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España: “El aborto debe estar garantizado en los centros públicos y poner trabas al mismo solo provoca más vulnerabilidad en las mujeres”

SOPA Images/SIPA/2503091208

A falta de analizar más en detalle el informe que ha presentado esta tarde Mónica García, Ministra de Sanidad, sobre el acceso al aborto en España, ante el Consejo de Ministros, Amnistía Internacional ha declarado:

“Frente a movimientos antiderechos cada vez más visibles que se escuchan en todo el mundo proteger la libertad para acceder a un aborto seguro y sin barreras es más necesario que nunca”, señala Marta Mendiola, investigadora sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Amnistía Internacional España. “El no contar con un registro de objetores de conciencia que se niegan a practicar abortos impide planificar los recursos para garantizar que las mujeres puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud; esto, junto a la discriminación que supone que en algunas provincias es prácticamente imposible acceder a estos servicios, tiene consecuencias sobre los derechos reproductivos de las mujeres”.

Sanidad acaba de publicar los datos que indican que en 2024 se realizaron 106.172 interrupciones voluntarias del embarazo, un 2,98% más que el año anterior. Aunque el 72,73% de las mujeres fueron informadas en centros públicos, el 78,74% de los procedimientos se realizaron finalmente en centros privados. Esto supone una de las grandes trabas para las mujeres que desean abortar, ya que en muchas ocasiones trasladarse a centros privados implica gastos adicionales y tienen un impacto significativo en la salud física y mental de las personas afectadas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.

En el informe del Ministerio de Sanidad sobre la Situación del aborto en la sanidad pública presentado hoy, se reflejan datos que constatan que las autoridades autonómicas, en su mayoría, están garantizando un porcentaje muy bajo de realización de abortos en los centros públicos. Así, solo seis Comunidades Autónomas presentan porcentajes de abortos realizados en centros públicos por encima del 40%: Cantabria (88,5%), Galicia (77%), La Rioja (76,1%), Navarra (74,8%), Cataluña (55,1%) e Islas Baleares con un 45%. 

“En el debate actual a algunas autoridades se les parece haber olvidado que los organismos internacionales de derechos humanos no han reconocido el derecho de los proveedores de atención de la salud a negarse a prestar servicios médicos (entre ellos los de aborto) por motivos de conciencia, ni exigido a los Estados que la permitan. No obstante, cuando se permite la objeción de conciencia por ley, el derecho de los derechos humanos les exige instaurar un marco regulador que garantice que la denegación de los servicios no socava el acceso de las mujeres a ellos y que, en la práctica, los servicios están garantizados”, señala la organización.

“Es más, en situaciones de emergencias médicas no cabe invocar las creencias para rechazar la prestación, tal y como ha recomendado el Relator Especial de Naciones sobre el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”. “Por tanto, las autoridades que no lo han hecho todavía deberían estar más preocupadas por completar ese registro obligatorio de objetores de conciencia y por garantizar que todas las personas que necesiten acceder a un aborto puedan hacerlo de manera segura, con información clara y rigurosa, sin discriminación ni acoso, que por debatir sobre otros asuntos como un supuesto síndrome post aborto sin base científica y que supone una medida preocupante”, señala Mendiola.

Sobre la medida propuesta por el Gobierno para consagrar el aborto en la Constitución y que la organización analizará con más detalle, Amnistía Internacional considera que, tal y como ya hizo Francia, esto podría constituir un hito para los derechos de las mujeres ya que supone un importante baluarte para proteger este derecho que está en riesgo en todo el mundo”.

Más información 

La Ley de 2023 configura el derecho de objeción de conciencia como un derecho individual. En este sentido AI recuerda lo que recientemente ha subrayado el Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas de Naciones Unidas. El grupo ha señalado que los Estados deben hacer que la objeción de conciencia institucional sea inadmisible. Tal y como señala este grupo de trabajo, en la práctica, la objeción de conciencia institucional, también mediante la denegación masiva del personal a prestar asistencia, puede restringir significativamente la disponibilidad de servicios de aborto a mayor escala, lo que constituye una denegación sistémica del derecho a la igualdad y de los derechos en materia de la salud sexual y reproductiva. Por consiguiente, esta práctica constituye una violación de los derechos humanos y debe prohibirse. El Grupo también recuerda que la objeción de conciencia individual de los profesionales de la salud está sujeta a regulaciones y limitaciones y no puede obstaculizar ni vulnerar el derecho a la igualdad y los derechos de salud sexual y reproductiva. 

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