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Comunicado de prensa

     

20 de noviembre de 2003


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Irak: Amnistía Internacional pide que se aclare la cuestión de la demolición de viviendas por tropas estadounidenses

Amnistía Internacional ha pedido al secretario de Defensa estadounidense Donald H. Rumsfeld que aclare los informes sobre la demolición de varias viviendas iraquíes por soldados estadounidenses.

“El gobierno estadounidense debe aclarar si ha permitido oficialmente las demoliciones de viviendas como forma de castigo o disuasión colectivos”, dice Amnistía Internacional en una carta enviada el jueves 20 de noviembre a las autoridades estadounidenses. “De ser así —continúa la organización— sería una clara violación del derecho internacional humanitario”.

Amnistía Internacional ha recibido informes según los cuales el 10 de noviembre soldados estadounidenses llegaron a la casa de la granja de la familia Najim, cercana a la ciudad de al-Mahmudiya, al sur de Bagdad, y dieron a todos los que vivían en ella 30 minutos para desalojarla. Más tarde, según los informes, dos aviones de combate F-16 bombardearon la vivienda, destruyéndola.

Al parecer se trató de una venganza por el atentado que días antes grupos armados iraquíes habían perpetrado contra un convoy estadounidense y en el que murió un oficial del ejército de Estados Unidos. Un día después del atentado, soldados estadounidenses detuvieron a seis hombres en el exterior de la vivienda de los Najim, según los informes tras encontrar armas en un camión aparcado delante de la casa. Al parecer cuando registraron la casa encontraron más armas y munición. Se cree que algunos de los detenidos, puede que todos, residían en la casa.

“Parece que la destrucción de la vivienda de la familia Najim fue un castigo colectivo y no una ‘necesidad militar absoluta’”, ha dicho Amnistía Internacional.

De ser cierto lo anterior, las autoridades militares estadounidense habrían vulnerado los artículos 33 y 53 del IV Convenio de Ginebra.

El artículo 33 de dicho tratado afirma: “Están prohibidas las medidas de represalia contra las personas protegidas y sus bienes”, mientras que el artículo 53 dispone: “Está prohibido que la Potencia ocupante destruya bienes muebles o inmuebles, pertenecientes individual o colectivamente a personas particulares, al Estado o a colectividades públicas, a organizaciones sociales o a cooperativas, excepto en los casos en que tales destrucciones sean absolutamente necesarias a causa de las operaciones bélicas”.

Amnistía Internacional ha sabido también que las tropas estadounidenses han destruido al menos 15 viviendas desde el 16 de noviembre durante operaciones militares en Tikrit. Los informes indican que, en una de estas operaciones, a una familia del pueblo de al-Haweda le dieron cinco minutos para evacuar su casa antes de que fuera reducida a escombros por tanques y fuego de helicóptero. A continuación permitieron a la familia rescatar algunas pertenencias de entre los escombros.

Otro caso es el de dos hombres, cuatro niños y dos bebés a los que al parecer dejaron por la noche, a bajísimas temperaturas, en la parte de atrás de un camión antes de destruir su vivienda.

Según los informes, el comandante Lou Zeisman, oficial estadounidense de la 82 División Aerotransportada, ha declarado: “[...] Si disparas contra un miembro de las fuerzas estadounidense o de la coalición te matarán o te capturarán, y si descubrimos que alguien procede de una casa franca concreta, esa vivienda será destruida [...] No hemos destruido casas simplemente por estar furiosos por la muerte de alguien, sino porque quienes estaban en ellas tenían relación con la agresión y no vamos a seguir tolerándolo [...]”

Amnistía Internacional insta al secretario de Defensa estadounidense a que anule inmediatamente toda política de destrucción de propiedades y castigo colectivo ilegal, y que dé instrucciones claras a todas las fuerzas estadounidenses de que estas acciones están prohibidas.

“También pedimos que las familias cuyas viviendas han sido destruidas como se ha descrito anteriormente sean plenamente compensadas”, ha dicho Amnistía Internacional.

Según el artículo 147 del IV Convenio de Ginebra, “la destrucción y la apropiación de bienes no justificadas por necesidades militares y realizadas a gran escala de modo ilícito y arbitrario” son una infracción grave del Convenio.

El Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, que vigila el cumplimiento de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes, en el que Estados Unidos es Estado Parte, considera que la demolición de viviendas, en ciertos casos, constituye trato o pena cruel, inhumano o degradante y vulnera el artículo 16.


Más información

» Gabinete de prensa de la Sección Española de Amnistía Internacional:
91 310 12 77
» Centro de Documentación de AI: web.amnesty.org/library/eslindex

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