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© Pierre Crom

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Arabia Saudí: Silenciar las voces críticas

Por Amnistía Internacional,

Instrumento de represión

Desde 2011, el Tribunal Penal Especializado de Arabia Saudí se ha venido utilizando como instrumento de represión para silenciar la disidencia. Esto ha tenido efectos paralizantes. Entre las personas a las que el Tribunal ha impuesto duras penas hay periodistas, defensores y defensoras de los derechos humanos, activistas de la esfera política, profesionales de la literatura, clérigos y activistas de los derechos de las mujeres. Aplicando de forma generalizada la legislación antiterrorista y la Ley de Delitos Informáticos del país, los jueces del Tribunal Penal Especializado han presidido juicios manifiestamente injustos y han impuesto penas de hasta 30 años de prisión y múltiples condenas de muerte.

En el informe titulado “Silenciar las voces críticas”, Amnistía Internacional ha documentado los casos de 100 personas que fueron juzgadas por el Tribunal Penal Especializado entre 2011 y 2019. Entre ellas hay muchas procesadas por cargos basados únicamente en el ejercicio pacífico de su derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión. La organización ha documentado los horribles detalles de sus casos y los patrones de violaciones de derechos humanos que ponen de manifiesto.

Varios musulmanes chiíes de Arabia Saudí, incluidos jóvenes juzgados por “delitos” cometidos cuando eran menores de 18 años, corrían peligro de ejecución inminente tras un juicio injusto ante el Tribunal Penal Especializado. Tienen buenos motivos para temer lo peor: al menos 28 musulmanes chiíes saudíes han sido ejecutados desde 2016.

Arabia Saudí

Concentración contra las medidas de Arabia Saudí de silencias las voces críticas con su gobierno. © Frida Marie Grande/AI Norway

Reformas en la esfera de los derechos humanos: retórica frente a realidad

El discurso gubernamental saudí sobre la adopción de reformas, que se intensificó tras el nombramiento del príncipe heredero Mohammad bin Salman bin Abdulaziz Al Saud en junio de 2017, contrasta acusadamente con la realidad de la situación de los derechos humanos. Junto con alguna reforma positiva, concretamente respecto a los derechos de las mujeres, las autoridades han puesto en marcha una intensa campaña de represión contra miembros de la ciudadanía que promueven el cambio, como economistas, docentes, clérigos, profesionales de la literatura y activistas, todas ellas personas que defienden por medios pacíficos las mismas reformas que el príncipe heredero había prometido o se disponía a adoptar. Sorprende ver que desde 2017 las autoridades saudíes han actuado prácticamente contra todas las personas que defienden los derechos humanos o se muestran críticas con el gobierno valiéndose de la detención arbitraria, la tortura y el procesamiento ante el Tribunal Penal Especializado, entre otros.

En efecto, el rey Salman bin Abdulaziz al Saud y el príncipe heredero han intensificado su férreo control de los organismos investigadores, fiscales y de seguridad. En octubre de 2017, la Ley contra el Terrorismo y su Financiación sustituyó a la legislación antiterrorista de 2014. Esto concentró los poderes relativos a la seguridad en manos del rey, delegando la facultad de detener, investigar, interrogar y llevar ante el Tribunal Penal Especializado en la Fiscalía y la Presidencia de Seguridad del Estado, ambas de reciente creación y que dependen directamente del rey. La nueva ley, además, introdujo la pena de muerte para los “delitos de terrorismo”, así como disposiciones que sancionan gravemente actos que pueden implicar simplemente el ejercicio pacífico del derecho a la libertad de expresión, asociación y reunión.

Arabia Saudí

Acto en defensa de las defensoras de derechos humanas en Arabia Saudí. © www.christophemeireis.com

De combatir el terrorismo a reprimir la disidencia

El Tribunal Penal Especializado fue establecido en octubre de 2008 para juzgar a personas acusadas de delitos relacionados con el terrorismo. Inicialmente, juzgó a personas sospechosas de ser miembros y simpatizantes del grupo armado Al Qaeda. Sin embargo, la remisión ante él de un grupo de 16 “reformistas de Yeda” en mayo de 2011 marcó un giro decisivo en su trabajo para incluir casos de personas a las que las autoridades simplemente pretendían silenciar. Poco después, el Tribunal Penal Especializado juzgó y condenó a un miembro fundador de la Asociación Saudí de Derechos Civiles y Políticos (ACPRA). Desde entonces se han celebrado juicios manifiestamente injustos ante el Tribunal contra otras muchas personas por ejercer de manera pacífica sus derechos fundamentales.

El Tribunal Penal Especializado no actúa con arreglo a unos procedimientos claramente establecidos y definidos. El Consejo Judicial Supremo nombra a los jueces sin ninguna transparencia de criterio. Activistas y abogados de derechos humanos piensan que el criterio principal que se aplica es la lealtad percibida del juez al gobierno y no su integridad, experiencia o conocimientos jurídicos.

Las autoridades llevan a personas ante el Tribunal Penal Especializado por cargos de definición ambigua o poco precisa que no están claramente tipificados en la ley y que, en algunos casos, equiparan actividades políticas pacíficas a delitos de terrorismo.

La nueva ley introdujo la pena de muerte para "delitos de terrorismo" y sanciones graves por ejercer la libertad de expresión, asociación y reunión

Amnistía Internacional

Algunos de los cargos son contrarios al derecho y las normas internacionales de derechos humanos. La legislación antiterrorista de 2014 otorgaba al Tribunal Penal Especializado jurisdicción exclusiva para juzgar a las personas acusadas en aplicación de esta ley y para aplicarla con carácter retroactivo. Algunas personas que ya habían sido declaradas culpables por otros tribunales tuvieron que comparecer por cargos parecidos ante el Tribunal Penal Especializado, pero recibieron sentencias más duras en aplicación de la legislación antiterrorista.

La versión de la ley aprobada en 2017, igual que su predecesora, contiene definiciones excesivamente generales e imprecisas de “terrorismo”, “delito terrorista” y “entidad terrorista”. Además, introduce disposiciones que castigan la expresión pacífica de opiniones. Por ejemplo, prevé hasta 10 años de prisión por injurias directas o indirectas al rey o al príncipe heredero que cuestionen la religión o la justicia. Asimismo, las autoridades han recurrido ampliamente a la Ley de Delitos Informáticos de 2007 cuando han llevado ante el Tribunal Penal Especializado a personas por expresar críticas al gobierno o defender los derechos humanos, presentando tuits u otros mensajes online como pruebas.

Los juicios celebrados ante el Tribunal Penal Especializado son una burla de la justicia. Con frecuencia, las vistas se celebran parcial o totalmente en secreto. Los jueces muestran claros prejuicios contra las personas acusadas. No cuestionan ni examinan con rigor las afirmaciones de la fiscalía, y admiten por sistema la “confesión” previa al juicio de la persona acusada como prueba de su culpabilidad, sin investigar cómo se obtuvo, aunque se retracte ante el tribunal y afirme haber confesado bajo tortura.

El Tribunal Penal Especializado ha juzgado y condenado a personas sin estar presentes sus representantes letrados, y en algunos casos después de excluirlos. Los jueces también han usado sus atribuciones para declarar culpables a personas por cargos imprecisos que no constituyen delitos comunes reconocibles, y tratar la disidencia pacífica, la protección de los derechos humanos y la defensa de la reforma política como crímenes contra el Estado o actos de terrorismo.

Los juicios son una burla, las vistas se celebran parcial o totalmente en secreto y los jueces muestras claros prejuicios contra las personas acusadas.

Amnistía Internacional

Amnistía Internacional revisó atentamente ocho causas judiciales ante el Tribunal Penal Especializado de 68 chiíes, la mayoría de los cuales fueron procesados por su participación en protestas antigubernamentales, y de otras 27 personas procesadas por ejercer pacíficamente su derecho a la libertad de expresión y asociación. En todos los casos concluyó que los juicios fueron manifiestamente injustos y hubo personas declaradas culpables —y, en muchos casos, condenadas a muerte— por cargos imprecisos y “muy generales” que penalizan la oposición pacífica como “terrorismo”, y basándose en “confesiones” obtenidas bajo tortura.

De hecho, todo el proceso judicial asociado al Tribunal Penal Especializado adolece de profundos defectos, desde el momento de la detención hasta el último recurso de apelación. La mayoría de las personas acusadas en los juicios documentados por Amnistía Internacional:

  • fueron detenidas sin orden judicial;
  • no fueron informadas de los motivos de la detención;
  • estuvieron recluidas en régimen de incomunicación y, a menudo, de aislamiento, sin acceso a familiares ni representación letrada durante días, semanas o meses;
  • fueron sometidas a tortura u otros malos tratos estando en reclusión preventiva como castigo por negarse a “arrepentirse” o con el fin de obligarlas a “confesar” o a comprometerse a dejar de criticar al gobierno, y
  • estuvieron recluidas sin cargos ni juicio, sin posibilidad de impugnar su detención, durante un periodo de hasta tres años y medio.

Arabia Saudí

Acto público para denunciar la represión contra los defensoras y defensoras de derechos humanos en Arabia Saudí. © Pierre Crom

Uno de los defectos más llamativos del Tribunal Penal Especializado en los juicios examinados por Amnistía Internacional es la admisión incondicional de “confesiones” obtenidas bajo tortura. Al menos 20 hombres chiíes juzgados por el Tribunal Penal Especializado han sido condenados a muerte en función de estas “confesiones”, y de 17 fueron ejecutados.

Ninguna de las personas acusadas en los juicios ante el Tribunal Penal Especializado que examinó Amnistía Internacional tuvo acceso a asistencia letrada tras la detención ni durante su interrogatorio en cárceles de la Dirección General de Seguridad. Como mucho, pudieron reunirse con su defensa en la sesión de apertura del juicio. No se les dio la oportunidad de preparar y presentar sus argumentos durante el juicio, ni de refutar los argumentos y pruebas presentados en su contra en pie de igualdad con la acusación.

Por último, se conculca el derecho de apelación. Las vistas de los recursos presentados contra sentencias del Tribunal Penal Especializado se celebran a puerta cerrada y sin la presencia o participación de las personas acusadas y sus representantes letrados. En muchos casos no se les comunica con antelación la vista ante la Sala de Apelación del Tribunal Penal Especializado y sólo se enteran cuando ven que el recurso ha sido rechazado. A menudo las autoridades judiciales no comunican el resultado de la apelación a la persona acusada, a su representante letrado ni a su familia, ni siquiera cuando se ha confirmado su condena a muerte.

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