- Dispositivos empleados para ejecuciones como horcas y guillotinas, sillas eléctricas, cámaras herméticas para la administración de gas letal, sistemas automáticos de inyección de sustancias para la administración de inyecciones letales y medicamentos cuando estén destinados a ejecuciones;
- Instrumentos diseñados para inmovilizar, como esposas para pulgares y para otros dedos, empulgueras y dispositivos para apretar otros dedos, grilletes con barras, sujeciones lastradas para las piernas, sillas de sujeción, planchas y camas de inmovilización y camas jaula;
- Porras y escudos metálicos con púas, látigos de múltiples colas.
- Dispositivos paralizantes de electrochoque destinados a una sola persona y ahora también los dispositivos que pueden infligir electrochoques a grupos de personas;
- Equipos diseñados para disparar productos químicos incapacitantes o irritantes para control de disturbios dirigidos a individuos, así como los que diseminan estos productos en zonas amplias;
- Grilletes y cadenas colectivas.
- Hagan transacciones con intermediarios de instrumentos de tortura a terceros países ajenos a la UE siempre que los dispositivos no toquen suelo de la UE;
- Promuevan instrumentos de tortura en ferias y exposiciones de armas de la UE;
- Proporcionen asistencia técnica, incluida formación en técnicas que pueden facilitar la tortura y otros malos tratos;
- Introduzcan nuevas tecnologías y dispositivos en el mercado, y los ofrezcan a organismos encargados de hacer cumplir la ley aun cuando exista una gran probabilidad de que dichos productos se utilicen para aplicar la pena de muerte o infligir torturas u otros malos tratos.