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La Unión Africana debe demostrar su compromiso para abordar la impunidad por los crímenes de Darfur

Londres.- Amnistía Internacional considera motivo de profunda preocupación la reciente petición de la Unión Africana (UA) al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU) para que aplace la investigación y el enjuiciamiento de los delitos cometidos en Darfur por parte de la Corte Penal Internacional.

Después de que el fiscal de la Corte Penal Internacional anunció el 14 de julio de 2008 su intención de solicitar una orden de detención contra Omar al Bashir, presidente de Sudán, el Consejo de Paz y Seguridad de la UA emitió una declaración –en el curso de su reunión núm. 142, celebrada el 21 de julio de 2008– en la que pedía al Consejo de Seguridad de la ONU que, en aplicación del artículo 16 del Estatuto de Roma de la Corte, aplazara la investigación y el enjuiciamiento de los delitos. Para solicitar dicho aplazamiento se aducían como motivos la necesidad de garantizar “que no se ponen en peligro los esfuerzos de paz en curso” y que, “en las circunstancias actuales, un proceso judicial podría no beneficiar a las víctimas ni a la justicia”.

Según información publicada en varios medios de comunicación, el presidente de la Asamblea de la Unión Africana ha manifestado que “se corre el peligro de que la anarquía alcance unas dimensiones nunca vistas hasta ahora en este continente” si no se aplazan la investigación y el procesamiento de los delitos cometidos en Darfur. Esta afirmación no tiene en cuenta la función complementaria que puede desempeñar la justicia para alcanzar una paz significativa y duradera, al establecer un elemento disuasorio eficaz frente a la comisión de tales delitos en el futuro y hacer efectivo el derecho de las víctimas a obtener justicia, verdad y reparación.

A pesar de que la Sala de Cuestiones Preliminares todavía no ha estudiado la solicitud del fiscal, la UA ya ha tomado medidas para conseguir un aplazamiento. Resulta alarmante que algunos Estados de la UA llegaran a amenazar con oponerse a la renovación de la Misión de las Naciones Unidas y la Unión Africana en Darfur (UNAMID) en sus intentos de socavar la importante labor de la Corte. Con todo, sus esfuerzos fueron en vano y el mandato de la UNAMID fue renovado el 31 de julio, si bien los términos en que se hizo indican que el Consejo de Seguridad no tardará en volver a abordar el asunto del aplazamiento en virtud del artículo 16.

Si sus esfuerzos dieran resultado, los Estados de la UA –incluidos aquellos que son Estados Partes en el Estatuto de Roma y se han comprometido a apoyar el trabajo de la Corte Penal Internacional– transmitirían a quienes planean y cometen crímenes en Darfur un mensaje inequívoco de que pueden actuar libremente sin que corran peligro de que se les exijan responsabilidades. Amnistía Internacional no cree que esto “beneficie a las víctimas ni a la justicia”. Es más, podría tener consecuencias desastrosas para la Corte y sentar un precedente aplicable a cada una de las situaciones investigadas por su fiscal. Además, dejaría abierta la posibilidad de que el Consejo de Seguridad esté sometido permanentemente al chantaje del gobierno de Sudán, que podría amenazar con un amplio conjunto de medidas de represalia, como la reanudación de las hostilidades, si el Consejo de Seguridad pone fin al aplazamiento y la Corte reanuda las deliberaciones sobre la petición de una orden de detención.

Amnistía Internacional considera preocupante que la postura de la UA en relación con la solicitud del fiscal de una orden de detención contra Omar al Bashir sea radicalmente opuesta a los propios objetivos y principios de la organización –en virtud del Acta Constituyente de la UA– para poner fin a la impunidad por abusos contra los derechos humanos y adoptar medidas eficaces y concretas destinadas a hacer respetar el Estado de derecho y promover los principios de los derechos humanos y la rendición de cuentas. Es evidente la disparidad y falta de coherencia entre los principios y objetivos proclamados en el Acta Constituyente y la constante insistencia de la UA en el aplazamiento de la investigación y enjuiciamiento por parte de la Corte.

Entre los objetivos de la UA, proclamados en el artículo 3 del Acta Constituyente, está el de “promover y proteger los derechos humanos y de los pueblos, consolidar la cultura y las instituciones democráticas y garantizar el buen gobierno y el Estado de derecho”. Además, el Acta Constituyente establece como uno de sus principios operativos el respeto por el carácter sagrado de la vida humana así como la condena y el rechazo de la impunidad. Asimismo, los países africanos apoyaron la creación de la Corte Penal Internacional, la mayoría de los Estados miembros de la UA han ratificado el Estatuto de Roma y la propia institución de la UA –la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos– ha pedido a la UA y a sus miembros que apoyen plenamente el trabajo de la Corte. En su 24 periodo ordinario de sesiones, celebrado en 1998 en Banjul (Gambia), la Comisión Africana –entre otros– pidió a los Estados miembros de la UA que “ratifiquen el Estatuto de Roma y adopten todas las medidas legislativas y administrativas necesarias para poner en consonancia con el Estatuto las leyes y políticas nacionales”.

Amnistía Internacional considera motivo de profunda preocupación que la UA, con su negativa constante a apoyar los esfuerzos internacionales para investigar y enjuiciar los graves delitos cometidos en Darfur, no haya demostrado la voluntad política suficiente para respaldar sus objetivos y principios institucionales con la acción. Amnistía Internacional cree que el hecho de que no apoye la iniciativa de la Corte sobre Darfur transmite el mensaje de que la UA es incapaz de hacer valer sus propios principios y compromisos, incluidos los contenidos en su Acta Constituyente y en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.

De hecho, la insistencia de la UA en un aplazamiento en virtud del artículo 16 del Estatuto de Roma puede obstaculizar la obtención de justicia a las víctimas de delitos internacionales cometidos en Darfur, además de poner en peligro el establecimiento de una paz duradera en la región que esté basada en el Estado de derecho y el respeto a los derechos humanos. Amnistía Internacional considera que es necesaria la rendición de cuentas por los abusos contra los derechos humanos no sólo para satisfacer las necesidades de las víctimas, sino también para restablecer el Estado de derecho y disuadir de la comisión de abusos en el futuro.

Amnistía Internacional considera también que la labor de la Corte Penal Internacional representa para la Asamblea de la Unión Africana una oportunidad única de demostrar su compromiso con la tarea de abordar la impunidad por los graves delitos cometidos en virtud del derecho internacional, y de reconstruir la confianza en la organización como entidad comprometida con la protección de los derechos humanos y no con la inmunidad de determinados jefes de Estado. Únicamente abordando con eficacia y decisión la impunidad por los crímenes de Darfur, los gobiernos africanos podrán demostrar que la UA puede cambiar realmente la situación de los derechos humanos de menores, mujeres y hombres africanos.

Es importante que la Asamblea de la UA demuestre una voluntad política firme y que es capaz de aplicar sus propios objetivos y principios con fundamento y coherencia, apoyando públicamente la iniciativa de la Corte Penal Internacional sobre Darfur y trabajando en apoyo de la aplicación efectiva de los resultados del proceso emprendido por la Corte.

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