La lucha contra la tortura: Programa de acción
Prevenir la tortura: salvaguardias bajo custodia
Amnistía Internacional ha identificado importantes salvaguardias en los ámbitos de los cuerpos encargados de hacer cumplir la ley, la administración de justicia y el sistema penitenciario que pueden ayudar a proteger a las personas frente a la tortura bajo custodia. En un país tras otro, la organización ha observado cómo la ausencia de esas salvaguardias facilita la tortura o los malos tratos. Incluso en los casos en los que la ley incorpora esas salvaguardias, muchas veces son burladas. El prevenir la tortura no significa únicamente garantizar que las leyes y las normas de procedimiento incorporan salvaguardias, sino garantizar también que esas salvaguardias se respetan en la práctica.
Con frecuencia, la tortura tiene lugar durante las primeras horas o los primeros días de detención, y se ve facilitada por la detención en régimen de incomunicación, cuando el detenido no puede contactar con personas del exterior que podrían ayudarlo. En los países que sufren conflictos o disturbios políticos, las fuerzas de seguridad cuentan en ocasiones con amplios poderes para efectuar detenciones, muchas veces en virtud de una legislación de emergencia que puede autorizar la detención prolongada en régimen de incomunicación. Amnistía Internacional considera que es preciso poner fin a la práctica de la detención en régimen de incomunicación. A los abogados, familiares y médicos se les debe permitir comunicarse con los detenidos sin demora, y de forma periódica a partir de la primera visita.
Estas salvaguardias aparecen expuestas en el Programa de Doce Puntos de Amnistía Internacional para la Prevención de la Tortura a Manos de Agentes del
Estado. Dicho Programa es una herramienta para promover las normas internacionales existentes y potenciar nuevas normas, y también sirve de rasero para medir la actuación de los gobiernos.
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