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Italia: Sentencia "histórica" confirma derechos de los migrantes

Migrantes subsaharianos hacinados en barcos. © UNHCR/F. Noy

"Esta sentencia histórica refuerza el respeto por los derechos humanos en toda Europa y confirma las salvaguardias legales internacionales para migrantes y solicitantes de asilo”, ha declarado Sherif Elsayed-Ali, director del Equipo sobre Derechos de Personas Refugiadas y Migrantes de Amnistía Internacional. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha resuelto que Italia ha violado principios de derechos humanos al rechazar a migrantes y solicitantes de asilo africanos en alta mar, en una sentencia que Amnistía Internacional califica de histórica.

En el caso Hirsi Jamaa and Others v. Italia, el Tribunal estudió la situación de 24 personas procedentes de Somalia y Eritrea que formaban parte de un grupo de más de 200 personas interceptadas en el mar por las autoridades italianas en 2009, a las que obligó a regresar a Libia, su punto de partida. 

Esta práctica violó la obligación internacional de no devolver a ninguna persona a un país donde pueda correr el riesgo de sufrir abusos contra los derechos humanos.

El Tribunal declaró que Italia había violado el Convenio Europeo de Derechos Humanos al exponer a los migrantes al riesgo de sufrir malos tratos en Libia y de ser repatriados a Somalia y Eritrea. 

Amnistía Internacional intervino como tercero en el caso, junto con el Centro AIRE y la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), señalando que los actos de las autoridades italianas iniciaban una política de devoluciones condenadas por infringir principios fundamentales del derecho internacional de derechos humanos.

La sentencia del Tribunal establece que, incluso cuando las personas son interceptadas en aguas internacionales, las autoridades del Gobierno tienen la obligación de respetar el derecho internacional de derechos humanos.

Cualquier persona a la que intercepten debe tener acceso a un procedimiento individualizado, así como a recursos para apelar contra la decisión de devolverla a su país de partida. El Tribunal declaró que estas actuaciones fuera del territorio nacional constituían expulsión colectiva.

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