El traslado del ex presidente Laurent Gbagbo a la Corte Penal Internacional (CPI) representa el primer paso significativo para abordar la impunidad por crímenes de lesa humanidad cometidos en el país, concretamente entre 2002 y 2011. El traslado de Laurent Gbagbo da esperanzas a algunas de las miles de víctimas de estos crímenes, cometidos por todas las partes durante casi una década. Sin embargo, el fiscal de la CPI no debe limitar la investigación y centrarla únicamente en los crímenes de derecho internacional cometidos desde diciembre de 2010. El 29 de noviembre de 2011, las autoridades nacionales de Costa de Marfil entregaron a Laurent Gbagbo a la CPI, después de que los jueces de la Sala de Cuestiones Preliminares III dictaran una orden de detención clasificada el 23 de noviembre. Los crímenes que figuran en la orden son asesinato, violación y otras formas de violencia sexual, persecución y otros actos inhumanos. Amnistía Internacional ha pedido en reiteradas ocasiones a las autoridades marfilenses y al fiscal de la CPI que investiguen todos los crímenes de derecho internacional cometidos por todas las partes. La organización ha documentado crímenes de lesa humanidad, así como crímenes de guerra, incluidos asesinatos, desapariciones forzadas, torturas y crímenes de violencia sexual cometidos en el país, en concreto entre 2002 y mayo de 2011. A petición de la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI, el fiscal presentó información adicional sobre crímenes cometidos durante este periodo de nueve años. Amnistía Internacional insta a la Fiscalía a que investigue todos los crímenes cometidos contra la población marfilense desde 2002 a fin de garantizar que no persiste la impunidad en Costa de Marfil. Según el principio de la complementariedad, las autoridades marfilenses deben asimismo responder con la promulgación sin más demora de leyes que tipifiquen estos crímenes como delitos en la legislación nacional; la realización de investigaciones inmediatas, exhaustivas, independientes e imparciales sobre los crímenes de los que no se hace cargo la CPI y, cuando existan pruebas admisibles suficientes, el enjuiciamiento de sus presuntos autores con arreglo a las normas internacionales sobre imparcialidad procesal. El mejor modo de garantizar la justicia y una reparación completa para todas las víctimas de los nueve años de crisis es asegurarse de que las investigaciones y enjuiciamientos abarcan todo este periodo y se ocupan de todos los crímenes de derecho internacional, con independencia de quién los cometió. La CPI debe garantizar que las actuaciones cumplen lo establecido en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma). Según la información recibida por Amnistía Internacional, parece que los procedimientos de detención y entrega no respetaron lo dispuesto en el artículo 59.2 del Estatuto de Roma y, en concreto, aparentemente no se cumplió el requisito de que Laurent Gbagbo recibiera, tras su detención, una vista ante un tribunal nacional a fin de determinar si debía ser trasladado a La Haya. Es esencial que tanto la CPI como las autoridades nacionales respeten los requisitos del Estatuto de Roma y de la legislación nacional, y que revisen sin demora cualquier apelación contra el procedimiento de detención y entrega. Los Estados que han hecho una declaración con arreglo al artículo 12.3 del Estatuto de Roma deben seguir los procedimientos sobre detención y entrega previstos en el Estatuto.
Información complementaria Pese a que Costa de Marfil no es aún parte del Estatuto de Roma, el 18 de abril de 2003, el entonces ministro de Asuntos Exteriores marfilense presentó una declaración ante el secretario de la Corte en la que acepta que ésta ejerza su competencia respecto de los crímenes de derecho internacional cometidos en el territorio de Costa de Marfil desde el 19 de septiembre de 2002. La declaración decía expresamente que no existe limitación temporal y que abarca todos los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. El 14 de diciembre de 2010, Alassane Ouattara confirmó oficialmente la competencia de la CPI y solicitó que el fiscal abriera una investigación sobre los crímenes competencia de la Corte cometidos desde 2002. En una segunda carta de 3 de mayo de 2011, el presidente Ouattara confirmó una vez más el reconocimiento de la competencia de la Corte, aunque sugirió que se redujera el ámbito de la investigación a los crímenes cometidos a partir del 28 de noviembre de 2010. El 3 de octubre de 2011, la Sala de Cuestiones Preliminares III autorizó una investigación en Costa de Marfil sobre los crímenes competencia de la Corte cometidos desde el 28 de noviembre de 2010. Con arreglo a la regla 50.4 de las Reglas de Procedimiento y Prueba, la Sala declaró que el fiscal presentaría ante ésta en el plazo de un mes cualquier información adicional de la que dispusiera sobre crímenes que pudieran ser pertinentes y que hubieran sido cometidos entre 2002 y 2010. En virtud del artículo 15.5 del Estatuto de Roma, el fiscal puede pedir una investigación respecto de los crímenes cometidos en Costa de Marfil antes del 28 de noviembre de 2010 basándose en nuevos hechos o pruebas.