Según ha manifestado Nayden Rashkov, director de Amnistía Internacional Bulgaria, en respuesta a una votación parlamentaria en la que se rechazaron reformas de una ley que habrían penalizado la prestación de atención de la salud de afirmación de género:
“Es un gran alivio que se haya rechazado este intento de imponer sanciones e incluso penas de prisión al personal sanitario que preste asistencia sanitaria de afirmación de género a personas trans e intersexuales menores de 18 años. De haberse aprobado, las reformas de la Ley de Protección de la Infancia habrían puesto a Bulgaria en la deshonrosa posición de ser el primer Estado miembro de la UE en penalizar este tipo de atención de la salud”.
“El hecho de que se sometieran a debate ilustra el ambiente cada vez más tóxico para la comunidad LGBTI+ búlgara, aún conmocionada por la reciente aprobación de disposiciones legales que prohíben la ‘propaganda LGBTI’”
“Votar en contra de las reformas propuestas era la única opción de que disponían los diputados para garantizar que Bulgaria no viole el derecho y las normas internacionales de derechos humanos. Sin embargo, el hecho de que se sometieran a debate ilustra el ambiente cada vez más tóxico para la comunidad LGBTI+ búlgara, aún conmocionada por la reciente aprobación de disposiciones legales que prohíben la ‘propaganda LGBTI’.”
“Las reformas homofóbicas y transfóbicas aprobadas el mes pasado constituyen un ataque directo a la comunidad LGBTI+ que empeora un entorno ya de por sí hostil. Las personas activistas LGBTI+ de Bulgaria y quienes les brindan apoyo son objeto de frecuentes ataques y hostigamiento por parte de autoridades públicas, figuras políticas y particulares. Es esencial frenar la creciente oleada de odio, poner fin a la difusión de desinformación y garantizar la protección y el apoyo adecuados a esta comunidad.”
Información complementaria
Las reformas de la Ley de Protección de la Infancia propuestas habrían establecido la imposición de sanciones, condenas de prisión y la censura pública de “toda persona que prescribi[era] o realiz[ara] una actividad médica con métodos y tecnologías para cambiar el sexo biológico de una persona menor de 18 años”. También habría prohibido publicitar estas actividades médicas, así como divulgar “información u otros materiales con contenido que cuestione la premisa de que el sexo de las personas naturales es una categoría biológica” en “otros espacios públicos que los niños y niñas frecuenten fuera del horario escolar”.
La ley antipropaganda LGBTI (reformas de la Ley sobre Educación Escolar y Preescolar) se aprobó el 7 de agosto.