Irak: Amnistía
Internacional pide que se aclare la cuestión de la demolición
de viviendas por tropas estadounidenses
Amnistía Internacional ha pedido al secretario
de Defensa estadounidense Donald H. Rumsfeld que aclare los informes
sobre la demolición de varias viviendas iraquíes
por soldados estadounidenses.
“El gobierno estadounidense debe aclarar si ha permitido
oficialmente las demoliciones de viviendas como forma de castigo
o disuasión colectivos”, dice Amnistía Internacional
en una carta enviada el jueves 20 de noviembre a las autoridades
estadounidenses. “De ser así —continúa
la organización— sería una clara violación
del derecho internacional humanitario”.
Amnistía Internacional ha recibido informes
según
los cuales el 10 de noviembre soldados estadounidenses llegaron
a la casa de la granja de la familia Najim, cercana a la ciudad
de al-Mahmudiya, al sur de Bagdad, y dieron a todos los que vivían
en ella 30 minutos para desalojarla. Más tarde, según
los informes, dos aviones de combate F-16 bombardearon la vivienda,
destruyéndola.
Al parecer se trató de una venganza por el atentado que días
antes grupos armados iraquíes habían perpetrado contra un convoy
estadounidense y en el que murió un oficial del ejército de Estados
Unidos. Un día después del atentado, soldados estadounidenses
detuvieron a seis hombres en el exterior de la vivienda de los Najim, según
los informes tras encontrar armas en un camión aparcado delante de la
casa. Al parecer cuando registraron la casa encontraron más armas y
munición. Se cree que algunos de los detenidos, puede que todos, residían
en la casa. “Parece que la destrucción de la vivienda de la
familia Najim fue un castigo colectivo y no una ‘necesidad
militar absoluta’”, ha dicho Amnistía Internacional.
De ser cierto lo anterior, las autoridades
militares estadounidense habrían vulnerado los artículos
33 y 53 del IV Convenio de Ginebra.
El artículo 33 de dicho tratado afirma: “Están
prohibidas las medidas de represalia contra las personas protegidas
y sus bienes”, mientras que el artículo 53 dispone: “Está prohibido
que la Potencia ocupante destruya bienes muebles o inmuebles, pertenecientes
individual o colectivamente a personas particulares, al Estado
o a colectividades públicas, a organizaciones sociales o
a cooperativas, excepto en los casos en que tales destrucciones
sean absolutamente necesarias a causa de las operaciones bélicas”.
Amnistía Internacional ha sabido también que las
tropas estadounidenses han destruido al menos 15 viviendas desde
el 16 de noviembre durante operaciones militares en Tikrit. Los
informes indican que, en una de estas operaciones, a una familia
del pueblo de al-Haweda le dieron cinco minutos para evacuar su
casa antes de que fuera reducida a escombros por tanques y fuego
de helicóptero. A continuación permitieron a la familia
rescatar algunas pertenencias de entre los escombros.
Otro caso es el de dos hombres, cuatro niños y dos bebés
a los que al parecer dejaron por la noche, a bajísimas temperaturas,
en la parte de atrás de un camión antes de destruir
su vivienda.
Según los informes, el comandante Lou Zeisman, oficial
estadounidense de la 82 División Aerotransportada, ha declarado: “[...]
Si disparas contra un miembro de las fuerzas estadounidense o de
la coalición te matarán o te capturarán, y
si descubrimos que alguien procede de una casa franca concreta,
esa vivienda será destruida [...] No hemos destruido casas
simplemente por estar furiosos por la muerte de alguien, sino porque
quienes estaban en ellas tenían relación con la agresión
y no vamos a seguir tolerándolo [...]”
Amnistía Internacional insta al secretario
de Defensa estadounidense a que anule inmediatamente toda política
de destrucción de propiedades
y castigo colectivo ilegal, y que dé instrucciones claras a todas las
fuerzas estadounidenses de que estas acciones están prohibidas. “También pedimos que las familias cuyas viviendas
han sido destruidas como se ha descrito anteriormente sean plenamente
compensadas”, ha dicho Amnistía Internacional.
Según el artículo 147 del IV Convenio de Ginebra, “la
destrucción y la apropiación de bienes no justificadas
por necesidades militares y realizadas a gran escala de modo ilícito
y arbitrario” son una infracción grave del Convenio.
El Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, que
vigila el cumplimiento de la Convención contra la Tortura
y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes, en el
que Estados Unidos es Estado Parte, considera que la demolición
de viviendas, en ciertos casos, constituye trato o pena cruel,
inhumano o degradante y vulnera el artículo 16.
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información
» Gabinete de prensa de la Sección
Española de Amnistía Internacional:
91 310 12 77
» Centro de Documentación
de AI: web.amnesty.org/library/eslindex
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