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UE: Alcanzado acuerdo sobre minerales de zonas de conflicto tras añadir exenciones

Mina donde trabajan menores en la región de Carnot (RCA)

La Unión Europea (UE) ha dado hoy un paso positivo, aunque tibio, para depurar el comercio con minerales de Europa. Los legisladores de la Unión concluyeron sus negociaciones en torno a una nueva ley sobre lo que se conoce como “minerales de zonas de conflicto”: un reglamento encaminado a garantizar que los minerales que entran en la UE no financian conflictos o violaciones de derechos humanos.Por primera vez, ciertas empresas de la Unión deberán asumir legalmente la responsabilidad de sus cadenas de suministro de minerales y tomar medidas para prevenir que su comercio esté ligado a conflictos o abusos contra los derechos humanoss. Sin embargo, una serie de concesiones y de lagunas de última hora podrían debilitar el impacto del reglamento, pues eximen de su cumplimiento a un gran número de empresas. Las organizaciones de la sociedad civil, incluidas Amnistía Internacional y Global Witness, piden hoy a la UE y a sus Estados miembros que demuestren que se toman en serio que estas exenciones no menoscaban los objetivos declarados del reglamento. “Este reglamento es un bienvenido paso adelante”, afirmó Michael Gibb, de Global Witness. “Pero al mismo tiempo que la UE ha enviado una señal enérgica a un pequeño número de empresas, en última instancia ha confiado en que otras muchas seguirán autorregulándose. Ahora estas empresas tienen que demostrar que harán honor a esta confianza y la merecen, y esperamos que nuestros legisladores actúen en consecuencia en caso contrario.” La UE es un destino importante de minerales, como mercado de materias primas y de productos de la vida diaria que los contienen, desde ordenadores portátiles y teléfonos móviles hasta motores, pasando por joyas. El reglamento abarcará las importaciones de la UE de minerales de estaño, tungsteno, tantalio y oro procedentes de todos los países del mundo, y es la primera ley obligatoria de este tipo que tiene un alcance realmente global. Pero a pesar de que las normas globales sobre el comercio de minerales exigen que todas las empresas comprueben que sus cadenas de suministro no financian conflictos o violaciones de derechos humanos, las disposiciones preceptivas de la UE afectarán solamente una pequeña parte de la cadena de suministro. Contrariamente a la propuesta del Parlamento Europeo de mayo de 2015, más ambiciosa, el reglamento sólo se aplicará a las empresas que importen minerales en bruto, en forma de menas y metales. Las empresas que introduzcan esos mismos minerales en la UE dentro de partes o productos acabados no tendrán que rendir cuentas. En las negociaciones, los Estados miembros de la UE consiguieron también incluir a última hora una serie de umbrales para la importación que reducirá aún más el número de empresas que deben cumplir el reglamento. “Estos umbrales de volúmenes, que eximen a las empresas de cumplir la legislación, son lagunas peligrosas”, declaró Nele Meyer, de Amnistía Internacional. “Podrían permitir la entrada en la UE de minerales por valor de millones de euros sin someterlos a ningún control, y a menudo son precisamente esos minerales los que más probabilidades tienen de estar vinculados a conflictos. Esta nueva ley sólo puede ser el primer paso adelante. Harán falta medidas adicionales para garantizar que todas las empresas deben comprobar y comprueban debidamente sus cadenas de suministro.” Incluso se han ofrecido atajos a las empresas que deben cumplir el reglamento. La Comisión Europea ha accedido a reconocer a organismos privados de la industria a los que las empresas recurren cada vez más para externalizar sus obligaciones para que controlen sus cadenas de suministro. Los miembros de los organismos de la industria reconocidos se beneficiarán de una supervisión limitada. Además, se alentará a las empresas a que recurran a una lista de fundiciones y refinerías “responsables”, a pesar de que se están implantando pocos mecanismos para evaluar realmente el comportamiento de todas las fundiciones y refinerías de la lista. El reglamento no entrará en vigor de inmediato, pues los legisladores han decidido introducir un largo periodo de introducción transitorio. “Hablar de un periodo de introducción es una trampa. El reglamento refleja las responsabilidades que tienen las empresas desde hace ya muchos años, y éstas tienen todas las herramientas y la información que necesitan para cumplirlo. Ya se ha malgastado bastante tiempo buscando formas de ayudar a las empresas a eludir sus responsabilidades. Lo más importante ahora es asegurarse de que las asumen lo antes posible”, dijo Michael Reckordt, de PowerShift. En sí mismo, este reglamento de comercio no puede traer paz y prosperidad a las comunidades asoladas por la maldición de los recursos. Por tanto, la sociedad civil ha expresado satisfacción por el enfoque integrado de la UE que trata de complementar el nuevo reglamento con medidas diplomáticas y de desarrollo. “Concluir estas negociaciones es un paso importante, pese al limitado alcance de la nueva ley. Pero esto es sólo el principio del proceso, no el final. Ahora es cuando las empresas deben demostrar que se toman en serio el cumplimiento de sus responsabilidades; cuando los Estados miembros de la UE deben demostrar su compromiso con hacer cumplir las normas que se han establecido ahora, y cuando la UE debe hacer uso de todos sus recursos para promover la extracción responsable y sostenible de minerales en todo el mundo”, concluyó Frederic Triest, de EurAc. Notas para los periodistas En junio de 2016 la UE alcanzó un “entendimiento político” que fijó el perfil político general del reglamento. Después hubo debates técnicos para desarrollar el texto definitivo. Este proceso a tres bandas ha concluido hoy con el acuerdo de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo sobre un texto final que se votará ahora en el Consejo y en el Parlamento. El reglamento se aplica a las empresas cuyas importaciones a la UE de minerales o metales de estaño, tantalio, tungsteno y oro sean superiores a determinados umbrales anuales. La ley exigirá a las empresas que actúen con la “diligencia debida” respecto de sus cadenas de suministro, respetando en general los requisitos de la Guía sobre la diligencia debida para cadenas de suministro responsables de minerales procedentes de zonas en conflicto o de alto riesgo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). A diferencia del reglamento de la UE, esta guía de la OCDE se aplica a todos los recursos minerales y a la totalidad de la cadena de suministro, incluidas las empresas que compran productos que contienen estos minerales o comercian con ellos. La diligencia debida respecto de las cadenas de suministro de minerales no pretende disuadir del abastecimiento en zonas frágiles y de alto riesgo, sino que trata de alentar y facilitar un comercio más responsable y transparente con estas regiones. Este comunicado de prensa lo firman las siguientes organizaciones: Action Aid, Alboan, Amnesty International, Association Internationale de Techniciens, Experts et Chercheurs, Bread for the World, CEEweb for Biodiversity, Christliche Initiative Romero, CIDSE, Diakonia, DKA Austria, EurAc, Fairtrade Luxembourg, focsiv, Fundacion Mainel, Germanwatch, Global Witness. Instytut Globalnej Odpowiedzialnosci, Jesuit European Social Centre, Jesuit Refugee Service, Justice et Paix Commission, Justicia y Paz - Comisión General, Justicia I Pau, London Mining Network, Misereor, Powershift, PMU, Progressio 75, REDES, SCIAF Scottish Catholic International Aid Fund, Solidaritat Castelldefels Kasando, Somo, Stop Mad Mining, WEED e.V.– World Economy, Ecology & Development, 11.11.11

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