, derivados únicamente del ejercicio de su derecho a la libertad de expresión y de la defensa los derechos de las mujeres.
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Fiscal general Alfons Alberca Sanvicens
Andorra la Vella, Andorra
Señor Fiscal General:
Le escribo para expresarle mi profunda preocupación ante el proceso penal en curso contra Vanessa Mendoza Cortés, defensora de los derechos humanos y presidenta de la asociación Stop Violències, por ejercer su derecho a la libertad de expresión, defender los derechos humanos de las mujeres y las niñas en Andorra y criticar la prohibición total del aborto en el país. Si es condenada, podría tener que hacer frente a una multa de hasta 30.000 euros y tendrá antecedentes penales.
Resulta especialmente preocupante que los cargos contra ella se deriven de su interacción con el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), como parte del intercambio de información periódico y esencial que se lleva a cabo entre este organismo de las Naciones Unidas y los defensores y defensoras de los derechos humanos de todo el mundo. Es decepcionante que siga acusada de un delito “contra el prestigio de las instituciones” (artículo 325 del Código Penal) y que pueda ser condenada por el mero hecho de ejercer su derecho a la libertad de expresión.
Según el derecho y las normas internacionales de los derechos humanos, las disposiciones legales para proteger el derecho al honor y a la reputación deben concebirse para proteger a las personas, no a valores abstractos ni a instituciones estatales. Por ello, el artículo 325 del Código Penal que se hace valer contra Vanessa Mendoza Cortés debería derogarse y, hasta el momento de su derogación, no aplicarse. Me preocupa también enormemente que este prolongado proceso judicial pueda tener un efecto disuasorio sobre ella y otros defensores y defensoras de los derechos humanos en Andorra.
En consecuencia, lo insto a que retire de inmediato los cargos contra la defensora de los derechos humanos Vanessa Mendoza Cortés, procesada solamente por ejercer su derecho a la libertad de expresión, a quien se debe permitir que continúe su legítima labor de defensa del derecho al aborto seguro y legal y de los demás derechos humanos de las mujeres y las niñas en Andorra, sin temor a represalias.
Atentamente,
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