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Naciones Unidas condena a España por no garantizar vivienda alternativa a una familia desahuciada

Rueda de prensa de 2015 frente a un edificio en construcción del IVIMA en Madrid para anunciar la admisión a trámite por la ONU de la denuncia contra España por el desahucio de la familia de Mohamed Ben Djazia. Foto: @CAES_Asesoria
  • El CAES y Amnistía Internacional destacan que el dictamen del Comité de derechos económicos, sociales y culturales (Comité DESC) pone al descubierto la violación sistémica del derecho a la vivienda en España
Sobre las violaciones de derechos humanos en relación al caso concretoSobre la vulnegación del derecho a la vivienda en EspañaRecomendaciones de Naciones Unidas a España
  • Proporcione a la familia una reparación efectiva, que consiste en otorgarles vivienda pública u otra medida que les permita vivir en una vivienda adecuada, otorgar una compensación económica por las violaciones sufridas; y reembolsar los costes legales.

  • Adoptar medidas legislativas y/o administrativas pertinentes para garantizar que en los procesos judiciales de desalojos de inquilinos, los demandados puedan oponerse o presentar un recurso con el fin de que el juez considere las consecuencias del desalojo y la compatibilidad de esta medida con el Pacto.

  • Adoptar las medidas necesarias para superar los problemas de falta de coordinación entre las decisiones judiciales y las acciones de los servicios sociales que pueden conducir a que una persona desalojada pueda quedar sin vivienda adecuada.

  • Adoptar medidas necesarias para asegurarse de que los desalojos que afecten a personas sin recursos para procurarse una vivienda alternativa, sólo se ejecuten después de que haya habido una consulta genuina y efectiva con estas personas y de que el Estado parte haya realizado todos los pasos indispensables, hasta el máximo de sus recursos disponibles, para que las personas desalojadas tengan una vivienda alternativa, en especial en aquellos casos que involucran a familias, personas mayores, niños/as y/o otras personas en situación de vulnerabilidad.

  • Formular e implementar, en coordinación con las comunidades autónomas y hasta el máximo de los recursos disponibles, un plan comprensivo e integral para garantizar el derecho a la vivienda adecuada de personas con bajos ingresos. Este plan deberá incluir los recursos, las medidas, los plazos y los criterios de evaluación, que permitirán en forma razonable y verificable garantizar el derecho a la vivienda de esas personas.


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