Además también considera que se habría incumplido su obligación de dar a conocer y divulgar la decisión del Comité, puesto que tan solo se publicó en un número del Boletín del Ministerio de Justicia, sin ninguna otra forma de difusión. Como señala el propio Defensor del Pueblo, es necesario también publicar la decisión en el Boletín Oficial del Estado. Para el Grupo de Monitoreo esta obligación va más allá y es necesario que los profesionales de la judicatura reciban formación específica acerca del derecho a la vivienda y sus garantías en relación con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
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El 20 de junio de 2017 el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, órgano encargado de supervisar el cumplimiento de los estados de las obligaciones incluidas en PIDESC, condenó a España por el grave incumplimiento de sus obligaciones en materia de vivienda. Lo hizo a raíz del caso de una familia que vivía de alquiler en una habitación en Madrid que había solicitado hasta en 13 ocasiones, desde 1999 a 2011, una vivienda social ante el Instituto de la Vivienda de Madrid atendiendo a sus dificultades económicas. Ninguna fue admitida. El 3 de octubre de 2013, la familia, con dos hijos menores fueron desahuciados después de que la propietaria del piso decidiera no renovarles el contrato de alquiler y el juzgado ordenase el desalojo. Sin otro lugar a donde ir, primero durmieron durante 10 días en un centro de personas sin hogar. Tras ser invitados a marcharse, la familia acabó durmiendo en el coche.
Después de estudiar el caso la respuesta del Comité fue clara: el desahucio de esta familia, sin alternativa habitacional, vulnera el derecho a la vivienda reconocido en el PIDESC. La decisión del Comité incluye recomendaciones generales para paliar un problema que se demuestra estructural en España, donde solo en 2017 se han producido 57.996 desahucios.
Entre las recomendaciones se encuentran:
- La reforma de los procedimientos judiciales para que los jueces sean capaces de valorar las consecuencias personales del lanzamiento,
- la necesidad de cooperar más y mejor entre los tribunales y los servicios sociales para evitar que nadie se quede en la calle,
- la obligación de asegurar alternativas habitacionales en caso de desahucio y
- la creación de un plan nacional comprensivo para garantizar el derecho a la vivienda a personas con escasos recursos.