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Noticia » Comunicados de prensa » España: ley de Extranjería (06/07/00)

    Comunicado de prensa
     
Amnistía Internacional
Médicos Sin Fronteras

Comunicado de prensa

Fecha:
6 de julio de 2000


Archivo
Año 2001
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Año 1998



 

Amnistía Internacional y Médicos Sin Fronteras denuncian que la reforma de la ley de extranjería vulnera el derecho de asilo

Empresas de transporte privadas están tomando medidas para evitar ser sancionadas

Madrid/Barcelona, 6 de julio de 2000.- Amnistía Internacional (AI) y Médicos Sin Fronteras (MSF) ponen de manifiesto su preocupación por la reforma de Ley de Extranjería, ya que las obligaciones y sanciones previstas para las compañías de transportes impedirán que personas necesitadas de asilo tengan la posibilidad de solicitarlo en España. El texto de reforma, que será presentado el próximo viernes 7 en el Congreso, establece que las compañías de transporte serán objeto de sanciones muy graves, de hasta diez millones de pesetas, si transportan hasta España a ciudadanos extranjeros que no dispongan de la documentación en regla que exigen las autoridades españolas.

Como consecuencia de estas sanciones algunas empresas españolas de transporte privadas han empezado a tomar medidas al respecto. Según una información a la que han tenido acceso MSF y AI, se da el caso de que compañías aéreas están enviando a su personal a lugares de embarque presuntamente conflictivos con el fin de controlar la entrada de solicitantes de asilo a nuestro país. Según señalan Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional (AI) y Carlos Ugarte, Coordinador del Proyecto 4º Mundo Madrid de MSF, " a partir de ahora los empleados de las compañías de transporte se convertirán en el primer filtro para permitir que una persona pueda presentar su solicitud de asilo". En este sentido, añaden " es evidente que los empleados de tales compañías no tienen ni la autoridad ni los conocimientos necesarios para decidir si una persona tiene o no razones para solicitar asilo". La decisión de impedir viajar a un posible solicitante de asilo no podrá ser rebatida con ninguno de los recursos legales que la propia ley de asilo reconoce. AI y MSF consideran que las consecuencias que tendrá esta medida para los solicitantes de asilo serán enormemente negativas.

Por otra parte, las dos organizaciones quieren expresar su descontento ya que el principio internacional de no devolución de los refugiados a su país de origen, no aparece en el art. 55 del texto de reforma relativo a la expulsión del territorio de los extranjeros. Este principio de no devolución debe respetarse íntegramente en virtud de los compromisos internacionales del Gobierno español y debe especificarse en la ley que ninguna persona con el estatuto de refugiado será devuelto a su país de origen.

www.es.amnesty.org