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Es preciso poner fin de inmediato a los ataques contra civiles

Londres. Los gobiernos israelí y libanés y Hezbolá deben tomar de inmediato medidas para poner fin a los ataques que se están lanzando contra civiles y bienes civiles. Tales ataques son una infracción flagrante del derecho internacional humanitario y constituyen crímenes de guerra.

En estos momentos en que tan rápidamente está aumentando la tensión, es esencial que todas las partes cumplan las disposiciones del derecho internacional humanitario y que otros gobiernos tomen todas las medidas necesarias para animarles a hacerlo.

”Israel debe poner fin de inmediato a los ataques contra civiles y contra infraestructura civil del Líbano, que constituyen castigo colectivo –ha manifestado Malcolm Smart, director del Programa para Oriente Medio de Amnistía Internacional–. Asimismo, debe respetar el principio de proporcionalidad al atacar objetivos militares u objetivos civiles que puedan utilizarse con fines militares.”

”Hezbolá  tiene que dejar de lanzar ataques contra civiles israelíes, y debe dispensar a los dos soldados israelíes capturados el 12 de julio un trato humano y concederles de inmediato acceso al Comité Internacional de la Cruz Roja”, ha añadido Malcolm Smart.

Amnistía Internacional ha pedido también al gobierno libanés que tome medidas concretas para garantizar que Hezbolá cumple con estas obligaciones contraídas en virtud del derecho internacional. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Según informes, unos 40 civiles libaneses han resultado muertos en ataques aéreos y con artillería lanzados por Israel contra pueblos del sur del Líbano desde que el brazo armado de Hezbolá emprendiera ayer un ataque al otro lado de la frontera en el que dos soldados israelíes fueron capturados y otros ocho murieron.

Entre las víctimas libanesas figuran los una familia de 10 miembros, 8 de ellos menores, que murieron en el pueblo de Dweir, cerca de Nabatiyeh, y otra de 7, entre ellos un bebé de 7 meses, muertos en el pueblo de Baflay, cerca de Tiro. Más de 60 civiles resultaron heridos en estos y otros ataques.

Las fuerzas israelíes han lanzado también ataques deliberados contra bienes civiles de todo Líbano, incluidos el aeropuerto internacional de Beirut, 10 puentes y una central eléctrica, así como contra objetivos de Hezbolá, en especial contra la sede de su cadena de televisión, Al Manar, en Beirut, y su estación repetidora de Baalbek.

Al mismo tiempo, Hezbolá está lanzando cohetes Katyusha contra el norte de Israel. Una mujer israelí ha muerto y decenas de civiles más han resultado heridos al impactar hoy uno de estos cohetes contra una casa de la localidad de Nahariya.

El cuarto Convenio de Ginebra prohíbe en su artículo 33 “los castigos colectivos, así como toda medida de intimidación o de terrorismo”. Asimismo, según su artículo 147, “la destrucción y la apropiación de bienes no justificadas por necesidades militares y realizadas a gran escala de modo ilícito y arbitrario”, la toma de rehenes y la “tortura o los tratos inhumanos” son infracciones graves de los Convenios de Ginebra y constituyen crímenes de guerra. Todos los Estados Partes en el Convenio deben buscar a los autores de tales infracciones y garantizar su procesamiento.

El primer Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra recoge el principio de distinción, norma consuetudinaria del derecho internacional humanitario, en su artículo 48, que reza: “A fin de garantizar el respeto y la protección de la población civil y de los bienes de carácter civil, las Partes en conflicto harán distinción en todo momento entre población civil y combatientes, y entre bienes de carácter civil y objetivos militares y, en consecuencia, dirigirán sus operaciones únicamente contra objetivos militares”. El Derecho Internacional Humanitario prohíbe terminantemente los ataques contra civiles y bienes civiles. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional tipifica como crímenes de guerra “[d]irigir intencionalmente ataques contra la población civil en cuanto tal o contra civiles que no participen directamente en las hostilidades” (artículo 8.2.b.i) y “[d]irigir intencionalmente ataques contra objetos civiles, es decir, objetos que no son objetivos militares” (artículo 8.2.b.ii).

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