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Esfuerzos históricos de fiscales federales para abordar décadas de impunidad durante el régimen militar

Fachada del DOI-Codi, el departamento responsable de los servicios de inteligencia y de la represión durante el gobierno militar en Brasil. Autor: Junius, bajo licencia CC BY-SA 3.0

Los esfuerzos de los fiscales federales para abrir investigaciones penales sobre violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado señalan un momento crucial de la historia de Brasil, ha declarado Amnistía Internacional después de que los fiscales federales de São Paulo procesaran, el 24 de marzo de 2010, al coronel retirado Carlos Alberto Brilhante Ustra y al delegado de la policía Dirceu Garvina, por el secuestro del dirigente sindical Aluízio Palhano Pedreira Ferreira en 1971. "Al enfrentarse a décadas de impunidad, cabe esperar que Brasil asuma por fin sus responsabilidades contraídas en virtud del derecho internacional, como han hecho otros países de la región”, ha declarado Atila Roque, director ejecutivo de Amnistía Internacional Brasil. Hace 41 años, en mayo de 1971, unos agentes de los servicios de seguridad del régimen militar detuvieron arbitrariamente a Aluízio Palhano Pedreira Ferreira, de quien su familia no ha vuelto a tener noticias. Al parecer, lo llevaron al DOI-Codi, el departamento responsable de los servicios de inteligencia y de la represión en el gobierno militar, en aquel entonces bajo el mando del coronel Ustra. Según informes de testigos de aquella época, Ferreira fue torturado mientras estuvo bajo custodia de los servicios de seguridad. La Ley de Amnistía de Brasil de 1979, promulgada originalmente para indultar los crímenes políticos de la época, ha sido interpretada posteriormente  para incluir actos de tortura y ejecuciones extrajudiciales cometidos por miembros del régimen, protegiéndolos así de las investigaciones y del enjuiciamiento. Los fiscales han acusado formalmente al coronel Ustra y a Garvina de secuestro, pues dado que la víctima no ha aparecido, se considera que el delito continúa más allá de 1979 y por tanto no está cubierto por la amnistía. A pesar de que el Tribunal Supremo Federal de Brasil confirmó recientemente las amnistías por delitos cometidos durante el régimen militar, ha resuelto en dos ocasiones que la Ley de Amnistía no ofrece protección por los delitos de desaparición forzada ni secuestro. Estas resoluciones se dictaron en dos casos de extradición de sendos oficiales del ejército, uruguayo uno y argentino el otro (Extradições 974 e 1150), en 2009 y 2011. Después de años de inactividad, se están haciendo avances importantes en Brasil para abordar los terribles crímenes cometidos durante el régimen que gobernó el país en 1964-1985, incluida la aprobación, en noviembre de 2011, de una ley para la creación de una Comisión de la Verdad. “Es esencial que se garantice verdad, reparación y justicia —su derecho fundamental— a las víctimas y familias que sufrieron torturas, desapariciones y homicidios a manos de la represión militar”, afirmó Atila Roque.

Información complementaria Este es el segundo caso penal iniciado por fiscales federales por violaciones de derechos humanos cometidas durante el régimen militar. Los cargos contra el coronel  Sebastião Curió Rodrigues de Moura, formulados en marzo de 2012, por la desaparición de cinco guerrilleros en el estado de Pará en 1974, no fueron confirmados por un juez federal. Se ha apelado contra esta decisión. En abril de 2010, el Tribunal Supremo de Brasil confirmó, en una polémica resolución, la aplicación de la Ley de Amnistía a las violaciones graves cometidas durante el régimen militar. Unos meses después, en noviembre del mismo año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró en el caso Gómez Lund que la Ley de Amnistía no era compatible con la Convención Americana, que carecía de efecto legal, y que no debía seguir siendo un obstáculo para la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables de violaciones de derechos humanos.

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