Amnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid Icons
Actuamos por los derechos humanos
en todo el mundo

Amnistía Internacional condena la prórroga de la discriminatoria ley que niega la unificación familiar a los cónyuges palestinos de israelíes

Londres.- La Ley sobre Ciudadanía y Entrada en Israel (Orden Temporal), que el Parlamento israelí prorrogó ayer hasta el 31 de julio de 2008 con disposiciones ampliadas, es totalmente discriminatoria. Discrimina explícitamente a los palestinos de la Franja de Gaza y la Cisjordania ocupadas, pues les impide vivir con sus cónyuges en Israel. Asimismo, discrimina implícitamente a los ciudadanos palestinos de Israel (árabes israelíes), que constituyen el 20 por ciento de la población del país, y a los habitantes palestinos de Jerusalén, que son los que más suelen casarse con palestinos de los Territorios Ocupados.

La ley impone prohibiciones indiscriminadas, que no pueden justificarse alegando verdaderamente razones de seguridad. No permite la unificación familiar con sus cónyuges israelíes a los hombres de entre 18 y 35 años y las mujeres de entre 18 y 25 que residan en los Territorios Ocupados. Por encima de esta edad, la ley reformada hace extensiva la negación de la unificación familiar a otros familiares consanguíneos y políticos de toda persona sospechosa de actividades hostiles a Israel (las cuales se definen de manera muy general e incluyen delitos como arrojar piedras, manifestarse y tener otras actividades políticas).

Las reformas prohíben también la unificación familiar cuando el cónyuge es de Siria, Líbano, Irak o Irán, considerados “Estados enemigos”. Esto significa que la unificación familiar está también prohibida si el cónyuge tiene doble nacionalidad iraquí y estadounidense o estadounidense y libanesa, por ejemplo.

Se ha tenido, supuestamente, un gesto con quienes critican la ley, estableciendo un “comité de casos excepcionales” para examinar casos concretos atendiendo a razones “humanitarias. Está formado por cinco personas, entre las que figuran representantes del Ministerio de Defensa, el Servicio General de Seguridad (shinbet) y el Registro de Población.

La prórroga de la ley por decisión del Parlamento israelí se produce menos de dos semanas después de que el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial pidiera su revocación. Israel se convirtió en Estado Parte en la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial el 3 de enero de 1979, con lo que contrajo la obligación de respetarla y aplicar sus disposiciones. La Convención prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, linaje y origen nacional o étnico. El 9 de marzo de 2007, el Comité dijo lo siguiente en relación con la ley: Tales medidas tienen un efecto desproporcionado en los ciudadanos árabes israelíes que desean reunirse con sus familias en Israel. Aunque toma nota del objetivo legítimo del Estado Parte de garantizar la seguridad de sus ciudadanos, el Comité considera motivo de preocupación que estas medidas “temporales” se hayan renovado sistemáticamente y se hayan hecho extensivas a los ciudadanos de “Estados enemigos”.Tal restricción contra un determinado grupo nacional o étnico en general es incompatible con la Convención, en particular con la obligación del Estado Parte de garantizar a toda persona la igualdad ante la ley.

En una vista de mayo de 2006 ante el Tribunal Supremo de Israel, 6 de los 11 jueces presentes admitieron que la ley afectaba a la vida familiar de manera desproporcionada, no obstante, la mayoría de los magistrados permitieron que siguiera vigente. Cuando la ley se prorrogó tres meses en enero, el Tribunal accedió a ver una petición sobre su inconstitucionalidad antes de marzo. Sin embargo, el hecho de que se haya aprobado ya esta reforma indica que es probable que tal vista se aplace meses para dar 30 días a los firmantes de la petición para modificar ésta y 45 días al Estado para que responda antes de que se fije una nueva fecha.

Logo de Whatsapp

Sigue la actualidad en derechos humanos en nuestro canal de WhatsApp

Contigo somos independientes

Amnistía Internacional lo forman personas que defienden una humanidad justa y libre alrededor del mundo. Personas como tú, que creen en nuestro trabajo. Por eso, si tú también defiendes los derechos humanos, te necesitamos para seguir siendo independientes. Puedes hacerlo desde aquí en menos de un minuto, con cuotas a partir de 4 € al mes.

Nos mantenemos firmes con nuestros principios: no aceptamos ni una sola subvención de ningún gobierno, ni donaciones de partidos políticos.

Haz posible nuestra independencia.