Angola no debe enviar a la República Democrática del Congo (RDC) a nueve detenidos recluidos por cargos relacionados con un presunto intento de desestabilizar el gobierno de ese país, ya que, si son enviados allí, existe un peligro real de que sean sometidos a tortura y otros malos tratos y posiblemente condenados a muerte. Angola debe además investigar las denuncias según las cuales se ha torturado a los detenidos mientras permanecían en régimen de incomunicación. Los hombres, de los que al menos siete son originarios de la RDC, fueron detenidos en la provincia angoleña de Cabinda el 22 de noviembre de 2012. Inicialmente fueron recluidos en régimen de incomunicación en un cuartel militar. A sus familias no se les notificó dónde se encontraban y los detenidos no pudieron acceder a un abogado hasta el 22 de diciembre. Amnistía Internacional ha recibido asimismo información que indica que, mientras estos hombres estuvieron recluidos en el cuartel militar, fueron golpeados con armas de fuego y recibieron patadas con botas militares, bofetones y puñetazos. Ninguno de ellos recibió atención médica para las lesiones sufridas a consecuencia de esa tortura. “Parecen haberse producido irregularidades importantes y alarmantes en el proceso utilizado por las autoridades angoleñas para detener y acusar a estos hombres. Ninguno de ellos debe ser enviado a la RDC para enfrentarse al riesgo de tortura o ejecución”, ha manifestado Noel Kututwa, director del trabajo de Amnistía Internacional sobre el sur de África. “Además, estas denuncias de tortura deben ser investigadas y, si resultan ser fundadas, los responsables deben comparecer ante la justicia.” Amnistía Internacional teme que al menos alguno de estos hombres pueda ser enviado a la RDC, donde existe un peligro real de que sean sometidos a nuevas tortura u otros malos tratos o sean condenados a muerte. Angola ha abolido la pena de muerte para todos los delitos. Esa medida violaría el derecho internacional de los derechos humanos, que prohíbe terminantemente la tortura y otros malos tratos. Esta prohibición se aplica a todos los Estados, independientemente de las obligaciones específicas que hayan contraído en virtud de los tratados. El derecho internacional también prohíbe enviar a una persona contra su voluntad a otro país cuando exista un peligro real de que en él sea sometida a tortura u otros malos tratos. La Constitución de Angola prohíbe extraditar a ciudadanos extranjeros por motivos políticos, por cargos punibles con la pena de muerte o en casos en los que se reconoce que la extradición puede dar lugar a tortura o trato cruel o inhumano de la persona en cuestión. Aunque la RDC no ha llevado a cabo ejecuciones en los últimos años, mantiene la pena de muerte, incluso para delitos contra la seguridad del Estado. Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, sin excepción, independientemente de la naturaleza del delito, las características del delincuente o el método utilizado por el Estado para ejecutar al preso. “Pedimos a las autoridades de la RDC que se sumen a la tendencia mundial hacia la abolición de la pena de muerte”, ha manifestado Noel Kututwa.
No deben enviarse detenidos a la República Democrática del Congo
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