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Desde el 9 de mayo de 2008, el spot de Amnistía Internacional “Si nadie dice nada, es como si no existiera”, con motivo del 30 aniversario de la organización en España, no se puede emitir en los canales nacionales de televisión y en la mayoría de los autonómicos. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio obstaculiza su emisión denegando la exención de cómputo publicitario a este anuncio de Amnistía Internacional.
Este anuncio tiene como objetivo denunciar las violaciones de derechos humanos que padecen personas en diferentes lugares del mundo, e implicar a un público amplio y numeroso en su defensa. El Ministerio considera que este mensaje no reúne los requisitos, es decir, no es de “carácter benéfico o servicio público”.
Entre las organizaciones sin ánimo de lucro, solicitar la exención de cómputo publicitario es una práctica habitual, que suele ser concedido a todas ellas sin problema, a excepción de Amnistía Internacional.
Amnistía Internacional, después de los obstáculos sufridos consecutivamente en sus últimos anuncios para televisión, teme que esta tendencia se convierta en norma.
¿Qué es la exención de cómputo publicitario?
Las cadenas nacionales y autonómicas que aceptan los spots de las organizaciones sin ánimo de lucro requieren la mencionada certificación para que su duración no se tenga en cuenta como publicidad comercial; lo que técnicamente se denomina "exención de cómputo".
El papel del Ministerio consiste en aceptar o denegar esta certificación. Un anuncio (presentado por cualquier organización) cuya finalidad sea la del servicio público o carácter benéfico y se difunda de forma gratuita, puede conseguir la exención de cómputo publicitario.
¿Por qué perjudica gravemente a AI y a la defensa de los derechos humanos?
Amnistía Internacional ha optado por renunciar a las subvenciones de Gobiernos nacionales y a las donaciones de partidos políticos para preservar su imparcialidad y su libertad de acción. La financiación del movimiento se sustenta, casi en su totalidad, en la generosidad de los socios y donantes, por lo que la exención de cómputo para TV es vital para hacer llegar a una amplia audiencia el mensaje de la organización en pro de los derechos humanos.
No te pongas en su piel y que tu voz tenga el menor poder posible....
Esta última denegación de la exención de cómputo no es un hecho aislado, sino que es una situación que se ha producido en otras dos ocasiones anteriores, con grave perjuicio para la comunicación pública que realiza AI.
El primer precedente
El primer precedente se produjo en 2003. El anuncio “Ponte en su piel” denunciaba malos tratos racistas en España y el Gobierno de entonces obstaculizó su emisión sin justificar su decisión. La organización recurrió esta decisión ante los Tribunales que dieron la razón a Amnistía Internacional al considerar que la negación de la exención de cómputo debía ser motivada. La sentencia está pendiente de recurso ante el Tribunal Supremo.
El segundo caso
El segundo caso tuvo lugar en 2007. Se obstaculizaba el spot “El Poder de Tu Voz”, donde aparecían varios líderes políticos mundiales aludiendo a artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en 2008 cumple 60 años. El anuncio recuerda que ningún Gobierno puede violar estos derechos. En esta ocasión el Gobierno negó la exención de cómputo, la motivó posteriormente a petición de Amnistía Internacional y alegó motivos políticos para no emitirlo.
El Gobierno dijo, en primer lugar, que la campaña de AI no tiene carácter de servicio público porque los derechos humanos no pueden defenderse mediante la crítica o generando controversia, lo cual determinaría que el spot no pueda emitirse en TV como publicidad gratuita.
El spot de AI no realiza ninguna crítica directa a nadie, sino que sólo enumera derechos de la Declaración Universal de Derechos Humanos e indica lo que deberían hacer estos gobernantes según las leyes internacionales. En cualquier caso, difícilmente puede realizarse una campaña de defensa de los derechos humanos sin denunciar las violaciones que se producen de los mismos. La crítica o denuncia es una forma habitual, lógica y necesaria en la defensa de los derechos humanos. Y defender los derechos humanos es de carácter benéfico.
El segundo motivo dice que el spot debe ser calificado como publicidad política y por lo tanto prohibida, lo cual determina no sólo que no pueda emitirse en TV como publicidad gratuita, sino algo mucho más grave: que su emisión por cualquier emisora de TV pueda ser sancionada con multas de hasta 300.000 euros. Dicha calificación como publicidad política supone considerar ilegal la emisión por parte de cualquier canal de televisión (artículo 9. 1c ley 25/1994) y sancionable como infracción grave (artículo 20.2 de la misma Ley).
La calificación de publicidad política prohibida vulnera derechos como la comunicación libre de información veraz y la prohibición de la censura previa. Amnistía Internacional recurrió ante el Ministerio, sin que éste se haya pronunciado todavía.
El objetivo de Amnistía Internacional con este anuncio no es trasladar una opinión política, sino difundir derechos humanos universales. No hay que confundir “política” con “respeto a los derechos humanos”.
Los derechos humanos son el consenso básico sobre el que se sustenta toda la legalidad internacional. Por ello, defender los derechos humanos no tiene ni puede tener en principio ninguna finalidad política, ya que sólo se trata de defender las reglas del juego universales.
Por muchos obstáculos que nos pongan, seguiremos siendo incómodos, seguiremos luchando para que te pongas en la piel de las personas torturadas y discriminadas, para que utilices el poder de tu voz para combatir las injusticias y seguiremos diciendo a todo aquel que quiera escuchar que las violaciones derechos humanos desgraciadamente existen, pero que afortunadamente son muchas las personas con la determinación de construir un mundo más libre y más justo.
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