CABECERA

Sección Española

Formulario para buscar dentro de la web de Amnistía España
Inicio » Noticias » Año 2001 » Israel y los Territorios Ocupados (27/03/01)

   

Noticia

     
Amnistía Internacional
Comunicado de prensa

Fecha:
27 de marzo de 2001


Archivo
Año 2001
Año 2000
Año 1999
Año 1998



 

Israel y los territorios ocupados y la Autoridad Palestina: Elaborar un programa de derechos humanos para la paz

La libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.

Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos

Amnistía Internacional ha hecho un llamamiento sin reservas al pleno disfrute de los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos para todas las personas.

Un importante defecto del proceso iniciado con el Acuerdo de Oslo de 1993 fue que la paz no se fundamentara en garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos.

En los últimos meses se ha demostrado con mayor claridad que nunca que, cuando los derechos humanos se sacrifican en aras de la paz y la seguridad, no puede haber paz ni seguridad. Tal vez el programa de derechos humanos no sea la única respuesta, pero debe formar parte de la solución.

Muchos de los abusos contra los derechos humanos perpetrados en los últimos años se han llegado a cometer en nombre de la «paz». Pero la supresión de derechos humanos también ha actuado como catalizador para fomentar y propiciar la comisión de abusos por parte de quienes se oponen al proceso de paz. No velar por el respeto de los derechos básicos de las personas fomenta el odio y perpetúa los abusos. Todo aquél que ocupa un puesto de autoridad debe reconocer que el derecho a la vida, a la integridad física y mental, a no ser detenido arbitrariamente, a la libertad de circulación, a la libertad de expresión y a verse libre del temor y de la miseria son derechos inalienables tanto de israelíes como de palestinos. Los derechos humanos de un individuo no pueden basarse en la pérdida de derechos de otro individuo.

En el curso de sus visitas a Israel y a la Organización para la Liberación de Palestina en Túnez inmediatamente después de alcanzarse el Acuerdo de Oslo de septiembre de 1993, Amnistía Internacional subrayó la necesidad de basar la paz en los derechos humanos proclamados en las normas de derechos humanos de la ONU. Desde entonces, la organización viene transmitiendo el mismo mensaje.

Ahora la organización vuelve a pedir que los derechos humanos se sitúen en el centro del programa para la paz. Solicitamos que el programa de derechos humanos conforme la base de los debates en el seno de la sociedad civil israelí y palestina, a fin de que sean los propios israelíes y palestinos quienes acepten y definan los principios de derechos humanos sobre los que debe asentarse la paz. Los derechos enumerados más adelante se encuentran entre los proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Esta lista de derechos se basa en el mandato concreto de derechos humanos de Amnistía Internacional; no es definitiva ni inamovible; otros tendrán su propia lista. Lo importante es que las normas universales de derechos humanos deben ser el punto de referencia para lograr una paz que refleje el respeto de los derechos humanos, el respeto mutuo y la dignidad y valía de toda persona.

He aquí algunos de los derechos humanos fundamentales cuyo respeto y protección deben ser proclamados en cualquier acuerdo futuro:

1. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Las ejecuciones extrajudiciales, los atentados suicidas con bomba u otros ataques contra civiles, el uso excesivo de medios letales y los ataques contra zonas residenciales han violado el derecho a la vida de cientos de personas. Se ha de proteger la vida de todo individuo. Las autoridades deben prohibir los homicidios ilegítimos. Los grupos de oposición tampoco deben cometer homicidios ilegítimos. Todo homicidio debe ser investigado y los autores de todo homicidio ilegítimo deben ser procesados con las debidas garantías. La Autoridad Palestina debe abolir la pena de muerte.

2. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. La tortura y la brutalidad policial se han dado con frecuencia tanto en Israel como en la jurisdicción de la Autoridad Palestina. Las torturas, la brutalidad empleada por las fuerzas de seguridad y todos los demás tratos o penas crueles deben ser erradicados; todos los casos de tortura o malos tratos se han de investigar de forma inmediata, independiente y exhaustiva, y los autores deben ser enjuiciados con las debidas garantías. La detención en régimen de incomunicación debe terminar, y todos los detenidos han de tener acceso sin demora a abogados y familiares.

3. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido ni preso. En Israel se ha encarcelado a personas sin cargos ni juicio en detención administrativa; bajo la jurisdicción de la Autoridad Palestina, centenares de individuos han continuado recluidos sin cargos ni juicio aun después de que el Tribunal Superior de Justicia palestino hubiera ordenado su excarcelación. Esta forma de reclusión arbitraria se ha aplicado con frecuencia en nombre de la lucha contra el «terrorismo». Todos los presos políticos recluidos sin cargos ni juicio deben quedar inmediatamente en libertad si no son juzgados con las debidas garantías.

4. Toda persona tiene derecho a un juicio con las debidas garantías. En Israel, los juicios celebrados contra palestinos ante tribunales militares han coartado el derecho de los acusados a un juicio justo. Bajo la jurisdicción de la Autoridad Palestina, el Tribunal de Seguridad del Estado dicta sentencias en juicios sumarios que incumplen claramente las garantías procesales necesarias para un juicio justo. Los tribunales militares palestinos también han celebrado juicios injustos. La legislación y la práctica aplicables en Israel, los territorios ocupados y los territorios bajo jurisdicción de la Autoridad Palestina deben salvaguardar el derecho a un juicio con las debidas garantías consagrado en las normas internacionales de derechos humanos.

5. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. No debe hacerse distinción ni discriminación alguna basada en el origen étnico, la religión, el sexo o cualquier otra condición en el disfrute de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Las leyes y prácticas discriminatorias deberán erradicarse, incluidas aquéllas que han llevado a la destrucción de viviendas y propiedades palestinas.

6. Toda persona tiene derecho a la libertad de circulación. En los últimos siete años se han observado graves y flagrantes privaciones del derecho a la libertad de circulación. El cierre de fronteras constituye una violación grave de los derechos humanos dirigida contra los palestinos de los territorios ocupados. Los territorios ocupados se han convertido en una tierra de barreras entre una ciudad y otra y entre un pueblo y otro. Los pueblos y ciudades palestinos han permanecido aislados del mundo exterior durante días y a veces semanas; se han excavado trincheras alrededor de Jericó y de Ramallah. La inmensa mayoría de los habitantes de Gaza se han visto confinados durante días como si estuvieran en prisión, y los palestinos de los territorios ocupados no pueden entrar en Jerusalén sin permiso. A menudo se prohíbe el paso incluso a personas que necesitan asistencia médica. El gobierno de Israel impide la entrada de sus propios ciudadanos a Gaza. Estas restricciones a la libre circulación tienen que ser levantadas.

7. Toda persona tiene derecho a regresar a su país. El derecho al retorno es un derecho humano individual que no puede sacrificarse como concesión política. Los palestinos en el exilio deben tener la opción de ejercer este derecho y regresar a Israel, a Cisjordania o a la Franja de Gaza si así lo desean. También debe permitirse a los palestinos optar por otras soluciones duraderas, como su integración en el país de acogida o su reasentamiento en un tercer país. Los que decidan no regresar tendrán derecho a una reparación. Los que regresen también deberán ser indemnizados por la pérdida de sus bienes. Los mismos derechos relativos al retorno y al resarcimiento deben asistir a los israelíes que huyeron o fueron expulsados de países árabes y otros.

8. Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento, de opinión y de expresión. En la jurisdicción de la Autoridad Palestina se ha hostigado, detenido y encarcelado a individuos -a menudo sin juicio previo- por criticar a la autoridad o el proceso de paz. Las autoridades israelíes han coartado la libertad de circulación de activistas de derechos humanos, y se ha disparado contra periodistas. La expresión pacífica de ideas y opiniones que no constituyan apología de la violencia, el odio, la injuria o la calumnia ha de ser salvaguardada, y toda persona detenida solamente por la expresión de sus convicciones profundas debe quedar en libertad de forma inmediata e incondicional.

9. Las mujeres tienen derecho a la plena igualdad. Las mujeres ven coartada su libertad por códigos y prácticas discriminatorias. La igualdad de las mujeres se ha de preservar en la legislación y en la práctica.

10. Los abusos contra los derechos humanos no deben quedar impunes. Las denuncias sobre abusos contra los derechos humanos se han de investigar sin demora y de forma imparcial y exhaustiva, y los autores deben ser enjuiciados con las debidas garantías.

Todos los derechos humanos son interdependientes e indivisibles y tienen carácter universal. Conforme a su mandato, Amnistía Internacional actúa en contra de algunas de las violaciones más graves de los derechos civiles y políticos de las personas que cometen los gobiernos. Amnistía Internacional se dedica asimismo a promover la observancia de todos los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otras normas internacionales, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales.



www.es.amnesty.org