Amnistía
Internacional
Médicos Sin Fronteras
Comunicado de prensa
Fecha:
6 de julio de 2000
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Amnistía
Internacional y Médicos Sin Fronteras denuncian que la reforma de
la ley de extranjería vulnera el derecho de asilo
Empresas
de transporte privadas están tomando medidas para evitar ser sancionadas
Madrid/Barcelona,
6 de julio de 2000.- Amnistía Internacional (AI) y Médicos Sin Fronteras
(MSF) ponen de manifiesto su preocupación por la reforma de Ley
de Extranjería, ya que las obligaciones y sanciones previstas para
las compañías de transportes impedirán que personas necesitadas
de asilo tengan la posibilidad de solicitarlo en España. El texto
de reforma, que será presentado el próximo viernes 7 en el Congreso,
establece que las compañías de transporte serán objeto de sanciones
muy graves, de hasta diez millones de pesetas, si transportan hasta
España a ciudadanos extranjeros que no dispongan de la documentación
en regla que exigen las autoridades españolas.
Como
consecuencia de estas sanciones algunas empresas españolas de transporte
privadas han empezado a tomar medidas al respecto. Según una información
a la que han tenido acceso MSF y AI, se da el caso de que compañías
aéreas están enviando a su personal a lugares de embarque presuntamente
conflictivos con el fin de controlar la entrada de solicitantes
de asilo a nuestro país. Según señalan Esteban Beltrán, director
de Amnistía Internacional (AI) y Carlos Ugarte, Coordinador del
Proyecto 4º Mundo Madrid de MSF, " a partir de ahora los empleados
de las compañías de transporte se convertirán en el primer filtro
para permitir que una persona pueda presentar su solicitud de asilo".
En este sentido, añaden " es evidente que los empleados de
tales compañías no tienen ni la autoridad ni los conocimientos necesarios
para decidir si una persona tiene o no razones para solicitar asilo".
La decisión de impedir viajar a un posible solicitante de asilo
no podrá ser rebatida con ninguno de los recursos legales que la
propia ley de asilo reconoce. AI y MSF consideran que las consecuencias
que tendrá esta medida para los solicitantes de asilo serán enormemente
negativas.
Por
otra parte, las dos organizaciones quieren expresar su descontento
ya que el principio internacional de no devolución de los refugiados
a su país de origen, no aparece en el art. 55 del texto de reforma
relativo a la expulsión del territorio de los extranjeros. Este
principio de no devolución debe respetarse íntegramente en virtud
de los compromisos internacionales del Gobierno español y debe especificarse
en la ley que ninguna persona con el estatuto de refugiado será
devuelto a su país de origen.
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