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En este informe, Amnistía Internacional expone sus principales observaciones y recomendaciones al Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica el Código Penal aprobado en noviembre de 2009. Entre otras cuestiones, resulta preocupante que el proyecto no haya tenido en cuenta las recomendaciones específicas dirigidas a las autoridades españolas por los comités que vigilan el cumplimiento de tratados internacionales y siga sin adecuarse la legislación interna a las obligaciones internacionales, en particular en lo que se refiere a crímenes de lesa humanidad, desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, la tortura o la trata de personas.

Informe lanzado por Amnistía Internacional que pone en evidencia las violaciones de derechos humanos sufridas por los menores internados en los centros de protección terapéuticos españoles. Algunos de estos menores han sido víctimas de privación de libertad sin orden judicial, malos tratos y aislamiento en celdas. Hay casos de vulneración de su derecho a la salud con tratamientos médicos sin diagnóstico, administrados sin la debida diligencia, sin información y sin su consentimiento, e incluso mediante medicación forzosa con fines sancionadores.
En este documento, Amnistía Internacional proporciona información conforme a lo estipulado en los apartados B, C y D de las Directrices Generales para la Preparación de la Información en el Marco del Examen Periódico Universal.
Actualización del informe publicado en 2007: "Sal en la herida. La impunidad efectiva de agentes de policía en casos de tortura y otros malos tratos", con información al día de los casos recogidos entonces. La actualización también analiza los cambios habidos en España desde 2007 con respecto a la prevención e investigación de la tortura y otros malos tratos por parte de agentes encargados de hacer cumplir la ley.
Este documento ofrece un análisis de las estadísticas oficiales, valora los cambios introducidos después de la Ley 53/2007, aporta datos que no están incluidos en el documento remitido por el Gobierno al Congreso, y termina con un decálogo de recomendaciones dirigidas al Congreso de los Diputados y al Ejecutivo de cara a la adopción del dictamen parlamentario.