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Se dispone a expulsar a un ciudadano sirio pese a correr riesgo de ser torturado y maltratado

  • Mohamed Zaher puede ser repatriado por “razón de orden público y seguridad pública”
Madrid.- Mohamed Zaher Asade, ciudadano sirio y residente en España desde hace más de 20 años, puede ser expulsado a su país en cualquier momento tras haber sido detenido el 30 de marzo en Granada y trasladado al Centro de Internamiento para Extranjeros de Aluche, en Madrid, donde se encuentra actualmente.
Ante esta situación, Amnistía Internacional ha puesto en marcha un llamamiento internacional a todos sus activistas para evitar que Mohamed Zaher pueda ser víctima de tortura y maltrato en Siria. La organización ha documentado cómo en este país las personas consideradas por las autoridades sirias como posibles islamistas o que puedan poseer información sobre actos terroristas corren riesgo de sufrir maltrato o tortura en los centros de detención e internamiento, donde podrían ser llevadas al pisar el país ya que están expuestas a ser detenidas, recluidas por tiempo prolongado y sometidas a juicios injustos.
Mohamed Zaher fue condenado a ocho años y medio por pertenencia a banda armada, concretamente a la célula de Imad Eddin Barakat, conocido como Abu Dahdah, presunto fundador de Al Qaeda en España. El 17 de septiembre de 2010 salió de prisión tras cumplir con la pena estipulada.
Según la información de la que dispone Amnistía Internacional, Mohamed Zaher es un ciudadano con permiso de residencia comunitario. En 2008 obtuvo permiso penitenciario para salir de prisión a trabajar. Mientras permanecía en prisión, las autoridades españolas decretaron en 2009 su expulsión basándose en razones de "orden público y seguridad pública", y le informaron de que tenía 35 días para regresar a su país de forma voluntaria una vez cumplida su condena.
"No puedo ir a mi país. Allí me cogerán y me torturarán hasta la muerte. Prefiero morirme de hambre a morir torturado lentamente en países árabes", ha declarado Mohamed Zaher.
Preocupaciones de Amnistía Internacional
Amnistía Internacional teme por la seguridad de Mohamed Zaher a su llegada a Siria, o bien a Jordania, donde también podría ser deportado. "De ser así, la organización estaría igualmente preocupada dado que se tienen documentados casos de personas transferidas de Jordania a Siria que han sufrido, como resultado de ese traslado, tortura y malos tratos", ha asegurado María Serrano, portavoz de Amnistía Internacional España para temas de política interior.
"Por ello, pedimos que la orden de expulsión sea retirada de inmediato", ha añadido.
La organización también pide que se investiguen las alegaciones de intimidación y acoso por parte de las autoridades españolas a Mohamed Zaher. Según su esposa, la ciudadana española Habiba Mohamed y Mohamed, su marido le dijo que la policía le amenazó con "hacerte la vida imposible hasta que salgas de España si no colaboras", advertencia que al día siguiente las mismas autoridades le repitieron a ella.
Amnistía Internacional ha documentado que en Siria, la tortura y otros malos tratos son comunes en las comisarías de policía, centros de detención de los cuerpos de seguridad y las prisiones, y se cometen con impunidad. Tal y como recoge el Informe Anual 2010 de Amnistía Internacional, se tuvo noticia de siete muertes ocurridas bajo custodia en circunstancias controvertidas. La organización no tiene conocimiento de que las autoridades hayan tomado medidas para investigarlas ni para examinar las denuncias de tortura hechas por los detenidos.
De especial preocupación es la situación actual en Siria en el contexto delas manifestaciones que recorren el país pidiendo cambios al presidente Bashar al Assad, quien pese a ello mantiene el represivo estado de excepción vigente desde hace más de 50 años.
Potencial separación familiar
Mohamed Zaher está casado con una ciudadana española nacida en Ceuta, actualmente embarazada y madre de su primer hijo, de dos años de edad y también español. Sin embargo, a pesar de estos vínculos familiares, todas las medidas cautelares solicitadas hasta el momento han sido desestimadas.
Amnistía Internacional recuerda que según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Estados están obligados a proteger el derecho a la vida en familia. Además, la Convención de Derechos del Niño obliga a los Estados a velar para que el niño no sea separado de sus padres.
Información complementaria
Ya en el año 2008, Amnistía Internacional se dirigió al Ministerio del Interior para expresarle su preocupación ante la expulsión del ciudadano sirio Basel Ghalyoun, quien finalmente, y a pesar de los llamamientos de la organización, fue devuelto a Siria por las autoridades españolas el 22 de julio de ese año. Según la información que obtuvo la organización, Basel Ghalyoun fue detenido por las autoridades sirias a su llegada y recluido en régimen de incomunicación en un lugar no revelado.
Además de recogerse en la propia legislación española, España es Estado parte en varios tratados internacionales que prohíben de manera expresa la devolución de una persona a un país en donde pueda correr peligro de sufrir tortura y otros malos tratos, tales como el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDC) y la Convención de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Amnistía Internacional considera que la devolución de Basel Ghalyoun a Siria constituyó una vulneración de las obligaciones contraídas por España en virtud de los citados convenios. La expulsión del ciudadano sirio Mohamed Zaher Asade podría también quebrantar la prohibición del principio de no devolución que obliga a España y que no permite excepciones.
El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas en sus recomendaciones al quinto informe presentado por España, ha mostrado preocupación ante la vulneración del principio de no devolución. También ha cuestionado incluso la adopción de las denominadas "garantías diplomáticas" para proceder a la expulsión o extradición de una persona, como salvaguardia contra la tortura u otros malos tratos cuando haya razones fundadas para creer que una persona pudiera correr peligro de ser sometida a tortura o malos tratos en el país de destino.

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