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España: Más trabas para no investigar crímenes cometidos durante la Guerra Civil y franquismo

Manifestación en la Puerta del Sol para protestar por el archivo de algunos casos de niños robados. 19 de octubre de 2013. EFE/Víctor Lerena
  • Amnistía Internacional y la Comisión Internacional de Juristas lamentan que la Fiscalía General del Estado ordene que no se colabore con la justicia argentina y considere que los crímenes del franquismo no puedan ser investigados en España.
  • Amnistía Internacional lanza la campaña #Justiciapornavidad para pedir al nuevo Gobierno medidas eficaces que faciliten la investigación de las graves violaciones de derechos humanos cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo.
más trabas para la investigacióne los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo

Amnistía InternacionalComisión Internacional de JuristasFiscalía General del Estadorehúse auxiliar a las autoridades argentinas

Amnistía Internacional ha documentado extensamente que las autoridades españolas no están investigando los crímenes de derecho internacional cometidos en esa época, especialmente desde el fallo del Tribunal Supremo de febrero de 2012. Ahora la Fiscalía General cierra la puerta a la colaboración española con terceros países para que estos crímenes sean investigados. Todo esto, incumpliendo de manera flagrante con las obligaciones contraídas internacionalmente

el Estado español está incumpliendo obligaciones internacionales.

  • Jurisdicción preferente. Contrariamente a lo que se expresa en la orden mencionada, España no tiene jurisdicción preferente respecto a Argentina u otro Estado para investigar crímenes de derecho internacional. El derecho internacional faculta por igual a todos los Estados a invocar el principio de jurisdicción universal, sin restricciones basadas en el territorio, la nacionalidad o los intereses nacionales. Todos los Estados están llamados a actuar contra la impunidad de dichas violaciones de derechos humanos.
  • Prescripción de los delitos. La prescripción de los delitos es sólo aplicable a hechos denunciados como delitos comunes u ordinarios, no a los crímenes de derecho internacional como crímenes de guerra, la tortura o la desaparición forzada. En este sentido el Comité de Derechos Humanos ha recordado a las autoridades españolas que estos delitos no prescriben.
  • Fallecimiento de las personas presuntamente responsables. El argumento de la improcedencia de la investigación por la muerte de los presuntos responsables es también erróneo. Su eventual fallecimiento no exime al Estado de su obligación de investigar los crímenes de derecho internacional. Los Estados además tienen que garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y de los pueblos, y el derecho a una reparación. En el caso de la "querella argentina" se ha pedido la extradición de 19 personas vivas, presuntamente implicadas en este tipo de crímenes, y la justicia española no está colaborando.
  • Ley de Amnistía. Invocar la aplicación de la Ley de Amnistía para obstaculizar la investigación de crímenes de derecho internacional vulnera el derecho a un recurso efectivo recogido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el principio por el cual ningún Estado puede acogerse a su propia legislación para incumplir un tratado del que forma parte. Además en esta línea el Comité de Derechos Humanos ha recordado a las autoridades españolas que: “las amnistías, indultos y otras medidas similares que impiden que los autores de graves violaciones de los derechos humanos sean llevados ante los tribunales son incompatibles con las obligaciones de todo Estado de investigar los crímenes, de garantizar un recurso efectivo, y del derecho a ser oído por un tribunal con todas las garantías”.
  • Ley de Memoria Histórica. La Ley de Memoria Histórica no consagra el derecho a saber ni puede suplir la investigación judicial exhaustiva de crímenes de derecho internacional; tan sólo prevé el derecho a la memoria, limitado al ámbito privado, y la declaración de ilegitimidad de los tribunales y sentencias de carácter político durante la Guerra Civil y el franquismo. Por tanto, no garantiza el derecho a la verdad ni a la justicia. Para garantizarlos, los hechos deben esclarecerse en el proceso penal.
#JusticiaPorNavidad

Peticiones de Amnistía Internacional


  • Que adopte medidas inmediatas para conseguir verdad, justicia y reparación, aplicando plenamente las recomendaciones de los órganos internacionales en relación a la Ley de Amnistía, a la Ley de Memoria Histórica y a la imprescriptibilidad de los crímenes de derecho internacional
  • Colaborar plenamente en cualquier procedimiento penal con los tribunales extranjeros que, en virtud del principio de jurisdicción universal, investiguen los crímenes de derecho internacional cometidos en España, con independencia de que estos crímenes se investiguen por las autoridades españolas.
  • Confirme en sus fallos que los crímenes de derecho internacional no se hallan sujetos ni a amnistía ni a prescripción.
  • Se modifique la orden anteriormente citada para pedir a las Fiscalías territoriales que no se opongan al cumplimiento de diligencias de auxilio judicial formuladas por la justicia argentina y se ordene la colaboración con cualquier Estado para investigar los crímenes de derecho internacional cometidos en España en el pasado.
  • Que exija al Gobierno, a través de la campaña #JusticiaPorNavidad, que cumpla con las recomendaciones de Amnistía Internacional para que se investiguen los crímenes ocurridos en ese periodo y se colabore con las investigaciones abiertas fuera de nuestras fronteras.
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