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Tribunal
Penal Internacional para Ruanda: AI denuncia logros y deficiencias
y pide la colaboración de España
Tribunal
Penal Internacional para Ruanda: AI denuncia logros y deficiencias
y pide la colaboración de España El pleno del Congreso español vota
el jueves 30 de abril una ley de cooperación con el Tribunal Internacional
para Ruanda
(Madrid).
Sólo un tribunal imparcial, justo y eficaz que reúna los máximos criterios
de la ONU puede contribuir a poner fin al círculo de impunidad y
violencia y comenzar a restaurar el respeto a los derechos humanos
en la región del África central, ha declarado Amnistía Internacional
en un nuevo informe que ha dado a conocer hoy.
Precisamente el jueves
30, el pleno del Congreso español vota la probación del Proyecto de
Ley Orgánica para la cooperación con dicho Tribunal. AI considera
positivo dicho proyecto, pero ha pedido, tanto a las autoridades como
a los Grupos Parlamentarios, voluntad política para promover medidas
eficaces, entre las que se incluyan la posibilidad de
trasladar a España a testigos que no puedan regresar a Ruanda por
razones de seguridad, e incluso que se acepte en cárceles españolas
a aquellas personas que resulten condenadas tras un juicio con las
debidas garantías.
El informe, titulado International
Criminal Tribunal for Rwanda: Trials and tribulations, expone los
logros y las deficiencias del Tribunal Internacional creado por el
Consejo de Seguridad de la ONU en noviembre de 1994 para juzgar
a los responsables del genocidio y de otros crímenes contra la
humanidad cometidos aquel año en Ruanda.
El informe denuncia las
deficiencias de las normas y prácticas del Tribunal que han
perjudicado los derechos de los detenidos y ciertos aspectos
del derecho a recibir un juicio justo, y que han debilitado la eficacia del Tribunal para juzgar a los criminales.
Amnistía Internacional
respalda enérgicamente la labor del Tribunal. Este órgano internacional
ha hecho frente a enormes obstáculos al tener que crear todo
un proceso judicial partiendo de cero. Aislado en Arusha, lejos
de los principales nudos de comunicación de África, varios de
sus puestos cruciales han estado vacantes durante mucho tiempo
y sus funcionarios tienen que aplicar las normas y reglamentos
de la ONU a un proceso judicial.
Pese a estas dificultades,
el Tribunal tiene bajo su custodia a algunos de las máximas
autoridades del antiguo gobierno ruandés presuntamente implicados
en el genocidio, incluido el ex primer ministro. Los testigos
de la acusación y de la defensa han declarado valerosamente
en los primeros tres juicios, y se espera que la sentencia del
primero de ellos se haga pública en los próximos meses. Pero la
justicia para todos los ruandeses y el mundo significa que todos los
aspectos de los juicios han de ser incuestionablemente imparciales,
rápidos y eficaces.
Amnistía Internacional
ha contrastado las actuaciones del Tribunal en Arusha y Kigali
con las normas y la mejor práctica internacionales. La escasa
experiencia en el funcionamiento de un tribunal ha provocado
ineficacia y confusión, retrasos inaceptables y, en al menos
un caso, una peligrosa filtración de datos confidenciales.
En algunas ocasiones, el
Tribunal ha incumplido su propio reglamento y las normas de
la ONU sobre los derechos de los detenidos y acusados. «Sin
duda, es de esperar que un tribunal creado por la ONU cumpla
estrictamente los máximos criterios establecidos por la propia
ONU. Esto no ocurre siempre en Arusha», concluye Amnistía Internacional.
Entre las conclusiones
de Amnistía Internacional figuran las siguientes:
- El programa de protección de testigos del Tribunal
es endeble y carece de la experiencia necesaria, y podría
estar poniendo en peligro tanto a los testigos como a la
justicia. Ningún Estado africano ni del mundo ha accedido
a permitir el traslado a su país de los testigos que no
pueden regresar sin riesgos a Ruanda y a proporcionarles protección.
- Algunos de los acusados llevan más de 30 meses
en prisión, y algunos podrían permanecer varios años encarcelados
antes de que concluya su juicio. Parte de los retrasos son
responsabilidad del propio Tribunal, debido, por ejemplo,
a que éste disfruta de cuatro meses de vacaciones anuales,
y a los retrasos en procesar a los sospechosos y en tramitar
las peticiones de órdenes.
- Hay demoras inaceptables en la tramitación de
las peticiones de órdenes. En un caso, una solicitud urgente
de protección a unos testigos tardó tanto tiempo en tramitarse
que se hizo superflua, al ser atacado
el campamento de refugiados donde estaban los testigos y dispersarse
éstos. En otra ocasión, nunca se tramitó una petición urgente
de hábeas corpus.
- En algún caso, la no aplicación de normas internacionales
y del reglamento del tribunal ha perjudicado a los derechos
de los detenidos. Por ejemplo, un acusado estuvo encarcelado
en un centro de reclusión no reconocido. En otra ocasión,
una persona detenida por error en Nairobi permaneció casi
dos meses recluida ilegalmente en Arusha.
- El Tribunal no ha abierto aún ningún proceso
contra miembros del entonces Frente Patriótico Ruandés,
presuntamente autores de abusos durante 1994.
- Existe una preocupante y a veces peligrosa ausencia
de una estrategia competente para la difusión de información
pública. En un caso, el Registro distribuyó un documento
que incluía nombres de testigos que el tribunal había ordenado
se mantuvieran confidenciales. En otro caso, se distribuyó
públicamente una orden de procesamiento por
unos delitos cuya imputación había anulado un juez.
Los Estados miembros de
la ONU y de la Organización de la Unidad Africana deben también
preguntarse si están haciendo todo lo posible para respaldar
y reforzar el Tribunal. ¿Han promulgado leyes que permiten
su colaboración con el Tribunal? ¿Se han ofrecido a acoger y
proteger a testigos o a facilitar centros penitenciarios? ¿Se aseguran
de que el Tribunal recibe el apoyo económico y político que necesita?
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