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Turquía: Las restricciones discriminatorias y la violencia contra manifestantes del Orgullo no deben repetirse

Manifestación del Orgullo en Estambul, Turquía, en 2018 © BULENT KILIC/AFP/Getty Images

La discriminación y la violencia ejercida contra quienes participaron en el Orgullo en Turquía el año pasado no deben repetirse, ha manifestado Amnistía Internacional con ocasión del Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia.

Cuando se acerca el Orgullo, una nueva investigación de Amnistía Internacional revela que en 2023 las autoridades turcas impusieron una prohibición general y otras restricciones discriminatorias a las marchas del Orgullo, empleando fuerza innecesaria y arbitraria que, en algunos casos, constituyó tortura. La retórica anti-LGBTI de altos cargos del gobierno aumentó los prejuicios y envalentonó a los grupos anti-LGBTI.

“Ahora que nos acercamos al mes del Orgullo, no deben repetirse las restricciones draconianas, la violencia desproporcionada y la retórica oficial cargada de odio que presenciamos el año pasado”, afirmó Dinushika Dissanayake, subdirectora general de Amnistía Internacional para Europa.

“En su lugar, las autoridades deben garantizar que las marchas del Orgullo LGBTI en Turquía transcurren de manera segura y sin las injerencias y la intimidación de los años anteriores.”

En el informe Discriminatory restrictions and abuse during Türkiye Prides se analizan las respuestas del Estado a las concentraciones pacíficas que tuvieron lugar durante el Orgullo de 2023 (del 7 de junio al 9 de julio). Las autoridades dictaron prohibiciones generales de numerosas marchas y actos públicos y, incluso cuando no lo hicieron, los agentes encargados de hacer cumplir la ley impidieron igualmente a las personas LGBTI reunirse pacíficamente.

Se empleó de manera generalizada fuerza innecesaria y arbitraria contra manifestantes, que se saldó con la detención arbitraria de al menos 224 personas en todo el país. Entre las personas detenidas había profesionales de la abogacía y el periodismo, y personas que no participaban en los actos del Orgullo. En algunos casos, el uso ilegítimo de la fuerza por los agentes encargados de hacer cumplir la ley, que incluyó golpes y patadas a manifestantes, constituyó tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Las prohibiciones generales, las restricciones y la violencia tuvieron un poderoso efecto que disuadió a las personas LGBTI de participar en otras protestas pacíficas.

Figuras políticas y altos cargos gubernamentales han venido empleando una retórica cada vez más discriminatoria y estigmatizante contra la población LGBTI que se intensificó durante la campaña de las elecciones presidenciales del año pasado, en la que el propio presidente Erdoğan llegó a decir en una emisión televisiva que “las personas LGBTI [eran] un veneno inyectado en la institución de la familia”. En 2023, el gobierno propuso modificar la Constitución turca para redefinir la “familia” como “la unión de un hombre y una mujer”.

“Pese a las restricciones y la violencia, las personas LGBTI y aliadas se preparan en todo el país para celebrar el Orgullo y manifestarse pacíficamente contra la discriminación”, ha afirmado Dinushika Dissanayake.

“Este año no se deben imponer prohibiciones sistemáticas de las marchas del Orgullo; se deben emprender acciones urgentes para abordar la homofobia y la transfobia institucionales y garantizar las protecciones constitucionales y jurídicas contra la discriminación de las personas LGBTI.”

Información complementaria

Amnistía Internacional ha iniciado una campaña para pedir al ministro del Interior Ali Yerlikaya que garantice que las autoridades facilitan las marchas y otros actos del Orgullo, en cumplimiento de sus obligaciones de derechos humanos en virtud del derecho internacional y las garantías que brida la Constitución de Turquía.

Los Estados tienen la obligación positiva de facilitar las reuniones pacíficas en la ley y en la práctica. Como sucede en la legislación turca, el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica no está sujeto a la concesión de una autorización de las autoridades gubernamentales.

Toda decisión de disolver una reunión deberá tomarse solamente como último recurso y respetando escrupulosamente los principios de necesidad y proporcionalidad, es decir, sólo cuando no se disponga de ninguna otra forma de proteger un fin legítimo que tenga más peso que el derecho de reunión pacífica de la población.

En tales situaciones, los agentes encargados de hacer cumplir la ley deben evitar en la medida de lo posible todo uso de la fuerza, y en cualquier caso debe restringirlo siempre al nivel mínimo necesario.

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