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Debe respetarse el derecho de reunión y manifestación pacíficas

Aplaudiendo en silencio. Concentración ante las Cortes el 22 de mayo de 2011. Autor Xurxo Martínez bajo licencia cc by-nc-sa 2.0
  • Primer aniversario del 15M Cualquier reforma del Código Penal debe garantizar el ejercicio de estos derechos fundamentales
Madrid.- En el contexto del primer aniversario del movimiento 15M y ante los diferentes actos conmemorativos que están previstos desde mañana sábado en distintas ciudades españolas, Amnistía Internacional recuerda que tanto la Declaración Universal de Derechos Humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reconocen el derecho de toda persona a participar en reuniones lícitas y pacíficas, por lo que hace un llamamiento a las distintas autoridades públicas para asegurar el libre ejercicio del derecho de reunión pacífica y a la libertad de expresión.  

El ejercicio de este derecho podrá estar sujeto a ciertas restricciones en interés de la seguridad nacional o la seguridad pública, entre otras. Amnistía Internacional no cuestiona el derecho de las autoridades españolas a actuar con arreglo a la ley para imponer tales restricciones, “pero debe garantizarse que dichas restricciones son necesarias y proporcionadas, que se protege la libertad de expresión y de manifestación pacífica y que en ningún caso se hace un uso excesivo de la fuerza”, manifestó Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional en España.

Amnistía Internacional quiere recordar que tanto la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) como la Comisión Europea para la Democracia del Consejo de Europa entienden que una “manifestación pacífica” puede incluir conductas que incomoden, dificulten, impidan u obstruyan temporalmente actividades de terceros.

Además, las Directrices sobre Libertad de Reunión de la OSCE establecen claramente que “los organizadores de manifestaciones no serán responsables de los actos de cada participante”, y que en el caso de que se produjeran incidentes durante las manifestaciones, son las personas que presuntamente hayan cometido dichas infracciones quienes deberán responder por las mismas y no los organizadores.

Incluso en sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Ashughyan v. Armenia, 17 julio 2008), se establece que “...cuando los manifestantes no participen en actos de violencia es importante que las autoridades públicas muestren cierta tolerancia hacia las reuniones pacíficas para no privar de todo contenido la libertad de reunión”. En este sentido, las autoridades deben garantizar lugares públicos, fácilmente accesibles al público en general, para que se celebren asambleas o concentraciones.

Acampar también puede ser considerado como una legítima manera de protestar. El derecho a la reunión pacífica puede incluir acciones que de manera temporal pueden causar molestias u obstrucciones a los demás. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sido claro en señalar que los manifestantes deben tener la suficiente oportunidad de demostrar sus opiniones”, señaló Esteban Beltrán.


Posible reforma del Código Penal y el derecho de manifestación pacífica
Amnistía Internacional ha dirigido una carta al Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, mostrando preocupación por sus declaraciones a los medios de comunicación sobre una posible reforma del Código Penal que, entre otros aspectos, incorporaría la figura de “resistencia pasiva” como atentado contra la autoridad, la imputación de aquellos que convocasen cualquier manifestación que pudiera desencadenar en actos violentos, o la elevación de las penas del delito de atentados contra agentes de la autoridad.

“Nos preocupa que este anuncio sobre una posible reforma del Código Penal, realizado por el Ministro de Interior, se transforme en un intento de limitar derechos tan fundamentales como la libertad de reunión y manifestación pacíficas”, destacó el director de Amnistía Internacional España.

Amnistía Internacional se ha dirigido al Ministro pidiéndole información detallada sobre cualquier proyecto de reforma del Código Penal en el que esté trabajando el Gobierno en estos momentos. La organización también sostiene que cualquier modificación del mismo debe realizarse respetando la legalidad internacional con la que está obligada España.


Investigación del uso excesivo de la fuerza
Amnistía Internacional recuerda que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley tienen la obligación de garantizar la seguridad y la integridad física de las personas, pero respetando las normas y estándares internacionales sobre actuación policial, como los Principios Básicos de la ONU sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley. Cualquier actuación policial debe llevarse a cabo de tal manera que cumpla el derecho y las normas internacionales, lo que incluye el deber de ejercer moderación, actuar en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga, reducir al mínimo los daños y las lesiones, y respetar y proteger la vida humana.

A lo largo de este primer año del movimiento 15M, Amnistía Internacional documentó y denunció en diversas ocasiones el uso excesivo de la fuerza por parte de miembros de las fuerzas de seguridad en ciudades como Barcelona y Madrid, incidentes que se saldaron con decenas de heridos. La organización, que también recibió informes de actuaciones similares en otras ciudades como Lleida y Valencia, mostró su preocupación porque las denuncias eran creíbles y reiteradas.

Más de 44.000 personas a través de una acción de Amnistía Internacional pidieron a las autoridades una investigación independiente, exhaustiva y eficaz de todas las denuncias de uso de fuerza excesiva por parte de miembros de las fuerzas de seguridad hacia los manifestantes, la adopción de medidas disciplinarias y, si procedía, el inicio de actuaciones penales contra los agentes de quienes se concluyera hubieran hecho uso excesivo de la fuerza.

“En vez de dedicarse a recortar el derecho a manifestarse pacíficamente, el Gobierno debería garantizar que abusos contra manifestantes documentados durante el año pasado sean debidamente investigados, que se inicien actuaciones penales contra los agentes que hubieran hecho uso excesivo de la fuerza, y que actos similares no se repitan nunca mas”, resaltó Esteban Beltrán.

En todo este tiempo, la organización se ha encontrado con la negativa expresa de autoridades a realizar investigaciones, con la ausencia de las mismas, o con investigaciones insuficientes. Igualmente, Amnistía Internacional denunció el incumplimiento de la Instrucción 13/2007 del Ministerio de Interior que obliga a los agentes uniformados a llevar su número de identificación a la vista. En numerosas imágenes de manifestaciones pasadas se ha visto que los miembros de las fuerzas de seguridad no sólo no llevaban a la vista su identificación, sino que iban cubiertos por cascos o pasamontañas, lo que supone un obstáculo adicional para la investigación y la rendición de cuentas. Amnistía Internacional insta al gobierno Español a que garantice que todos los miembros de fuerzas de seguridad encargados de mantener la orden durante manifestaciones, incluídas las manifestaciones que tengan lugar durante los próximos días, lleven su número de identificación a la vista en todo momento.

/// FIN

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