Suspenso en investigar casos de tortura
- Amnistía Internacional considera “urgente” que se reconozca el problema como primer paso para poner fin a esta violación de derechos humanos Tres decisiones de órganos superiores en apenas tres meses condenan al Estado español por no investigar suficientemente casos de malos tratos a manos de las fuerzas de seguridad
Recomendaciones fundamentales El gobierno español debe: - Crear un mecanismo independiente y dotado de recursos para investigar las denuncias de violaciones graves de derechos humanos, incluidos los malos tratos y la tortura, tal y como ya recomendó el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura tras su visita a España en 2001. - Transmitir a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y a la ciudadanía en general el mensaje claro de que el maltrato a las personas detenidas está absolutamente prohibido en cualquier circunstancia y si se produce, será objeto de investigación y de sanciones disciplinarias. Asimismo, tanto la Fiscalía, como las autoridades judiciales y policiales deben adoptar todas las recomendaciones sobre prevención, investigación y reparación a víctimas de tortura planteadas por organizaciones de derechos humanos y por otras instancias internacionales.
La postura de Amnistía Internacional Amnistía Internacional no cree que la tortura sea una práctica sistemática en España, aunque las investigaciones llevadas a cabo por la organización y las recientes sentencias antes descritas indican que los casos de tortura y otros malos tratos en el país no son incidentes aislados, sino ejemplos de defectos estructurales que afectan a todos los aspectos de la prevención, la investigación y el castigo de estos actos. AI cree firmemente que es imprescindible hacer frente a la impunidad de este tipo de comportamientos. A la organización defensora de derechos humanos le preocupan los nulos progresos hechos por el gobierno español en la adopción de medidas para aplicar las recomendaciones del Comité contra la Tortura y en armonizar las disposiciones de la legislación española y la práctica en conformidad con el Convenio contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En cuanto al régimen de incomunicación y cómo esta legislación excepcional propicia los episodios de tortura y malos tatos, cabe recordar que tanto el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura como el Comité contra la Tortura de la ONU han expresado serias preocupaciones en cuanto a las garantías y derechos de las personas sometidas al régimen de incomunicación, que permite que una persona permanezca bajo custodia hasta 13 días, sin poder acceder a un abogado y un médico de su elección y sin poder informar a su familia de su paradero. Sin embargo, el Gobierno español volvió a rechazar las recomendaciones de Naciones Unidas en el último Examen Periódico Universal para abolir el régimen de incomunicación. Los propios tribunales españoles han abierto algunas investigaciones sobre denuncias de tortura, como el Tribunal Supremo en 2011en el caso de Mohammed Fahsi. En el caso de los malos tratos con componente racista y xenófobo, a Amnistía Internacional le preocupan seriamente estos sucesos, que es difícil dimensionar, puesto que España sigue sin recoger datos sobre ello. En todo caso, la organización ha documentado cómo los malos tratos afectan en mayor medida a personas migrantes en procesos de detención y expulsión y ya denunciado que no se investigan ni estos maltratos ni su posible motivación racista, xenófoba o discriminatoria.
Más información:
-Sentencia Beauty Solomon c. España (Información disponible en francés)
-Nota de prensa emitida por el TEDH en el caso Salomon (Información disponible en inglés)
- Texto completo de la sentencia del Tribunal Constitucional en el caso Rubén Villa
- Texto completo del dictamen del Comité contra la Tortura tras la queja de Orkatz Gallastegi (CAT/C/48/D/453/2011)
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