Impunidad
Los tribunales internacionales
Otro importante progreso en la búsqueda de mecanismos internacionales más eficaces contra la impunidad fue el establecimiento por parte de la
ONU de dos tribunales internacionales encargados de procesar a los responsables de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra (incluido el uso sistemático o generalizado de la tortura) cometidos a principios de los noventa en Ruanda y la ex Yugoslavia. El funcionamiento de estos tribunales se ha visto obstaculizado por la escasez de recursos humanos y económicos y por la falta de cooperación suficiente por parte de los Estados individuales, por ejemplo a la hora de proporcionar información y ayudar a detener a los individuos contra los que se había dictado acta de acusación. No obstante, a pesar de estos problemas, los tribunales han encausado y declarado culpables a varias personas por cargos relacionados con la tortura. Han dictaminado que la violación, cuando se comete como parte de una pauta generalizada o sistemática de crímenes contra la humanidad, también constituye un crimen contra la humanidad. Asimismo, han dictaminado que la violación constituye un instrumento de genocidio cuando se comete con la intención específica de destruir, en parte o en su totalidad, un grupo nacional, racial, étnico o religioso. Según el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, el inducir o ayudar a que se cometan ultrajes contra la dignidad personal, como la violación, constituye un crimen de guerra.
El 17 de julio de 1998 se dio un paso importante para acabar con la impunidad cuando la comunidad internacional acordó establecer una corte penal internacional permanente con jurisdicción sobre los responsables de tortura cuando ésta constituya genocidio, crimen contra la humanidad o crimen de guerra.
La Corte Penal Internacional no sustituirá a los tribunales nacionales que puedan y quieran cumplir con sus responsabilidades. Sólo ejercerá su jurisdicción cuando los Estados no lleven a los responsables de esos crímenes ante la justicia. La existencia misma de la Corte debe servir de catalizador para impulsar a los sistemas judiciales nacionales a cumplir con sus obligaciones, y también debe servir como elemento de disuasión frente a los crímenes competencia de la Corte.
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En
julio de 1997, Dusan Tadic, serbio
de Bosnia, fue condenado a veinte
años de cárcel por crímenes de guerra
y crímenes contra la humanidad que
incluían torturas y tratos crueles,
inhumanos o degradantes. Fue juzgado
por el Tribunal Penal Internacional
para la ex Yugoslavia en la Haya,
Países Bajos.
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