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Noticia

     
Amnistía Internacional
Declaración pública

Fecha:
20 de septiembre de 2002


 

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Preocupaciones de Amnistía Internacional sobre la República Federativa de Yugoslavia y su posible ingreso en el Consejo de Europa


Amnistía Internacional tienen varios motivos de preocupación en relación con la situación de los derechos humanos en la República Federativa de Yugoslavia (RFY). Especialmente preocupante es la impunidad de que siguen disfrutando los autores de las violaciones y abusos contra los derechos humanos, incluidos crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad, cometidos a lo largo de la década de 1990 en relación con los conflictos armados que tuvieron lugar tras el desmembramiento de la antigua Yugoslavia.
A Amnistía Internacional le preocupa la falta de cooperación con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de La Haya, así como el escaso número de enjuiciamientos iniciados en el país por crímenes de guerra. La organización cree que, a fin de crear las condiciones necesarias para el respeto y la protección de los derechos humanos en la RFY, es imprescindible que los autores de estos delitos sean enjuiciados de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios justos y que todas las víctimas reciban la debida reparación. En particular, es absolutamente necesario resolver los centenares de casos de «desaparición» y secuestro que tuvieron lugar, la mayoría de los cuales constituyen crímenes de lesa humanidad.

Amnistía Internacional considera que el sufrimiento que viven los familiares de las personas «desaparecidas» y secuestradas mientras averiguan lo que les ha ocurrido a éstas constituye una violación de su derecho a no ser sometidos a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes e insta a las autoridades de la RFY a garantizarles una reparación.

A la organización le preocupa el gran número de casos de presunta tortura y malos tratos a manos de la policía que continúan produciéndose en todo el país y la evidente falta de voluntad de las autoridades para ocuparse adecuadamente de esta cuestión. La ausencia de investigaciones y enjuiciamientos apropiados en relación con estos casos perpetúa un clima de impunidad similar al existente en relación con los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad.

Amnistía Internacional considera también motivo de preocupación el hecho de que las autoridades no tomen las medidas adecuadas para proteger a los ciudadanos de la agresión de agentes no estatales a causa de su origen étnico o su orientación sexual y para poner a disposición judicial a los autores de tales abusos. Asimismo, a la organización le preocupa la discriminación que siguen sufriendo los romaníes, especialmente los que se vieron desplazados de Kosovo a causa el conflicto de 1999.

La ausencia de una auténtica alternativa civil, de naturaleza no punitiva, para los objetores de conciencia al servicio militar también es motivo de preocupación para Amnistía Internacional.

El posible ingreso de la RFY en el Consejo de Europa ofrece a éste la oportunidad de animarla a cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y poner fin al clima de impunidad tanto en el caso de los crímenes de guerra, como en el de los malos tratos policiales.

Amnistía Internacional insta al Consejo de Europa a garantizar que la RFY:

  • cumple sus obligaciones internacionales y se ocupa de manera
    exhaustiva del legado de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, enjuiciando a sus autores de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios justos;

  • anula la disposición del artículo 39 de la ley de cooperación con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, en virtud de la cual sólo se trasladará a éste a las personas contra las que se había dictado ya auto de procesamiento cuando la ley entró en vigor en abril de 2002;

  • pone fin a la evidente impunidad que existe en relación con las
    torturas y malos tratos a manos de la policía, garantizando que se inician con prontitud investigaciones exhaustivas, imparciales e independientes sobre todos los casos denunciados, se pone a los autores a disposición judicial y se ofrece una reparación a las víctimas;

  • aplica las leyes y directrices necesarias para acabar con el racismo institucionalizado y la discriminación generalizada que sufren los romaníes;

  • garantiza que los objetores de conciencia al servicio militar tienen una auténtica alternativa civil de naturaleza no punitiva, bajo control de las autoridades civiles.

El 26 de junio de 2002, la Comisión de Asuntos Políticos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa aprobó, con las modificaciones realizadas previamente por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, un lista de compromisos que la RFY deberá asumir después de su ingreso en el Consejo de Europa. El presidente de la Asamblea, Peter Scheider, entregó posteriormente la lista a las autoridades yugoslavas. La RFY deberá cumplir esos compromisos después de su ingreso; no obstante, la práctica reciente de las autoridades, tanto de la República como de las
entidades federadas, suscita preocupación en torno a su cumplimiento.

Por ejemplo, en diciembre de 2002, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), el Consejo de Europa y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos hicieron conjuntamente extensos comentarios constructivos, artículo por artículo, sobre el proyecto de ley de creación de una oficina del Defensor del Pueblo en Serbia.
Expusieron en ellos su preocupación por muchos aspectos del proyecto y animaron a las autoridades serbias a respetar los Principios relativos al estatuto y funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos, adoptados unánimemente por la Asamblea General de la ONU (Resolución 48/134, de 20 de diciembre de 1993) y conocidos como Principios de París. Sin embargo, el gobierno serbio hizo caso omiso de estos comentarios. Amnistía Internacional lo considera especialmente lamentable dada la importante función que podría desempeñar una oficina del Defensor del Pueblo en la protección de los derechos humanos en la RFY, donde el legado de impunidad de la época del presidente Slobodan Milosevic continúa presente.

Por otro lado, Amnistía Internacional advierte la ausencia de comentarios específicos, que cabría hacer bajo el encabezamiento «Derechos humanos», para garantizar la prevención y prohibición de la tortura con medidas como iniciar sin demora investigaciones independientes e imparciales sobre todas las denuncias de torturas y malos tratos a manos de la policía, enju iciar a los responsables de acuerdo con las normas internacionales sobre juicios justos y ofrecer la debida reparación a las víctimas.

Ante la ausencia de compromisos específicos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a este respecto, Amnistía Internacional confía en que la Asamblea aborde y vigile esta cuestión en virtud del compromiso iii (c), por el que la RFY debe aplicar el código europeo de ética policial, cuya artículo 36 dispone que la policía no debe infligir, instigar ni tolerar ningún acto de tortura o trato inhumano o degradante en ninguna circunstancia.

Asimismo, Amnistía Internacional insta al Consejo de Europa a recalcar a las autoridades de la RFY la importancia de garantizar la publicación con prontitud de los informes de las visitas del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y otros Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) al país y la aplicación plena de las recomendaciones formuladas por este organismo.

www.es.amnesty.org