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Petición para que los responsables de vigilar el cumplimiento del Convenio sobre la Lucha contra la Trata de personas sean expertos independientes del más alto nivel

Los siguientes hitos en el camino hacia una mejora del respeto y la protección de los derechos de las personas objeto de trata en Europa tendrán lugar el 5 y el 8 de diciembre. Esos días se elegirán los primeros miembros del grupo de expertos encargado de vigilar la aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International piden que se elija para este Grupo de expertos sobre la lucha contra la trata de seres humanos (conocido como GRETA) a los candidatos y candidatas más cualificados, independientes e imparciales. El escrutinio independiente y exhaustivo del cumplimiento que del Convenio hacen los Estados es fundamental para fortalecer la protección de los derechos de las personas que se han visto atrapadas en una forma moderna de esclavitud, y para promover un enfoque basado en los derechos humanos de la lucha contra la trata de seres humanos. Para garantizar que el GRETA puede evaluar de manera efectiva el cumplimiento que los Estados Partes hacen de las obligaciones contraídas en virtud del Convenio, sus miembros deben tener los más altos niveles de integridad, independencia, imparcialidad, competencia aplicable y experiencia profesional. Además, el Grupo debe contar con recursos suficientes para llevar a cabo su trabajo. Los miembros del GRETA serán elegidos por los Estados Partes en el Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos: Albania, Armenia, Austria, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Francia, Georgia, Letonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal y Rumania. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International instan a los representantes de estos Estados a que, en el momento de depositar su voto, tengan plenamente en cuenta los requisitos establecidos en el Convenio para formar parte del GRETA, y sigan estrictamente el procedimiento de elección. El Convenio establece que los expertos del GRETA deben ser independientes e imparciales en el ejercicio de sus funciones y deben ser elegidos de entre un grupo de personas de elevado carácter moral, con competencia reconocida y experiencia profesional en el campo de los derechos humanos y de la acción contra la trata de seres humanos. La composición del GRETA debe reflejar competencia multidisciplinar y equilibrio de género y geográfico. El procedimiento de elección especifica que no se podrá elegir para el Grupo a personas que ocupen cargos de responsabilidad en gobiernos y otras organizaciones que puedan dar lugar a un conflicto de intereses con las responsabilidades inherentes a la pertenencia al GRETA. Los miembros del Grupo no pueden recibir instrucciones de ningún gobierno, organización o persona respecto a cómo desempeñar su tarea. Los elegidos deben estar disponibles para participar en las reuniones del GRETA, visitar países y preparar los informes y conclusiones del Grupo. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International piden a quienes participan en la elección que emitan su voto basándose exclusivamente en los méritos de los candidatos o candidatas, incluidos su independencia, sus conocimientos y su competencia, así como su compromiso de contribuir a la protección y promoción de los derechos de las personas objeto de trata. Con ocasión de la próxima elección de estos miembros, Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International piden también a los 28 Estados miembros del Consejo de Europa y a los miembros de la Unión Europea que aún no son partes en el Convenio, que se sumen a él sin más demora. Información complementaria El Convenio del Consejo de Europa sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos entró en vigor el 1 de febrero de 2008. A fecha de hoy, 19 Estados miembros del Consejo de Europa lo han ratificado. El Convenio también puede ser ratificado por los Estados miembros de la Comisión Europea y la Unión Europea que, sin ser miembros del Consejo de Europa, han participado en su elaboración. El Convenio establece un sistema de dos pilares para vigilar el cumplimiento de sus disposiciones sustantivas. El elemento principal de este proceso (la evaluación del cumplimiento del Convenio por parte de los Estados) lo llevará a cabo el Grupo de expertos sobre la lucha contra la trata de seres humanos (GRETA). El segundo pilar es un órgano político intergubernamental, el Comité de las Partes, que también puede formular recomendaciones sobre las medidas que debe tomar una parte para aplicar las conclusiones del GRETA. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International subrayan que, puesto que el Consejo de Europa es una institución de derechos humanos, el GRETA, al vigilar el cumplimiento del Convenio, debe centrarse específicamente en la dimensión de derechos humanos de las políticas contra la trata de personas y, por lo tanto, también debe vigilar el impacto que esas políticas tienen sobre los derechos de las personas objeto de trata y los grupos afectados por ella. El Comité de las Partes elige a los miembros del GRETA. Todos los Estados Partes en el Convenio estaban invitados a presentar, antes del 1 de octubre de 2008, una lista de al menos dos candidatos o candidatas para la elección. Amnistía Internacional, Anti-Slavery International y La Strada International han pedido a todos los Estados que pueden presentar candidaturas que lleven a cabo un procedimiento imparcial, abierto y transparente para la identificación y selección de dichas candidaturas, con el fin de garantizar que las personas designadas son independientes y poseen la competencia necesaria. Véase también

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