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Inicio Temas Pena de Muerte Lapidaciones en Irán

¡Buenas noticias! Mokarrameh Ebrahimi ha sido excarcelada e indultada de su delito de adulterio por lo que no será ejecutada mediante lapidación. Mokarrameh Ebrahimi había sido condenada a muerte por lapidación tras ser declarada culpable de adulterio, junto con Ja’far Kiani, de quien tiene dos hijos. Él murió lapidado el 5 julio de 2007.
Mokarrameh Ebrahimi, que se hallaba recluida en la prisión de Choubin, provincia de Qazvin, en el noroeste de Irán, quedó en libertad el 17 de marzo, junto con su hijo menor, Alí, que vivía allí con ella. A mediados de octubre de 2007, el presidente de la Magistratura envió el caso de Mokarrameh Ebrahimi a la Comisión de Amnistía e Indultos, que es la que ha ordenado ahora su excarcelación. Se cree que Mokarrameh Ebrahimi ha sido indultada por el líder supremo de Irán, ayatolá Alí Jamenei.
Desde octubre de 2006 un grupo de defensores y defensoras de derechos humanos iraníes, en su mayoría mujeres, llevan a cabo una campaña dentro del país para abolir la lapidación. Desde que comenzó la campaña, se han salvado de la lapidación seis personas, otras han recibido un aplazamiento de la ejecución y algunos de los casos están en proceso de revisión o de un nuevo juicio.
El Parlamento iraní está examinando una nueva versión del Código Penal que, si se aprueba, parece que permitirá sustituir las condenas de lapidación por ejecución por otros medios o por flagelación.
Según fuentes de Amnistía Internacional, al menos diez mujeres –Iran, Khayrieh, Kobra N, Fatemeh, Ashraf Kalhori, Shamameh Ghorbani, Leyla Ghomi, Hajar y las hermanas Zohreh y Azar Kabiri-niat– corren todavía riesgo de ejecución por lapidación, junto con dos hombres –Abdollah Farivar y un afgano cuyo nombre se ignora–. Tú también puedes hacer algo para salvarles. Si quieres conocer sus casos y hacer algo para ayudarles, ¡actúa!
Amnistía Internacional considera que la ejecución por lapidación agrava la brutalidad de la pena de muerte y es un método concebido específicamente para aumentar el sufrimiento de la víctima. El Código Penal iraní es muy específico con respecto al modo de llevar a cabo la ejecución y al tipo de piedras que deben utilizarse. El artículo 102 dispone que, para la lapidación, los hombres tienen que ser enterrados hasta la cintura, y las mujeres, hasta el pecho. El artículo 104 dispone, en relación con la pena por adulterio, que deben utilizarse piedras "no tan grandes como para matar a la persona de uno o dos golpes ni tan pequeñas como para no poder considerarlas piedras". La muerte por lapidación viola los artículos 6 (derecho a la vida) y 7 (prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.