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Comunicado de prensa
2 de diciembre de 1999



GUATEMALA/ESPAÑA: LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD COMETIDOS EN GUATEMALA NO PUEDEN QUEDAR IMPUNES

(Madrid). Las violaciones a los derechos humanos cometidas a gran escala y de forma sistemática durante más de tres décadas de conflicto armado en Guatemala constituyen, a la luz del Derecho internacional, crímenes de lesa humanidad. La Comisión para el Esclarecimiento Histórico consideró que "en el marco de las operaciones contra insurgentes realizadas entre 1981 y 1983, en ciertas regiones del país, agentes del Estado de Guatemala cometieron actos de genocidio en contra de grupos del pueblo
maya". El delito de genocidio es una modalidad de crimen contra la humanidad.

"Los crímenes contra la humanidad ofenden a la comunidad internacional y ésta tiene el deber de perseguirlos. Guatemala así como España y todos los Estados de la comunidad internacional tienen el deber de juzgar y sancionar los autores de estos crímenes", ha señalado Amnistía Internacional.

"Toda iniciativa para que los presuntos responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos en Guatemala sean llevados ante la justicia y la impunidad no sea consagrada, es acogida con beneplácito por la organización", ha afirmado Amnistía Internacional.

Estos crímenes están sujetos al principio de jurisdicción universal, según el cual todos los Estados tienen la obligación internacional de juzgar y sancionar a los autores de estos crímenes, sin miramiento a la nacionalidad de las víctimas, el lugar donde hayan sido cometidos, la nacionalidad y la posición oficial de los perpetradores. Este principio
universalmente reconocido, ha sido reiterado por la Audiencia Nacional española, en su jurisprudencia de noviembre de 1999 sobre los procesos que se instruyen en el mencionado tribunal por violaciones sistemáticas y a gran escala de derechos humanos cometidas en Argentina y Chile durante los regímenes militares.

Los crímenes de lesa humanidad son imprescriptibles y todos los Estados tienen la obligación de cooperar en la identificación, detención, extradición y castigo de los responsables de estos crímenes.

Información adicional

La magnitud de las violaciones de derechos humanos ocurridas durante más de tres décadas de conflicto armado en Guatemala fue certificada por el informe de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), presentado en Guatemala el pasado 25 de febrero de 1999.

"Los casos investigados por la CEH" -menciona este informe, realizado por una comisión oficial creada por los Acuerdos de Paz- "sólo son una muestra de la realidad de las violaciones a los derechos humanos y de los hechos de violencia que ocurrieron durante el enfrentamiento armado. En estos casos hemos registrado más de 42.000 víctimas de violaciones: entre éstas más de 29.000 fueron ejecutadas o desaparecidas. Combinando estos datos con otros estudios realizados, hemos llegado a la conclusión que el saldo en muertos y desaparecidos del enfrentamiento fratricida llega a más
de 200.000 personas".

"La CEH ha establecido que las fuerzas del Estado y grupos paramilitares afines fueron responsables del 93% de las violaciones documentadas; las fuerzas insurgentes fueron responsables del 3%, mientras que en el restante 4% de los casos se incluyen otros autores o no fue posible reunir elementos suficientes para establecer la responsabilidad de los hechos", continua el informe.

"Sobre la base de una profunda investigación que hemos realizado; teniendo en cuenta las definiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, con gran consternación, la CEH concluye que, en el marco de las operaciones contra insurgentes realizadas entre 1981 y 1983, en ciertas regiones del país, agentes del Estado de Guatemala cometieron actos de genocidio en contra de grupos del pueblo maya", menciona el citado informe, que añade: "El sistema judicial del país, por su ineficacia provocada o deliberada, no garantizó el cumplimiento de la ley, tolerando y hasta propiciando la violencia.(...). La impunidad caló hasta el punto de apoderarse de la estructura misma del Estado y se convirtió tanto en un medio como en un fin".

La impunidad en que han permanecido hasta hoy las violaciones a los derechos humanos cometidos durante el conflicto armado en Guatemala ha sido una constante, por la falta de voluntad política del Estado guatemalteco. En 1996, fue promulgada la Ley de Reconciliación Nacional, que otorga una amnistía por los "delitos políticos cometidos en el enfrentamiento armado", aunque exceptúa los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada.

Sin embargo, la Ley de Reconciliación Nacional no excluyó expresamente de la
amnistía las ejecuciones extrajudiciales ni otras modalidades de crímenes de lesa humanidad, como la practica a gran escala o sistemática del desplazamiento forzado de población y la detención arbitraria prolongada. Además, aunque se excluyó también de la amnistía los delitos imprescriptibles de acuerdo a tratados internacionales ratificados por
Guatemala, lo cierto es que Guatemala no ha suscrito la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes contra la humanidad. De esta manera la Ley de Reconciliación Nacional dejó abiertas varias puertas a la impunidad.

Amnistía Internacional, tras conocer el informe de la CEH, pidió que el gobierno reforme la Ley de Reconciliación Nacional para incluir las ejecuciones extrajudiciales y los homicidios ilegítimos entre los delitos que no pueden beneficiarse de la impunidad en ninguna circunstancia.


Comunicados de 1999

www.es.amnesty.org