La
libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento
de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables
de todos los miembros de la familia humana.
Preámbulo
de la Declaración Universal de Derechos Humanos
Amnistía
Internacional ha hecho un llamamiento sin reservas al pleno disfrute
de los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal
de Derechos Humanos para todas las personas.
Un
importante defecto del proceso iniciado con el Acuerdo de Oslo de
1993 fue que la paz no se fundamentara en garantizar el respeto
y la protección de los derechos humanos.
En
los últimos meses se ha demostrado con mayor claridad que
nunca que, cuando los derechos humanos se sacrifican en aras de
la paz y la seguridad, no puede haber paz ni seguridad. Tal vez
el programa de derechos humanos no sea la única respuesta,
pero debe formar parte de la solución.
Muchos
de los abusos contra los derechos humanos perpetrados en los últimos
años se han llegado a cometer en nombre de la «paz».
Pero la supresión de derechos humanos también ha actuado
como catalizador para fomentar y propiciar la comisión de
abusos por parte de quienes se oponen al proceso de paz. No velar
por el respeto de los derechos básicos de las personas fomenta
el odio y perpetúa los abusos. Todo aquél que ocupa
un puesto de autoridad debe reconocer que el derecho a la vida,
a la integridad física y mental, a no ser detenido arbitrariamente,
a la libertad de circulación, a la libertad de expresión
y a verse libre del temor y de la miseria son derechos inalienables
tanto de israelíes como de palestinos. Los derechos humanos
de un individuo no pueden basarse en la pérdida de derechos
de otro individuo.
En
el curso de sus visitas a Israel y a la Organización para
la Liberación de Palestina en Túnez inmediatamente
después de alcanzarse el Acuerdo de Oslo de septiembre de
1993, Amnistía Internacional subrayó la necesidad
de basar la paz en los derechos humanos proclamados en las normas
de derechos humanos de la ONU. Desde entonces, la organización
viene transmitiendo el mismo mensaje.
Ahora
la organización vuelve a pedir que los derechos humanos se
sitúen en el centro del programa para la paz. Solicitamos
que el programa de derechos humanos conforme la base de los debates
en el seno de la sociedad civil israelí y palestina, a fin
de que sean los propios israelíes y palestinos quienes acepten
y definan los principios de derechos humanos sobre los que debe
asentarse la paz. Los derechos enumerados más adelante se
encuentran entre los proclamados en la Declaración Universal
de Derechos Humanos. Esta lista de derechos se basa en el mandato
concreto de derechos humanos de Amnistía Internacional; no
es definitiva ni inamovible; otros tendrán su propia lista.
Lo importante es que las normas universales de derechos humanos
deben ser el punto de referencia para lograr una paz que refleje
el respeto de los derechos humanos, el respeto mutuo y la dignidad
y valía de toda persona.
He
aquí algunos de los derechos humanos fundamentales cuyo respeto
y protección deben ser proclamados en cualquier acuerdo futuro:
1.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad
de su persona. Las ejecuciones extrajudiciales, los atentados suicidas
con bomba u otros ataques contra civiles, el uso excesivo de medios
letales y los ataques contra zonas residenciales han violado el
derecho a la vida de cientos de personas. Se ha de proteger la vida
de todo individuo. Las autoridades deben prohibir los homicidios
ilegítimos. Los grupos de oposición tampoco deben
cometer homicidios ilegítimos. Todo homicidio debe ser investigado
y los autores de todo homicidio ilegítimo deben ser procesados
con las debidas garantías. La Autoridad Palestina debe abolir
la pena de muerte.
2.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes. La tortura y la brutalidad policial se
han dado con frecuencia tanto en Israel como en la jurisdicción
de la Autoridad Palestina. Las torturas, la brutalidad empleada
por las fuerzas de seguridad y todos los demás tratos o penas
crueles deben ser erradicados; todos los casos de tortura o malos
tratos se han de investigar de forma inmediata, independiente y
exhaustiva, y los autores deben ser enjuiciados con las debidas
garantías. La detención en régimen de incomunicación
debe terminar, y todos los detenidos han de tener acceso sin demora
a abogados y familiares.
3.
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido ni preso. En Israel
se ha encarcelado a personas sin cargos ni juicio en detención
administrativa; bajo la jurisdicción de la Autoridad Palestina,
centenares de individuos han continuado recluidos sin cargos ni
juicio aun después de que el Tribunal Superior de Justicia
palestino hubiera ordenado su excarcelación. Esta forma de
reclusión arbitraria se ha aplicado con frecuencia en nombre
de la lucha contra el «terrorismo». Todos los presos
políticos recluidos sin cargos ni juicio deben quedar inmediatamente
en libertad si no son juzgados con las debidas garantías.
4.
Toda persona tiene derecho a un juicio con las debidas garantías.
En Israel, los juicios celebrados contra palestinos ante tribunales
militares han coartado el derecho de los acusados a un juicio justo.
Bajo la jurisdicción de la Autoridad Palestina, el Tribunal
de Seguridad del Estado dicta sentencias en juicios sumarios que
incumplen claramente las garantías procesales necesarias
para un juicio justo. Los tribunales militares palestinos también
han celebrado juicios injustos. La legislación y la práctica
aplicables en Israel, los territorios ocupados y los territorios
bajo jurisdicción de la Autoridad Palestina deben salvaguardar
el derecho a un juicio con las debidas garantías consagrado
en las normas internacionales de derechos humanos.
5.
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
No debe hacerse distinción ni discriminación alguna
basada en el origen étnico, la religión, el sexo o
cualquier otra condición en el disfrute de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales. Las leyes y prácticas
discriminatorias deberán erradicarse, incluidas aquéllas
que han llevado a la destrucción de viviendas y propiedades
palestinas.
6.
Toda persona tiene derecho a la libertad de circulación.
En los últimos siete años se han observado graves
y flagrantes privaciones del derecho a la libertad de circulación.
El cierre de fronteras constituye una violación grave de
los derechos humanos dirigida contra los palestinos de los territorios
ocupados. Los territorios ocupados se han convertido en una tierra
de barreras entre una ciudad y otra y entre un pueblo y otro. Los
pueblos y ciudades palestinos han permanecido aislados del mundo
exterior durante días y a veces semanas; se han excavado
trincheras alrededor de Jericó y de Ramallah. La inmensa
mayoría de los habitantes de Gaza se han visto confinados
durante días como si estuvieran en prisión, y los
palestinos de los territorios ocupados no pueden entrar en Jerusalén
sin permiso. A menudo se prohíbe el paso incluso a personas
que necesitan asistencia médica. El gobierno de Israel impide
la entrada de sus propios ciudadanos a Gaza. Estas restricciones
a la libre circulación tienen que ser levantadas.
7.
Toda persona tiene derecho a regresar a su país. El derecho
al retorno es un derecho humano individual que no puede sacrificarse
como concesión política. Los palestinos en el exilio
deben tener la opción de ejercer este derecho y regresar
a Israel, a Cisjordania o a la Franja de Gaza si así lo desean.
También debe permitirse a los palestinos optar por otras
soluciones duraderas, como su integración en el país
de acogida o su reasentamiento en un tercer país. Los que
decidan no regresar tendrán derecho a una reparación.
Los que regresen también deberán ser indemnizados
por la pérdida de sus bienes. Los mismos derechos relativos
al retorno y al resarcimiento deben asistir a los israelíes
que huyeron o fueron expulsados de países árabes y
otros.
8.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento, de opinión
y de expresión. En la jurisdicción de la Autoridad
Palestina se ha hostigado, detenido y encarcelado a individuos -a
menudo sin juicio previo- por criticar a la autoridad o el proceso
de paz. Las autoridades israelíes han coartado la libertad
de circulación de activistas de derechos humanos, y se ha
disparado contra periodistas. La expresión pacífica
de ideas y opiniones que no constituyan apología de la violencia,
el odio, la injuria o la calumnia ha de ser salvaguardada, y toda
persona detenida solamente por la expresión de sus convicciones
profundas debe quedar en libertad de forma inmediata e incondicional.
9.
Las mujeres tienen derecho a la plena igualdad. Las mujeres ven
coartada su libertad por códigos y prácticas discriminatorias.
La igualdad de las mujeres se ha de preservar en la legislación
y en la práctica.
10.
Los abusos contra los derechos humanos no deben quedar impunes.
Las denuncias sobre abusos contra los derechos humanos se han de
investigar sin demora y de forma imparcial y exhaustiva, y los autores
deben ser enjuiciados con las debidas garantías.
Todos
los derechos humanos son interdependientes e indivisibles y tienen
carácter universal. Conforme a su mandato, Amnistía
Internacional actúa en contra de algunas de las violaciones
más graves de los derechos civiles y políticos de
las personas que cometen los gobiernos. Amnistía Internacional
se dedica asimismo a promover la observancia de todos los derechos
humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos
Humanos y otras normas internacionales, incluidos los derechos económicos,
sociales y culturales.