La organización había mostrado su preocupación ante la orden emitida por la delegación de gobierno de prohibir la exhibición de banderas esteladas a través de una carta dirigida a esta autoridad. Amnistía Internacional considera que esta prohibición podía constituir una violación de derechos humanos, en concreto, del derecho a la libertad de expresión recogido en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por España.
Al parecer, según la información disponible, la resolución dictada por la Delegación de Gobierno de Madrid, se basaba en la aplicación del art. 6 de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, que prohíbe introducir o exhibir en recintos deportivos y en sus inmediaciones banderas, pancartas, símbolos o señales que inciten a la violencia.
Si bien el derecho a la libertad de expresión no es absoluto, para poder restringuirlo, la normativa internacional exige que se den estas tres condiciones simultáneamente:
- Debe estar expresamente fijado por ley (que a su vez debe estar formulada con suficiente precisión para que una persona pueda regular su conducta en consecuencia).
- Debe poder demostrarse que esta medida es necesaria y proporcionada para proteger intereses públicos especificados o los derechos o la reputación de otras personas.
- Debe asegurarse que dicha medida es necesaria para la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
En este caso, para Amnistía Internacional, el mero hecho de exhibir la bandera estelada no podía constituir una alteración de orden público o incitar a la violencia, el racismo, la xenofobia o cualquier otra forma de discriminación que atente contra la dignidad humana.
El derecho a la libertad de expresión es aplicable a toda clase de información e ideas de toda índole, comprendiendo diferentes formas de expresión y medios para su difusión, incluidas aquellas que pueden considerarse ofensivas siempre que no constituyan un delito. El derecho a la libertad de expresión es clave para el ejercicio de otros derechos.